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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2021 (10/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Domingo 10 de enero de 2021 / El Peruano N° 041-2018/MINSA, N° 250-2019/MINSA, N° 431-2019/ MINSA y N° 668-2019/MINSA; Que, con Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM se aprueba el procedimiento administrativo estandarizado de acceso a la información pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control; Que, la Ley N° 31091, Ley que garantiza el acceso al tratamiento preventivo y curativo de la enfermedad por coronavirus SARS-CoV-2 y de otras enfermedades que dan origen a emergencias sanitarias nacionales y otras pandemias declaradas por la Organización Mundial de la Salud, modi fi ca el artículo 8 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, regulando el registro sanitario condicional para medicamentos y productos biológicos con estudios clínicos en fase III con resultados preliminares; Que, el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece en su numeral 44.1 que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector; y, en su numeral 44.5 dispone que, una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo; en caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 44.1; Que, el numeral 5.2 del artículo 5 de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, establece que las entidades de la administración pública deben aprobar o modi fi car su TUPA cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que, por Decreto Supremo, refrendado por el Ministro del sector competente y el Ministro de Economía y Finanzas, se fi ja la cuantía de las tasas; Que, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria (ACR), el Ministerio de Salud ha de fi nido la pertinencia de incorporar diez (10) procedimientos administrativos y un (1) servicio prestado en exclusividad en su nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), con sus requisitos, cali fi cación, plazos o silencios administrativos aplicables y costos; Que, en ese sentido, resulta necesario modi fi car el TUPA del Ministerio de Salud, con el propósito de incorporar los procedimientos administrativos y el servicio prestado en exclusividad antes señalados; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y N° 032-2017-SA; DECRETA:Artículo 1. Modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Salud Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2016-MINSA y sus modi fi catorias, a fi n de incorporar diez (10) procedimientos administrativos y un (1) servicio prestado en exclusividad, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2. Aprobación del derecho de tramitación Apruébase los derechos de tramitación correspondientes a los procedimientos administrativos y servicio prestado en exclusividad, según el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3. Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo son publicados en el portal del diario o fi cial El Peruano (www. elperuano.gob.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www. gob.pe/minsa/), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Salud y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas PILAR E. MAZZETTI SOLER Ministra de Salud * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1918579-1 Designan Director Ejecutivo de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 022-2021/MINSA Lima, 8 de enero del 2021Visto, el expediente N° 21-001445-001, que contiene la Nota Informativa Nº 0003-2021-OGPPM/MINSA, emitida por la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 285- 2020/MINSA, de fecha 11 de noviembre de 2020, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP – P Nº 193) de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y