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49 NORMAS LEGALES Domingo 29 de agosto de 2021 El Peruano / Transcripción de la pista de audio de conversación entre el servidor judicial investigado y la demandante, de fojas 11 a 25Escritos presentados al 28º Juzgado Civil de LimaAutos del proceso Expediente Nº 220-2012 desde el escrito de litisconsorcio hasta la suspensión del procesoAcciones del servidor judicial investigado en el desarrollo del proceso Demandante Servidor judicialSuscribió resoluciónAceleró avanceRetuvo avance Yo también quiero que cumplas... ¿el juez ya sacó la resolución? (...)(ininteligible) Del 23 de mayo de 2013, de fojas 67 a 70, pide absuelva el traslado conferido por Resolución Nº 9 sobre intervención litisconsorcial.Resolución Nº 15, de 5 de junio 2013, fojas 71: Declara improcedente la intervención litisconsorcial. SI (estando el Juez Segundo Rosas Montoya)SI NOEn cuántos días crees que se pueda aprobar eso?Ya está en el despacho... Porque tienen una misma pretensión, sus pretensiones son conexas o porque la sentencia a expedirse respecto de una pudiera afectar a la otra.Tercero: Que de la revisión de autos, podemos advertir (...). Cuarto: Que, en este orden de ideas, y estando a los argumentos de la intervención litisconsorcial podemos advertir que la recurrente solamente ha acreditado su condición de posesionaria del inmueble, mas no su condición de titular registral obligada a formalizar la escritura exigida por la demandante; (...), tampoco ha sido parte de la relación sustantiva (...) en la cual se haya obligado a otorgar escritura pública a favor de la demandante. Quinto: (...), la sentencia a expedirse (...), únicamente tiene por objeto obligar a los demandados la formalización de la escritura pública que en nada enervará la posesión alegada por quien pretende intervenir en el presente proceso, en tal sentido esta judicatura resuelve declarar IMPROCEDENTE.Lee lo que dice pues (empieza a leer)... una misma pretensión sin pretensiones (ininteligible) una pudiera afectar a la otra.Tercero: que de la remisión de autos podemos (ininteligible).Cuarto: que en ese orden de ideas (ininteligible) podemos advertir que la pretendiente sólo ha acreditado su condición de posesionario, mas no (ininteligible) en la cual sería obligado a entregar escritura pública a favor de la demandante, que a la sentencia a expedirse en el presente proceso, únicamente tiene por objeto (ininteligible) escritura pública (ininteligible) enervara la posición alegada (ininteligible) en el presente proceso esta judicatura resuelve declarar improcedente (ininteligible)Ángel tú crees que para mañana esto ya salga (...).Tú te comprometiste en que me ibas a dar la resolución.(ininteligible) ... No dudo sino que tú te comprometiste. Y que cosa te estoy diciendo te voy a dar o no mañana ... ... No pero tú de repente por no salir ya no verte más...Tú confía en mí, yo te voy a dar tu resolución a donde me voy a ir, ven a las doce del día (ininteligible) (...), yo ya he metido esta resolución, ahorita no he dado cuenta porque estaba despachando con otro especialista sino yo ya te lo hubiera traído firmado (min. 29:18) ... Pero es que tú me dijiste que me ibas a entregar...... ¿pero no está el proyecto? (min 29:15) Pero Ángel, yo a las doce del día voy mañana dando y dando así hemos quedado, ahora tú me das el proyecto, y todavía no hay nada y yo ya voy a cumplir......Ya está firmado a primera hora yo despacho (min. 29:18) Mira la mitad (...) Yo no dudo sino que (...)Lo que pasa que tú me ibas a dar la resolución......Ah (...) Ya pues si estás descon fiando ya para que... Resolución Nº 16 del 5 de junio de 2013, de fojas 72: O ficiar a Notario Público de Lima Aurelio Díaz Rodríguez para que dentro de cinco días informe sobre si ha firmado el contrato de transferencia de terreno y cláusula adicional.NO (estando el Juez Segundo Rosas Montoya y el servidor judicial Renán Quiroz Bartory) ... porque ellos van a apelar, mientras ellos apelan yo quiero ganar tiempo, ellos apelan que te iban a decir, ya mientras ellos apelan ya nosotros ganamos tiempo en el proceso...(ininteligible)Escrito del 31 de mayo de 2013, de fojas 293 a 296, Margoth Alarcón Silvera anexa copia de atestado policial, de fojas 74 a 78, e informe de Notario Público de Lima Aurelio Díaz Rodríguez, de fojas 82, que dan cuenta que el contrato de transferencia de terreno y cláusula adicional no ha sido firmado por él.Resolución Nº 17 del 31 de julio de 2013, de fojas 297, señala: “Estese resuelto por resolución quince, recomendándosele al Especialista que da cuenta, poner mayor celo en el ejercicio de sus funciones”.SI (estando el Juez Gustavo Alberto Real Macedo)NO SI