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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (30/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de setiembre de 2020 El Peruano / los miembros del Concejo Provincial de Contumazá, departamento de Cajamarca, que cumplan con adecuar sus procedimientos de vacancia y, en especial, los actos de noti fi cación, en conformidad con la LOM y el artículo 21 de la LPAG, a fi n de que tramiten el procedimiento de vacancia con el respeto de los derechos y las garantías del debido proceso de la autoridad afectada. 12. Como consecuencia de la nulidad declarada en el presente expediente, el concejo provincial deberá realizar las siguientes acciones: a. Cursar nuevamente la noti fi cación del Acuerdo de Concejo Nº 108-2019-MPC, de fecha 31 de diciembre de 2019, al regidor Segundo Belisario León León. b. En caso de que no se interponga recurso de apelación, remitir a este órgano electoral el original o las copias certi fi cadas de los referidos cargos de la noti fi cación dirigida a los miembros del concejo, especialmente al mencionado regidor, así como la constancia o acuerdo que declara consentido lo decidido sobre la vacancia, para proceder con la convocatoria de candidato no proclamado. c. Si, por el contrario, se interpusiera recurso de apelación, se deberá elevar el expediente administrativo, en original o copias certi fi cadas, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de presentado el citado recurso. También se debe remitir la siguiente documentación: i. La convocatoria a sesión extraordinaria y los respectivos cargos de la noti fi cación dirigida a los miembros del concejo municipal y al solicitante. ii. El descargo presentado por la autoridad afectada, así como los informes u otros documentos incorporados para resolver la vacancia o la reconsideración. iii. Las actas de sesión que resuelven la adhesión, la vacancia y el recurso de reconsideración, de ser el caso, así como los acuerdos de concejo que los formalizan. Igualmente, los respectivos cargos de la noti fi cación dirigida a los miembros del concejo. iv. El original del comprobante de pago de la tasa por recurso de apelación, equivalente al 15 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), establecida en el ítem 1.33 de la Tabla de tasas en materia electoral, aprobada por la Resolución Nº 0554-2017-JNE, del 26 de diciembre de 2017, así como la respectiva constancia o papeleta de habilitación del letrado que autoriza el recurso. d. El acuerdo de concejo u otras actuaciones procesales que así lo requieran deberán ser noti fi cados a los miembros del concejo, respetando lo dispuesto en el artículo 19 de la LOM y, en especial, conforme al régimen de noti fi cación personal regulado en el artículo 21 de la LPAG. 13. Cabe recordar que las acciones requeridas en los considerandos precedentes son dispuestas por este Supremo Tribunal Electoral en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitución Política del Perú, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta de los mencionados funcionarios, de acuerdo con sus competencias. 14. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario ofi cial El Peruano . Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULOS el acto de notifi cación del Acuerdo de Concejo Nº 108-2019-MPC –del 31 de diciembre de 2019, dirigido a Segundo Belisario León León, regidor de la Municipalidad Provincial de Contumazá, departamento de Cajamarca–, la Constancia emitida por el secretario general de la referida comuna, de fecha 29 de enero de 2020, y el Acuerdo de Concejo Nº 007-2020-MPC, del 26 de febrero de 2020, mediante el cual, el referido concejo edil declaró consentido el Acuerdo de Concejo Nº 108-2019-MPC. Artículo Segundo.- REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Provincial de Contumazá, departamento de Cajamarca, y al secretario general de dicha comuna o a quien haga sus veces, para que procedan de acuerdo con lo establecido en el considerando 12 del presente pronunciamiento, bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, archivar de fi nitivamente el presente expediente y remitir copia fedateada de los actuados al Ministerio Público para los fi nes que correspondan. Artículo Tercero.- REQUERIR a los miembros del Concejo Provincial de Contumazá, departamento de Cajamarca, para que adecúen sus procedimientos de vacancia y, en especial, los actos de noti fi cación, de conformidad con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Cuarto.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1888912-1 Declaran nulo lo actuado a partir de acto de notificación de convocatoria a sesión extraordinaria de concejo, dirigido a regidora; y requieren a la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Accha, provincia de Paruro, departamento de Cusco; y a miembros del Concejo, que cumplan con tramitar pedido de vacancia conforme al procedimiento legalmente establecido RESOLUCIÓN Nº 0322-2020-JNE Expediente Nº JNE.2020029678 ACCHA - PARURO - CUSCOCONVOCATORIA DE CANDIDATO NOPROCLAMADO Lima, veintidós de setiembre de dos mil veinte.VISTO el O fi cio Nº 145-2020-A-MDA-PP-RC, presentado por Marina Núñez Loaiza, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Accha, provincia de Paruro, departamento de Cusco, mediante el cual solicita la