NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (10/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Jueves 10 de setiembre de 2020 / El Peruano VISTO: El Informe Nº 000004-2020-SUNAT/7E0000 de la Intendencia Lima, mediante el cual se propone dejar sin efecto designaciones y designar a Fedatarios Institucionales Titulares en la unidad organizacional a su cargo; CONSIDERANDO:Que el Artículo 138º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en el numeral 1 que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas Nº 105-2016-SUNAT/800000 de fecha 22 de noviembre de 2016, se designaron a diversos trabajadores, como Fedatarios Institucionales Titulares y Alternos de la Intendencia Lima; Que en mérito a los fundamentos expuestos en el Informe Nº 000004-2020-SUNAT/7E0000 de fecha 27 de agosto de 2020, se estima dejar sin efecto algunas designaciones, y designar a los que ejercerán la función de Fedatarios Institucionales Titulares de la citada Intendencia; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Institucionales, a los trabajadores que se indican a continuación: Fedatarios/as Institucionales Titulares:1. ISOLINA ANY VICTORIA MARTINEZ INSAURRALDE 2. NANCY ZULEMA SEBASTIAN MENDOZA3. PAMELA MERCEDES CABALLERO PAREDES4. RICARDO MARTIN REJAS ORTIZ Fedatario Institucional Alterno:1. JUAN MIGUEL OKUMURA HIRATAArtículo 2º.- Designar como Fedatarios/as Institucionales de la Intendencia Lima, a los siguientes trabajadores: Fedatarios/as Institucionales Titulares:1. ALEXIS CARLOS NAJARRO GAMBOA 2. CARMEN LIZ LANDA HURTADO3. CRISTHIAN ORLANDO CONTRERAS ALVA4. ERIKA BACA MONZON5. JAVIER GERMAN PAZOS PINGO6. JOSE GABRIEL GALDO CAVERO7. JULIO LUIS HUAMAN MEJIA8. JUNIOR JHAIR CONDEZO MORALES9. LESLIE SOLANGE RAMOS SOLIS10. LILIANA MITSULLA SALAZAR CHUPURGO11. LUIS MIGUEL SANCHEZ SALAZAR12. MARIANO ANTERO SALAS BERROCAL13. MARIBEL NATALY TELLO HUAMANI14. MARTHA LEONOR CHOY ZEVALLOS15. MIGUEL ANGEL NEIRA FRANCIA16. MINERVA RUBI GARCIA VALDIVIA17. NANCY CAROLINA LLANOS SUCAPUCA18. PILAR CAMARGO LINARES19. ROMMEL TORRES HINOSTROZA20. SALLY MARITA GARCIA SAMANIEGO21. VIANCA TERESA YNDIGOYEN SUCASAIRE22. VICTOR MANUEL QUEVEDO REATEGUI Regístrese, comuníquese y publíquese.FANNY YSABEL VIDAL VIDAL Superintendenta Nacional Adjunta de Administración y Finanzas 1883062-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Aprueban la suspensión de plazos para la presentación del Programa de Adecuación de Polvorines o Almacenes a las condiciones y medidas de seguridad establecidas en la “Directiva que regula las condiciones y medidas de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de explosivos y materiales relacionados y disposiciones para la presentación de la solicitud de autorización de almacenamiento de explosivos y materiales relacionados” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 253-2020-SUCAMEC Lima, 9 de setiembre de 2020VISTOS:El Informe Técnico N° 653-2020-SUCAMEC-GEPP, de fecha 08 de setiembre de 2020, de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil; el Informe Legal N° 00430-2020-SUCAMEC-OGAJ, de fecha 08 de setiembre de 2020, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, el literal h) del artículo 15° del Decreto Legislativo N° 1127 y el literal j) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establecen como una de las funciones del Superintendente Nacional, emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, los literales a) y l) del artículo 39° del ROF de la SUCAMEC establecen como funciones de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil, respectivamente, “Proponer los lineamientos relativos a la expedición, renovación, ampliación o cancelación de uso civil de explosivos y productos pirotécnicos” y “Elaborar, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias”; Que, con fecha 19 de abril del 2020, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia N° 123-2020-SUCAMEC que aprobó