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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (30/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de setiembre de 2020 / El Peruano periodo de tres meses, comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de diciembre de 2020, quienes trabajarán en las instalaciones del Módulo Penal, bajo la dirección del Administrador del Módulo Penal, debiendo cumplir con las actividades especí fi cas que permitan lograr los objetivos y metas trazadas. Duodécimo. Que, este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva. Por lo que, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito, reiterando que el personal contratado es exclusivo para actividades jurisdiccionales y administrativas relacionados a la aplicación del Código Procesal Penal bajo la dirección del Administrador del Módulo Penal Central, debiendo cumplir actividades especí fi cas que permitan lograr los objetivos del presente plan de descarga procesal. Decimotercero. Que, los servidores a contratar deben reunir los per fi les establecidos en el “Manual de Organización y Funciones de los Órganos Jurisdiccionales Penales de las Cortes Superiores de Justicia”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 082-2013-CE-PJ, de fecha 15 de mayo de 2013, siendo importante señalar que deberá considerarse Contratos Administrativos de Servicios (CAS) mediante la modalidad de contrato directo u otra modalidad, que permita la contratación del personal, como se especi fi ca en el siguiente cuadro: Perfi lRet. Eco. Mensual S/.ESSALUD Aguinaldo Tiempo / Meses S/. Especialista Judicial de Sala o Secretario Judicial de Sala 3,722.00 174.5 300 3 Especialista Judicial de Juzgado o Especialista Judicial de Audiencias2,972.00 174.5 300 3 Asistente Jurisdiccional o Técnico Judicial2,572.00 174.5 300 3 Asistente de Atención al Público o Mesa de Partes2,372.00 174.5 300 3 Asistente de Informática / Soporte Informática2,772.00 174.5 300 3 Decimocuarto. Que, evaluado el proyecto “Plan de descarga y liquidación procesal por emergencia en órganos jurisdiccionales penales del Código Procesal Penal y Código de Procedimientos Penales de 1940 - Año 2020”, formulado por la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, este Órgano de Gobierno considera que la medida tendrá mayor impacto, y, sobre todo, inmediatez de atención al problema detectado, efectuándose mediante la estandarización de los procesos a realizar. Decimoquinto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito a los Acuerdos Nros. 1077 y 1078-2020 de la quincuagésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de setiembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; en consecuencia, dejar sin efecto los Acuerdos Nros. 943 y 944-2020-CE-PJ, de fecha 12 de agosto de 2020. Artículo Segundo.- Disponer que a través de la Gerencia General del Poder Judicial se proceda a realizar las gestiones necesarias ante el Ministerio de Economía y Finanzas, a efecto de disponer la suma de S/ 10,661,126.00, correspondiente al saldo de la genérica 2.1 (remuneración de magistrados) del presupuesto de implementación del Nuevo Código Procesal Penal en las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Sur, Lima Este y Lima Norte, para el pago de obligaciones pendientes del Poder Judicial, como consecuencia de la ostensible disminución de los Recursos Directamente Recaudados en el año 2020. Artículo Tercero .- Autorizar la ejecución del “Plan de descarga y liquidación procesal por emergencia en órganos jurisdiccionales penales del Código Procesal Penal y Código de Procedimientos Penales de 1940 - Año 2020”, en los Distritos Judiciales de Cusco, Piura, La Libertad, Arequipa, Ica, Lambayeque, Loreto, San Martin, Huánuco, Cajamarca, Junín, Huaura, Amazonas, Tumbes, Ancash, Ayacucho, Tacna, Santa, Selva Central, Puno, Madre De Dios, Apurímac, Ucayali, Cañete, Huancavelica, Pasco, Sullana, Moquegua, Lima, Lima Sur, Lima Este, Lima Norte, Callao, Puente Piedra - Ventanilla; y Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a fi n de descongestionar la carga procesal penal detectada, mediante la contratación, de manera excepcional, de personal jurisdiccional y administrativo. Artículo Cuarto .- El periodo de vigencia del referido plan aprobado será de tres meses, comprendido desde el 1 de octubre hasta el 30 de diciembre de 2020, en la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) - contrato directo u otro modalidad que permita la contratación del personal. Artículo Quinto .- La contratación del personal, conforme a las condiciones antes mencionadas, será de acuerdo al siguiente detalle: “PLAN DE DESCARGA Y LIQUIDACIÓN PROCESAL POR EMERGENCIA EN ÓRGANOS JURISDICCIONALES PENALES DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL Y CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE 1940 - AÑO 2020” PLAN DE DESCARGA DEL 1 OCTUBRE AL 30 DICIEMBRE DE 2020 Nº Distrito JudicialEspecialista Judicial de JuzgadoAsistente Jurisdic- cionalTotal Personal TOTAL 1 CUSCO 14 14 28 S/. 255,876.00 2 PIURA 14 14 28 S/. 255,876.00 3 LA LIBERTAD 14 14 28 S/. 255,876.00 4 AREQUIPA 14 14 28 S/. 255,876.00 5 ICA 12 12 24 S/. 219,322.00 6 LAMBAYEQUE 12 12 24 S/. 219,322.00 7 LORETO 9 9 18 S/. 164,492.00 8 SAN MARTIN 10 10 20 S/. 182,770.00 9 HUANUCO 10 10 20 S/. 182,770.00 10 CAJAMARCA 14 14 28 S/. 255,876.00 11 JUNIN 10 10 20 S/. 182,770.00 12 HUAURA 10 10 20 S/. 182,770.00 13 AMAZONAS 10 10 20 S/. 182,770.00 14 TUMBES 10 10 20 S/. 182,770.00 15 ANCASH 8 8 16 S/. 146,216.00 16 AYACUCHO 11 11 22 S/. 201,046.00 17 TACNA 11 11 22 S/. 201,046.00 18 SANTA 9 9 18 S/. 164,492.00 19 SELVA CENTRAL 8 8 16 S/. 146,216.00 20 PUNO 12 12 24 S/. 219,322.00 21 MADRE DE DIOS 9 9 18 S/. 164,492.00 22 APURIMAC 9 9 18 S/. 164,492.00