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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2020 (17/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2020 / El Peruano e) Supervisor/a V (S-V): Ser egresado/a y contar con prácticas preprofesionales no menor a un (1) año en temas a fi nes a las funciones a cumplir, o ser egresado/a y pertenecer al Tercio Superior. 7.3.3. Tercero/a Fiscalizador/a: Las personas naturales que soliciten su inscripción en la categoría de Tercero/a fi scalizador/a deberán cumplir, según el nivel, con los siguientes requisitos mínimos: a) Fiscalizador/a I (F-I) : Título profesional y experiencia profesional especí fi ca no menor de ocho (8) años, o contar con grado de doctor y cuatro (4) años de experiencia profesional especí fi ca, o contar con grado de maestro y seis (6) años de experiencia profesional especí fi ca. b) Fiscalizador/a II (F-II) : Título profesional y experiencia profesional especí fi ca no menor de cuatro (4) años, o contar con grado de doctor y dos (2) años de experiencia profesional especí fi ca, o contar con grado de maestro y tres (3) años de experiencia profesional especí fi ca. c) Fiscalizador/a III (F-III) : Título profesional y experiencia profesional especí fi ca no menor de dos (2) años, o contar con grado de doctor y un (1) año de experiencia profesional especí fi ca, o contar con grado de maestro y un (1) año con seis (6) meses de experiencia profesional especí fi ca. d) Fiscalizador/a IV (F-IV) : Título profesional o grado académico de Bachiller y experiencia profesional especí fi ca no menor de un (1) año. e) Fiscalizador/a V (F-V) : Ser egresado/a y contar con prácticas preprofesionales no menor a un (1) año en temas a fi nes a las funciones a cumplir, o ser egresado/a y pertenecer al Tercio Superior. 7.4 Los/Las profesionales interesados/as en aplicar a la Categoría y Nivel especi fi cada en los Literales a), b), c) y d) de los Subnumerales 7.3.1, 7.3.2 y 7.3.3 del Numeral 7.3 del presente Reglamento, deben contar, además del grado de maestro y doctor, con el título profesional correspondiente, así como con la colegiatura hábil, en caso esta última sea requisito obligatorio para el ejercicio de su profesión. Perfi l profesional 7.5 Los/as postulantes a Terceros/as Evaluadores/ as o Supervisores/as o Fiscalizadores/as deben haber concluido estudios superiores universitarios en alguna de las siguientes carreras: a) Ingeniería: Agrónoma, Ambiental, Sanitaria, de Higiene y Seguridad Industrial, Civil, Económica, Estadística, Eléctrica, Electrónica, Geológica, Metalúrgica, de Minas, Industrial, Mecánica, Mecánica-Eléctrica, Mecánica de Fluidos, de Petróleo, Petroquímica, Física, de Fluidos, Química, Geográ fi ca, Metalúrgica, Pesquera, Agroindustrial, de Industrias alimentarias, Forestal, Geofísica, Ecológica, Agrícola, y otras carreras a fi nes a las antes descritas. b) Ciencias Naturales: Biología, Química, Física, Ecología, Geografía, Oceanografía, Genética, Biotecnología, y otras carreras a fi nes a las antes descritas. c) Ciencias Sociales: Administración, Sociología, Antropología, Arqueología, Historia, Psicología, Politología, Traducción e Interpretación, Gestión para la administración, y otras carreras a fi nes a las antes descritas. d) Legal: Derecho. e) Ciencias Económicas: Economía. f) Ciencias de la salud: Medicina humana, toxicología, farmacia, bioquímica, psicología, y otras carreras a fi nes a las antes descritas. Experiencia Especí fi ca 7.6 Los/as Terceros/as Evaluadores/as, Supervisores/as o Fiscalizadores/as deben contar con experiencia profesional especí fi ca en alguna de las siguientes materias, según su especialidad, a efectos de poder inscribirse en el Registro de Terceros: a) Técnica : (Ingeniería, Ciencias Naturales y Ciencias de la Salud): Mineralogía, geología, geoquímica, hidrología, hidrobiología, hidrogeología, oceanografía, modelamiento de contaminantes, isotopía ambiental, monitoreo ambiental, petroquímica, gestión ambiental, minería, pesquería, eléctrica, forestal, geofísica, ecología, agrícola, biología, genética, biotecnología moderna, biorremediación, diagnósticos de calidad ambiental, teledetección o percepción remota, meteorología, sistema de información geográ fi ca, fotointerpretación, química, edafología, limnología, hidráulica, procesos unitarios, procesos de manufactura, industria alimentaria, o producción de las actividades económicas sujetas a la supervisión del OEFA, diseño de plantas, desarrollo sostenible, medicina humana, toxicología, farmacia, bioquímica, psicología, y otras materias a fi nes a las antes descritas. b) Legal : Derecho Ambiental, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Procesal, Derecho Penal, Derecho Minero, Derecho Pesquero, Regulación de actividades energéticas (electricidad o hidrocarburos), y otras materias a fi nes a las antes descritas. c) Social : Gestión y prevención de con fl ictos, gestión para la administración, relaciones comunitarias, responsabilidad social, traducción e interpretación, y otras materias a fi nes a las antes descritas. d) Económica : Economía ambiental, economía de los recursos naturales, gestión ambiental, valorización económica, microeconomía, econometría aplicada, análisis fi nanciero, y otras materias a fi nes a las antes descritas. 7.7 Los/as Terceros/as Evaluadores/as, Supervisores/as o Fiscalizadores/as, que se inscriban en el Registro de Terceros, como parte de su experiencia profesional especí fi ca, deben haber realizado alguna de las siguientes actividades, según corresponda: a) Realización de inventarios vinculados con las funciones de evaluación, supervisión y fi scalización en materia ambiental. b) Análisis espectral con imágenes de satélites.c) Consultoría que incluya trabajo práctico de campo o aplicativo. d) Docencia universitaria que incluya trabajo práctico de campo o aplicativo. e) Investigaciones cientí fi cas con trabajo de campo. f) Jefe de operaciones o cargos a fi nes. g) Supervisiones ambientales.h) Control de calidad o análisis de procesos productivos. i) Monitoreo ambiental o biológico.j) Ordenamiento territorial y/o zoni fi cación económica ecológica. k) Análisis socioambiental.l) Consultoría con elaboración de línea base social.m) Tramitación de procedimientos administrativos o procesos jurisdiccionales. n) Asesoría legal, económica y/o técnica a Órganos de Línea, Órgano Resolutivo y Órganos Desconcentrados. o) Otras labores similares que se encuentren relacionadas a las actividades bajo el ámbito de competencia de fi scalización del OEFA. 7.8 La experiencia profesional especí fi ca se contabiliza a partir de la obtención del grado de bachiller. Inscripción de la persona jurídica 7.9 Las personas jurídicas que soliciten su inscripción al Registro de Terceros deben acreditar como personal a cuatro (4) Evaluadores/as o Supervisores/as inscritos como personas naturales en el Registro de Terceros, los cuales deben tener la categoría de Evaluador en los niveles E-I, E-II o E-III, o la categoría de