Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2020 (13/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 13 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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es la máxima autoridad administrativa. Cabe señalar, que lo indicado en dicho numeral resulta concordante con lo dispuesto en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 0402014-PCM; Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, establece que la Gerencia General constituye la más alta autoridad administrativa de la Entidad, por lo que corresponde a dicho funcionario aprobar el reordenamiento de cargos del CAP Provisional del FONDEPES; Que, mediante Memorando N° 1256-2020-FONDEPES/ DIGENIPAA, la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola (en adelante, la Digenipaa) solicitó el reordenamiento de sus cargos del CAP Provisional de la Entidad, a efectos de organizar los equipos de su Dirección bajo un enfoque de procesos, modificación que solo está referida al cambio de denominación de cuatro cargos estructurales y que no implicará una erogación de mayores gastos a la Entidad; Que, mediante Informe N° 027-2020-FONDEPES/ OGA-ARH, el Coordinador de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración emitió opinión favorable respecto del reordenamiento de cargos del CAP Provisional del FONDEPES solicitado por la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola; Que, con Informe N° 025-2020-FONDEPES/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, órgano encargado de la conducción de los procesos de modernización institucional, emitió opinión favorable respecto de la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional del FONDEPES; Que, asimismo, mediante Informe N° 092-2020-FONDEPES/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable respecto del reordenamiento de cargos del CAP Provisional del FONDEPES; Que, mediante Resolución Jefatural N° 026-2020-FONDEPES/J se dejó sin efecto la Resolución Jefatural N° 009-2019-FONDEPES/J, la misma que aprobó el último reordenamiento del CAP Provisional del FONDEPES; De conformidad con lo dispuesto en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH «Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE» y el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE corresponde aprobar el reordenamiento de cargos del CAP Provisional del FONDEPES; Con los visados de la Dirección General de Inversión Pesquera Artesanal y Acuícola, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Reordenamiento de Cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer que el Anexo al que hace referencia el artículo anterior sea publicado en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en la Página Web Institucional de la Entidad. Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSE LUIS CABRERA RAMIREZ Gerente General Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero 1864184-1

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Cónsul General Honorario del Perú en la ciudad de Nápoles, República Italiana, con circunscripción en las Regiones de Campania, Basilicata, Calabria, Apulia y Sicilia
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2020-RE Lima, 10 de marzo de 2020 VISTA: La propuesta de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares para formalizar el nombramiento de un Cónsul General Honorario del Perú en la ciudad de Nápoles, República Italiana, con circunscripción en las Regiones de Campania, Basilicata, Calabria, Apulia y Sicilia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 076-2019RE, de 29 de abril de 2019, se dieron por terminadas las funciones del señor Carlo Iaccarino como Cónsul General Honorario del Perú en Nápoles, República Italiana, con jurisdicción en las Regiones de Campania, Basilicata, Calabria, Apulia y Sicilia; Que, a través de la Nota CERI II N. 1412/212278, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Cooperación Internacional de la República Italiana manifestó la conformidad de su Gobierno al nombramiento de la señora Fabiana Capuano como Cónsul General Honorario del Perú en Nápoles; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Embajada del Perú en Italia y del Consulado General del Perú en Milán; De conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; en el artículo 118º, inciso 11), de la Constitución Política del Perú; y en el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE, de 5 de octubre de 2005; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar a la señora Fabiana Capuano como Cónsul General Honorario del Perú en la ciudad de Nápoles, República Italiana, con circunscripción en las Regiones de Campania, Basilicata, Calabria, Apulia y Sicilia. Artículo 2.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1864482-3

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Suspenden los vuelos provenientes de Europa y Asia, y desde el territorio nacional hacia dichos destinos, por el plazo de treinta (30) días calendarios a partir del 16 de marzo de 2020
DECRETO SUPREMO N° 008-2020-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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