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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (29/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Domingo 29 de agosto de 2021 El Peruano / CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Civil de Lima PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000305-2021-P-CSJLI-PJ Lima, 27 de agosto del 2021VISTOS Y CONSIDERANDOS:Mediante la solicitud que se tiene a la vista el magistrado Germán Alejandro Aguirre Salinas, Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Civil de Lima solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 31 de agosto al 07 de setiembre del presente año. Estando a lo expuesto, resulta necesario a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Segunda Sala Civil de Lima proceder a la designación del magistrado conforme corresponda; situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al magistrado JOSÉ MIGUEL HIDALGO CHAVEZ, Juez Titular del 15° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Civil de Lima, a partir del día 31 de agosto del presente año por las vacaciones del doctor Aguirre Salinas, quedando conformado el Colegiado como sigue: Segunda Sala Civil Jesús Manuel Soller Rodríguez PresidenteJosé Miguel Hidalgo Chávez (P) Erika Mercedes Salazar Mendoza (P) Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Coordinación de Recursos Humanos, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.JOSÉ WILFREDO DÍAZ VALLEJOS PresidenteCorte Superior de Justicia de Lima 1986595-1ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Prorrogan vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar, a partir del 1 de setiembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000160-2021/JNAC/RENIEC Lima, 28 de agosto de 2021 VISTOS: El Informe Nº 000033-2021/GOR/RENIEC (25AGO2021) de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando Nº 000350-2021/GG/RENIEC (26AGO2021) de la Gerencia General, el Informe Nº 000625-2021/GAJ/RENIEC (27AGO2021) y la Hoja de Elevación Nº 000619-2021/GAJ/RENIEC (27AGO2021) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera; teniendo como atribuciones y funciones, las de planear, organizar, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia; registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modi fi quen el estado civil de las personas; mantener el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y las demás funciones inherentes a sus objetivos generales; Que mediante Decreto Supremo Nº 025-2021-SA, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 14 de agosto de 2021, se dispuso prorrogar a partir del 03 de setiembre de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA y Nº 009-2021-SA, al evidenciarse la persistencia del supuesto que ha con fi gurado la emergencia sanitaria por la pandemia de la COVID-19; Que mediante Decreto Supremo Nº 149-2021-PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 22 de agosto de 2021, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del miércoles 1 de setiembre de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 37° de la Ley N° 26497, el Documento Nacional de Identidad - DNI, tiene una vigencia de ocho (8) años, en tanto no concurran las circunstancias que tal disposición precisa, a cuyo vencimiento debe ser renovado de acuerdo a lo establecido por la citada Ley y el artículo 95° del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, el cual señala que el documento nacional de identidad - DNI que no sea renovado perderá su vigencia; Que la situación expuesta podría limitar no solo la identi fi cación de las personas, sino el acceso para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales