Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2019 (30/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 152

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de noviembre de 2019 /

El Peruano

de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, ratifica el Informe N° 105-2019-MML-GDU-SPHUDP, de fecha 26 de marzo de 2019 que concluye que el cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ) para el predio ubicado en la Av. Defensores del Morro, Lote 17, Urbanización del Fundo Villa, Sección "C", distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, con un área de 5,570.00 m2, de propiedad de la empresa Hermes Transportes Blindados S.A., resulta favorable, por cuanto la zona calificada como Industria Liviana (I2) viene actualmente reduciendo su extensión debido a la presión del crecimiento comercial y residencial, lo que ha llevado a consolidar sobre la Av. Defensores del Morro (antes Av. Huaylas) la localización de actividades comerciales y de servicios que cubre los servicios de la población residente, convirtiéndose en un eje urbano importante de carácter comercial en el distrito. Asimismo, sugiere que a través de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, se incluya a todo el sector en una evaluación mayor a través de la propuesta de Reajuste Integral de Zonificación del Distrito, conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 1862 y N° 1076; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen Nº 043-2019-MMLCMDUVN de fecha 05 de junio de 2019; el Concejo Metropolitano de Lima y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE CHORRILLOS APROBADO POR ORDENANZA N° 1076 Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Plano de Zonificación del Distrito de Chorrillos, aprobado mediante Ordenanza Nº 1076-MML, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de octubre de 2007, de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el terreno de 5,570.00 m2, ubicado frente a la Av. Defensores del Morro, Lote 17, Urbanización del Fundo Villa, Sección "C", distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, solicitado por el señor Vicente Amable Escalante, en representación de Hermes Transportes Blindados S.A., conforme al Anexo N° 01, que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito de Chorrillos, la modificación aprobada en el Artículo Primero de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Artículo Cuarto.- Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1831705-1

POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1099, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de diciembre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho-Chosica que forman parte de las áreas de Tratamiento Normativo I, II y IV de Lima Metropolitana; Que, el artículo 4 de la Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, que regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima, señala que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Instituto Metropolitano de Planificación, planificar el desarrollo integral y el desarrollo urbanoterritorial, en concordancia con los planes y políticas nacionales y sectoriales de desarrollo urbano, para lo cual coordinará con las gerencias correspondientes; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 026, de fecha 24 de enero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 001-2018-MML-GDU, que establece las "Normas Aplicables a la Rectificación de los Planos de Zonificación de Usos del Suelo aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima"; Que, en el marco del proceso de rectificación del Plano de Zonificación de Lima Metropolitana, la Asociación de Comerciantes Mercado Nueva Esperanza Zona "R", representada por Rosa Nancy Salas García, solicita la rectificación del Plano de Zonificación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza Nº 1099, mediante los Expedientes Nº 355-17-IMP, 449-17 y 1899-17-IMP, para el predio ubicado en la Av. A esquina con la Av. J; Calle 3; Calle s/n y Av. H, Lote 60, Etapa Segunda Zona R-UCV 202, Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, distrito de Ate, provincia de Lima, el cual aparece sin calificación; Que, según la Resolución de la Oficina Zonal de Lima-Callao Nº 733-2008-COFOPRI-2008/OZLC, de fecha 17 de octubre de 2008, se aprueba el Plano Nº 1112-COFOPRI-2008/OZLC, sobre la modificación y lotización dentro del cual se encuentra comprendido el predio ubicado en la Av. A esquina con la Av. J; Calle 3; Calle s/n y Av. H, Lote 60, Etapa Segunda Zona R-UCV 202, Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, distrito de Ate, con un área de 3,114.90 m2; Que, según la Partida Nº P02232387 del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, Lote 60, Etapa Segunda Zona R ­ UCV 202, distrito de Ate, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima ­ SUNARP, le corresponde al predio en evaluación el uso de "Mercado"; Que, de acuerdo a la ocupación vigente del Lote 60 materia de la presente ordenanza, está en proceso de consolidación encontrándose su trazado y lotización conforme al Plano Nº 1112-COFOPRI-2008/OZLC, aprobado por Resolución de la Oficina Zonal de LimaCallao Nº 733-2008-COFOPRI-2008/OZLC; Que, considerando que el Plano de Zonificación del distrito de Ate, por error de graficación, el Lote 60 materia de la presente ordenanza aparece sin calificación y

Rectifican el Plano de Zonificación del distrito de Ate, aprobado por la Ordenanza Nº 1099
ORDENANZA N° 2193 Lima, 21 de noviembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

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