TEXTO PAGINA: 77
77 NORMAS LEGALES Sábado 30 de enero de 2021 El Peruano / i) Mediante O fi cio N°000287-2020-P-CSMD-PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios elevó al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el O fi cio N°05-2020-JCP-CSJMDD/JMM, a través del cual el magistrado Lucio Zeny Ruelas Escobedo, juez supernumerario del Juzgado Civil Permanente de Tambopata, ha solicitado que se autorice al Juzgado Civil Transitorio de Tambopata para que proceda a resolver los casos que le son asignados para su tramitación hasta su ejecución. Al respecto, el literal g) del numeral 6.6 del Capítulo VI - Disposiciones Generales de la Directiva N° 013-2014-CE-PJ denominada “Lineamientos Integrados y actualizados para el funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad Judicial y de la O fi cina de Productividad Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa N° 419-2014-CE-PJ, establece que “En casos excepcionales, de insu fi ciencia de órganos jurisdiccionales permanentes en un Distrito Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a propuesta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, podrá autorizar mediante resolución administrativa que los órganos transitorios tramiten expedientes desde la etapa de cali fi cación hasta la ejecución de los mismos”; sin embargo, el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Tambopata no se encuentra dentro del supuesto de insufi ciencia de órganos jurisdiccionales permanentes, ya que dicha provincia cuenta con un jugado civil permanente; razón por la cual procede desestimar la referida solicitud. j) El Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Puente Piedra, Corte Superior de Justicia de Puente Piedra-Ventanilla, que funciona con turno cerrado, resolvió 153 expedientes de una carga procesal de 605 expedientes, lo cual equivale a un bajo avance del 33%, el cual fue menor al avance de meta del 55% que corresponde al grupo A; asimismo, el Juzgado Civil Permanente del Distrito de Puente Piedra, al mes de noviembre de 2020 resolvió 273 expedientes de una carga procesal de 757 expedientes, obteniendo un avance del 46%, el cual también fue menor al referido avance de meta. k) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Talara, Corte Superior de Justicia de Sullana, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil y familia, con excepción de los procesos de violencia familiar, resolvió 252 expedientes de una carga procesal de 814 expedientes, con lo cual obtuvo un bajo avance del 42%, el cual fue menor al avance de meta del 55% que corresponde al grupo A; de igual manera, el Juzgado Civil Permanente de Talara resolvió durante el mismo período 184 expedientes de una carga procesal de 924 expedientes, con lo cual obtuvo un bajo avance del 34%, el cual también fue menor al avance que corresponde al grupo A; además, al haber registrado el juzgado civil permanente improcedencias equivalentes al 13% de su producción, que al restarlas hacen que su avance del 34% baje al 30%, se evidencia que este juzgado, a efecto de cubrir su bajo nivel resolutivo, viene priorizando la carga procesal en etapa de cali fi cación en desmedro de la carga procesal en etapa de trámite. l) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Tumbes que funciona con turno cerrado y tiene la misma competencia funcional y territorial que el Juzgado de Civil Permanente de la misma provincia resolvió 217 expedientes de una carga procesal de 459, con lo cual obtuvo un avance del 62%, el cual fue mayor al avance de meta del 55% que corresponde al grupo A; por el contrario, el Juzgado Civil Permanente de Tumbes resolvió durante el mismo período 124 expedientes de una carga procesal de 871 expedientes, con lo cual obtuvo un bajo avance del 23%, que fue mucho menor al avance de meta del grupo A; además, al haber registrado el juzgado civil permanente improcedencias equivalentes al 23% de su producción, que al restarlas hacen que su avance del 23% baje al 17%, se evidencia que este juzgado, a efecto de cubrir su bajo nivel resolutivo viene priorizando la carga procesal en etapa de cali fi cación en desmedro de la carga procesal en etapa de trámite. Sétimo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 086- 2021 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20 de enero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas por tener cita médica; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de febrero de 2021, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: a) Hasta el 31 de marzo de 2021 Corte Superior de Justicia de Lima Este- 1° Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Ate - 2° Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Ate- Juzgado Civil Transitorio - Chaclacayo- Juzgado Civil Transitorio - San Juan de Lurigancho Corte Superior de Justicia de Huaura- 2° Juzgado de Trabajo Transitorio - HuachoCorte Superior de Justicia de Puente Piedra-Ventanilla- Juzgado Civil Transitorio - Puente Piedra Corte Superior de Justicia de la Sullana- Juzgado Civil Transitorio - Talarab) Hasta el 30 de abril de 2021 Corte Superior de Justicia de Lima - 1° Juzgado Constitucional Transitorio - LimaCorte Superior de Justicia de Madre de Dios- Juzgado Civil Transitorio - TambopataCorte Superior de Justicia de la Tumbes- Juzgado Civil Transitorio - Tumbesc) Hasta el 31 de mayo de 2021Corte Superior de Justicia de Junín- 3° Juzgado de Trabajo Transitorio - HuancayoCorte Superior de Justicia de Lima Norte- Juzgado Civil Transitorio - CarabaylloCorte Superior de Justicia de Lima Sur- Juzgado de Trabajo Transitorio - San Juan de Mira fl ores d) Hasta el 31 de julio de 2021Corte Superior de Justicia de Lima Sur- 2° Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio - San Juan de Mira fl ores Artículo Segundo.- Prorrogar hasta el 30 de abril de 2021, la labor de itinerancia que viene realizando el Juzgado Civil Transitorio del Distrito de La Joya, Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, hacia el Distrito