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48 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de junio de 2020 / El Peruano la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA MEDIDAS DE CONTROL Y SEGURIDAD FRENTE AL COVID-19 EN LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN PRIVADA Y MODIFICA LA ORDENANZA N° 480-MM EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES. Artículo Primero .- APROBAR las “Medidas de Control y Seguridad frente al COVID-19 en las Obras de Edi fi cación Privada en el Distrito de Mira fl ores”, las mismas que se encuentran en el Anexo I y son parte integrante de la presente norma. Artículo Segundo.- INCORPORAR en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Mira fl ores, aprobado por la Ordenanza N° 480/MM, los códigos de infracción de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- MODIFICAR el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Mira fl ores, aprobado por la Ordenanza N° 480/MM, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo III, “Medidas de Emergencia Sanitaria”, que forma parte integrante de la presente ordenanza, respecto de los Códigos de Infracción 19-122; 19-125 Y 19-130; a efectos de adecuarse a lo decretado mediante Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 083-2020-PCM; Artículo Cuarto.- APROBAR el formato de Declaración Jurada, de compromiso de cumplimiento de los lineamientos, protocolos sanitarios y medidas de prevención y control establecidas por el Gobierno Nacional en Anexo IV, y el modelo de Carta de Responsabilidad de Cumplimiento de Protocolo Sanitario en Anexo V, los cuales forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- FACULTAR, al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía modi fi que o deje en suspenso algunas medidas aprobadas en la presente Ordenanza, así como establezca las normas complementarias y reglamentarias para la aplicación e implementación de la presente Ordenanza, de ser el caso. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, a la Gerencia de Autorización y Control y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente ordenanza, a través de sus unidades orgánicas. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.mira fl ores.gob.pe) POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Mira fl ores, 4 de Junio de 2020 LUIS MOLINA ARLES Alcalde ANEXO I MEDIDAS DE CONTROL Y SEGURIDAD FRENTE AL COVID-19 EN LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN PRIVADA Artículo 1.- Finalidad La presente tiene por fi nalidad regular las medidas de control y seguridad en las obras de edi fi cación privada, en el distrito de Mira fl ores, con la fi nalidad de prevenir, disminuir o evitar el contagio y propagación del COVID-19; así como habilitar las acciones de fi scalización y control a través de su cumplimiento, garantizando la prevención de riesgos y protección de la vida humana y la salud pública en general. Artículo 2.- Objetivo La presente normativa de fi ne la metodología de supervisión y control en el reinicio de las actividades de la construcción en la coyuntura de la Emergencia Sanitaria Nacional por el COVID-19, como medio de promoción del cumplimiento de las disposiciones normativas de alcance nacional y local, así como de las acciones de fi scalización que ejecuta la Municipalidad de Mira fl ores. Artículo 3.- Cumplimiento de la normativa3.1. Entiéndase que el cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución N° 087-2020-VIVIENDA - “Protocolo Sanitario del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para el inicio gradual e incremental de las actividades en la reanudación de actividades”, es responsabilidad del residente de obra, conforme lo señalado en literal c) del numeral 6.1 de las VI. Disposiciones Especí fi cas de la normativa citada. 3.2. El residente de obra presentará a la Municipalidad, una Declaración Jurada (Anexo IV) a través de la cual señale que viene cumpliendo con el Protocolo Sanitario al que se re fi ere la norma citada en el numeral precedente. Dicha declaración jurada se presenta con una periodicidad quincenal, a través del canal virtual que brindará la Municipalidad. 3.3. En cada etapa de construcción en la cual se encuentre la edi fi cación tendrá un nivel (1 a 3) de exigencia de medidas de vigilancia sanitaria, que para efectos de la supervisión y fi scalización se aplicará conforme el siguiente cuadro matriz: Nivel Etapas (1) Está referido a la fase previa al inicio de una obra de edi ficación; exige rendimiento de personal a nivel bajo, no abarca el uso de maquinaria pesada; exige control de medidas sanitarias por parte del contratista. Obras preliminares Cerco de Obra, Caseta de venta, Oficina de obra, SSHH personal, limpieza de terreno. Obras de acondicionamiento y refacción Cambio de acabados, tabiquería prefabricada, arreglo de instalaciones sanitarias, eléctricas y comunicaciones. (2) Está referido a la fase de inicio o reinicio de actividades, abarca el uso de maquinaria pesada, se requiere rendimiento de personal a nivel intermedio en escala que demande medidas de distanciamiento social, higiene, equipos de protección. En este nivel se requiere la presentación de la Declaración Jurada de cumplimiento del Protocolo sanitario aprobada en la presente norma. Se inician las acciones de control y fiscalización, respecto a las instalaciones y señalética exigida. Obras de Demolición y Excavación Demolición edi ficación existente y eliminación de escombros, Excavación de sótanos y obras de calzadura o muros anclados e instalación de cimentación de grúa. Cimentación Fondo de cimentación, zapatas, placas y columnas, cisterna y cuarto de bombas. (3) Está referido a la fase de ejecución de obra (fase crítica), abarca el uso de maquinaria pesada, se requiere rendimiento de obreros a nivel alto en escala que demande medidas de distanciamiento social, higiene, equipos de protección, limpieza de espacios de trabajo, almacenaje, control sanitario del personal al ingreso y salida, según requerimientos de las medidas de vigilancia sanitaria. En este nivel se realizarán supervisiones con personal de fiscalización y de salud respecto a las declaraciones quincenales presentadas por el residente de obra. Se realizarán recomendaciones, observaciones, pudiendo derivar en la identi ficación de infracciones y la imposición de sanciones. Obras de Estructura Armada Columnas, placas, vigas, lozas ma-cizas, lozas aligeradas de todos los niveles de la edi ficación, escaleras, ducto de ascensores, cuarto de máqui-nas. Tabiquería e Instalaciones Albañilería de muros de arcilla, concreto o prefabricado, instalación de tuberías y ductos de instalaciones sanitarias (agua) eléctricas, de equipos. Tarrajeo de paredes y cielo raso y contrapisos. (2) Está referido a la fase de final de actividades, se requiere rendimiento de personal a nivel intermedio en escala que demande medidas de distanciamiento, higiene, equipos de protección. Se realizarán recomendaciones, observaciones, pudiendo derivar en la identi ficación de infracciones y la imposición de sanciones.Acabados en general Instalación de pisos, zócalos y contrazócalos, enchape de paredes, vestidura de escalera, muebles de baño, trabajos de carpintería, cerrajería, ventanas, pintura y obras exteriores, pisos de terrazas, jardinería y reposición de bermas y veredas de áreas exteriores.