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159 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2019 El Peruano / de la presente normativa, pudiendo determinar la vigencia y/o derogación de los artículos de la Ordenanza; así como establecer prórrogas en la vigencia de la misma; Que, mediante Informe N° 160-2019-GAT/MDA de fecha 20 de noviembre del 2019, la Gerencia de Administración Tributaria señala que estando por vencer la fecha de vigencia de la Ordenanza N° 511-MDA, considera pertinente prorrogar la vigencia de la misma, hasta el 16 de diciembre del 2019, a fi n de que los contribuyentes puedan regularizar el pago de sus obligaciones; Que, mediante Informe N° 871-2019-MDA/GAJ de fecha 22 de noviembre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente emitir el Decreto de Alcaldía que disponga la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 511-MDA hasta el 16 de diciembre del 2019, conforme a lo señalado precedentemente; Que, la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en su el artículo 42º, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Proveído N° 0585-2019-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20°, Y ARTÍCULO 42° DE LA LEY N° 27972 - LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA:Artículo 1°.- PRORROGAR; hasta el 16 de Diciembre del 2019, la vigencia de la Ordenanza N° 511-MDA, que establece Bene fi cios Tributarios y No Tributarios en el Distrito de Ate, en mérito a los considerandos antes expuestos. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1832264-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 375-2019/MDCH, que aprobó Beneficios para el pago de deudas tributarias y multas administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2019-MDCH Chorrillos, 27 de noviembre de 2019 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS VISTOS: El Informe Nº 522-2019-GAT-MDCH de 25 de noviembre de 2019, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 1065-2019-MDCH-GAJ de 27 de noviembre de 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º del mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 15 de noviembre de 2019, se estableció otorgar bene fi cios para el pago de deudas tributarias y multas administrativas a contribuyentes y administrados del distrito de Chorrillos, a fi n de sanear su situación de morosidad y motivar al pago de sus deudas, en cuya tercera disposición complementaria se dispuso la facultad al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la fecha de vencimiento; Que, mediante Informe Nº 522-2019-GAT-MDCH, de 25 de noviembre de 2019, la Gerencia de Administración Tributaria remite a la Gerencia Municipal la propuesta de prórroga de la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH hasta el 21 de diciembre de 2019, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario o fi cial El Peruano; Que, mediante el Informe Nº 1065-2019-GAJ-MDCH, de 27 de noviembre de 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH; Estando a los fundamentos expuestos, en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con la visación de Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA:Artículo 1º.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 375-2019/MDCH que aprueba Bene fi cios para el pago de deudas tributarias y multas administrativas, hasta el 21 de diciembre de 2019. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo de acuerdo a su competencia. Artículo 3º.- DISPONER, a Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Informática y Tecnología su publicación en la Página Web Institucional. Artículo 4º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 1832164-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Ordenanza que establece el beneficio de condonación de deudas tributarias en el distrito ORDENANZA N° 289-MDL Lurigancho, 22 de noviembre de 2019