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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2020 (01/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 1 de mayo de 2020 El Peruano / DISPOSICIONES FINALES Primera.- Cumplimiento ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza al Servicio de la Administración Tributaria del Distrito de San Martín de Porres, al Departamento de Servicio al Contribuyente, Departamento de Control y Cobranza de la Deuda, Departamento de Fiscalización y Censo Predial, Departamento de Cobranza Coactiva y Ofi cina de Tecnología de Información, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Segunda.- Facultar FACÚLTESE al Servicio de Administración Tributaria del distrito de San Martín de Porres - SAT SMP, a fi jar la Tasa de Interés Moratorio (TIM) mensual aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres que administra o cuya recaudación estuviera a su cargo, con los límites establecidos en el artículo 33º del Código Tributario. Tercera.- Derogatoria DERÓGUESE lo establecido en la Ordenanza Nº 308-MDSMP, así como toda norma que contravenga la presente Ordenanza. Cuarta.- Vigencia La presente ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Quinta.- Publicación ENCÁRGUESE al Servicio de Administración Tributaria de San Martín de Porres SATSMP, la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, también será publicado en la página web del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad de San Martín de Porres - SAT SMP, www.satsmp.gob.pe; asimismo a la Secretaría General y Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información, la publicación en la página web de la municipalidad: www.mdsmp.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y en el portal de Servicios y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 1865885-1 Prorrogan fecha de vencimiento para pago de cuotas del Impuesto Predial, Arbitrios, presentación de Declaración Jurada e Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2020-MDSMP San Martín de Porres, 27 de abril del año 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El O fi cio Nº 010-010-20000227, del Servicio de Administración Tributaria del Distrito de San Martín de Porres, que contiene el Informe Nº 060-014-2000000174 de la Gerencia de Operaciones, que sustentan el proyecto de Decreto de Alcaldía “Prorroga la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial; así como, el pago de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020; asimismo, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada establecido en el inciso a) del artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal; y se prorroga el Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios Municipales”; el Informe Nº 540-2020-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 30305, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos del gobierno administrativos y de administración; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, estipula que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal, entre otras; Que, mediante Ordenanza Nº 488-MDSMP, publicada con fecha 11 de Enero de 2020, se estableció entre otros, el cronograma de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2020, así como el Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios Municipales; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2020-MDSMP, publicada el 28 de Febrero de 2020, se prorroga hasta el 31 de Marzo de 2020, la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial; así como, el pago de la primera y segunda cuota mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020; asimismo, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada establecido en el inciso a) del artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal; y se prorroga el Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios Municipales, establecido en los Artículos Cuarto, Quinto y Sexto de la Ordenanza Nº 488-MDSMP; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2020-MDSMP, publicada el 01 de Abril de 2020, se prorroga hasta el 30 de Abril de 2020, la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial; así como, el pago de la primera, segunda y tercera cuota mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020; asimismo, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada establecido en el inciso a) del artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal; y se prorroga el Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios Municipales; establecido en los Artículos Cuarto, Quinto y Sexto de la Ordenanza Nº 488-MDSMP; Que, el inciso a) del artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada anualmente, el último día hábil del mes de febrero, salvo que el Municipio establezca una prórroga; Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 15 de marzo de 2020, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de Quince (15) días calendarios y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. En ese sentido es necesario se prorrogue la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2020 y de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota del pago mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2020; el plazo para la presentación de la Declaración Jurada establecido en el inciso a) del artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal; y, la vigencia del Incentivo por Pronto Pago de Arbitrios Municipales, hasta el 29 de mayo de 2020 a fi n de brindar facilidades a los vecinos del distrito de San Martín de Porres; Que, en la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 488-MDSMP, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza así como prorrogar la fecha de vencimiento, de ser el caso; Que, mediante Informe Nº 540-2020-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto a la ampliación del plazo vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2020 y de la primera, segunda, tercera y cuarta cuota del pago mensual de los