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24 NORMAS LEGALES Domingo 25 de abril de 2021 / El Peruano Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS hasta el año 2024, conforme al ANEXO B-2 Matriz del Plan Estratégico Institucional (PEI) y la aprobación para la emisión de la presente Resolución, respectivamente; Con el visado del Director Ejecutivo, de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y la Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS-DE que aprueban la Sección Primera y Sección Segunda, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 003-2017/CEPLAN/PCD, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Ampliación Aprobar la ampliación de la temporalidad del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019 – 2023 del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS hasta el año 2024, conforme al ANEXO B-2 Matriz del Plan Estratégico Institucional (PEI), que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Cumplimiento Disponer que los órganos y unidades orgánicas de las unidades ejecutoras del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, den estricto cumplimiento, bajo responsabilidad, al contenido del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019 – 2024 del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS. Artículo 3.- Seguimiento y evaluación Disponer que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, efectúe el seguimiento y evaluación, sobre el avance de los logros esperados. Artículo 4.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS (www.gob.pe/otass), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Consejo Directivo en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ERNESTO MONTALVA DE FALLA Presidente del Consejo Directivo 1947040-1 Aprueban el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 Modificado Versión 1” del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000008-2021-OTASS-CD Lima, 24 de abril de 2021VISTOS: El Informe N° 000055-2021-OTASS-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Legales N°00009-2021-OTASS-OAJ, N° 000106-2021-OTASS-OAJ y N° 000132-2021-OTASS-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y el Memorando Nº 000185-2021-OTASS-GG, de la Gerencia General, y;CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en adelante el OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y tiene por objeto promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 003-2017/CEPLAN/PCD, y sus modi fi catorias, CEPLAN aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional del Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno, en adelante la Guía; Que, el primer párrafo del numeral 4.2. de la Guía, dispone entre otros, que para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad; Que, el citado numeral 4.2 de la Guía, agrega que es función de la Comisión de Planeamiento Estratégico, entre otros, priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales - OEI, Acciones Estratégicas Institucionales - AEI y Actividades Operativas e Inversiones y validar el documento del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el numeral 6.3 de la Guía establece que el POI se modi fi ca cuando se presentan, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 016-2019-OTASS/DE de fecha 18 de febrero de 2019, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, en adelante la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS; Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 25-2020-OTASS/CD, del 21 de diciembre de 2020, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), correspondiente al Año Fiscal 2021, del Pliego 207 - Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, el adelante el POI 2021 del OTASS; Que, por el Acta N° 001-2021-OTASS/CPE, de fecha 11 de marzo de 2021, la Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS, acuerda, “Validar la primera modi fi cación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021”; Que, mediante el Informe Nº 000055-2021-OTASS- OPP de fecha 25 de marzo de 2021, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto solicita la modificación del POI 2021 del OTASS, señalado entre otros, que: i) “Se enmarca en ambas causales, esto es, por la desagregación de transferencia de partidas de los recursos autorizados por el D.U. N° 005-2021, hasta por S/ 102 millones, para la reposición del Fondo de Inversiones de las EPS y por la incorporación de IOARR con recursos de Saldo de Balance; lo que conlleva a incluir nuevas actividades y eliminar otras”; ii) “(…) por