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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2021 (30/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Sábado 30 de enero de 2021 El Peruano / remoto, en lugar del trabajo mixto (presencial y remoto) hasta el 31 de enero de 2021, en atención a los alcances contenidos en el Decreto Supremo N° 002-2021-PCM, en el cual se indican los departamentos y provincias que se encuentran en el nivel de alerta muy alto, lo que evidencia el nivel de riesgo de contagio de la población en general. Sexto. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que deviene en pertinente dictar las medidas necesarias, que comprendan a los órganos jurisdiccionales y administrativos ubicados en los departamentos y provincias señalados en el mencionado decreto supremo. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 089- 2021 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20 de enero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, hasta el 31 de enero de 2021, que se realice exclusivamente el trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos que se encuentran ubicados en las jurisdicciones de los departamentos de Ancash, Ica, Junín, Lambayeque, Piura y Tacna; así como en las provincias de Barranca, Cajatambo, Canta, Cañete, Huaral, Huarochirí, Huaura, Oyón y Yauyos del departamento de Lima; al encontrarse en el nivel de alerta muy alto respecto a la propagación del COVID-19; en concordancia con el Decreto Supremo N° 002-2021-PCM Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Del Santa, Ica, Junín, Selva Central, Lambayeque, Piura, Sullana, Tacna, Huaura, Cañete, Lima Norte y Lima Este; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1924251-6 Aprueban los documentos “Diagnóstico de Capacidades de Jueces y Personal Jurisdiccional y Administrativo de los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo (enfoque de gestión por competencias), del Programa Presupuestal 0099” y el “Plan de Desarrollo de Capacidades para los Jueces y Trabajadores Judiciales de los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo (enfoque de gestión por competencias) 2021 - 2023, del Programa Presupuestal 0099” CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000021-2021-CE-PJ Lima, 29 de enero del 2021VISTO: El O fi cio N° 000145-2020-JAV-CE-PJ cursado por el señor Javier Arévalo Vela, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que, el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo remite a este Órgano de Gobierno el O fi cio N° 000321-2020-PP0099-PJ de la Responsable Técnica del Programa Presupuestal 0099: “Celeridad de los Procesos Judiciales Laborales, por el cual solicita la aprobación de los documentos denominados “Diagnóstico de Capacidades de Jueces y Personal Jurisdiccional y Administrativo de los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo (enfoque de gestión por competencias), del Programa Presupuestal 0099”; y, “Plan de Desarrollo de Capacidades para los Jueces y Trabajadores Judiciales de los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo (enfoque de gestión por competencias) 2021 -2023 del Programa Presupuestal 0099”. Segundo. Que, los referidos documentos constituyen instrumentos de gestión necesarios del Programa Presupuestal 0099: “Celeridad de los Procesos Judiciales Laborales, para el desarrollo de actividades destinadas a fortalecer las competencias de jueces y trabajadores judiciales en los próximos años, con la fi nalidad de reducir la lentitud de los procesos judiciales laborales. Tercero. Que, los documentos señalados han sido elaborados en cumplimiento a lo dispuesto en la Estructura Programática y Anexo 02 del Programa Presupuestal 0099 “Celeridad de los Procesos Judiciales Laborales” y lo señalado en el Plan Nacional de Capacitación de Jueces 2020 de la Comisión Nacional de Capacitación de Jueces del Poder Judicial. Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funciones con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de los referidos documentos. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 087- 2021 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20 de enero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los siguientes documentos: a) “Diagnóstico de Capacidades de Jueces y Personal Jurisdiccional y Administrativo de los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo (enfoque de gestión por competencias), del Programa Presupuestal 0099”; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. b) “Plan de Desarrollo de Capacidades para los Jueces y Trabajadores Judiciales de los órganos jurisdiccionales que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo (enfoque de gestión por competencias) 2021 - 2023, del Programa Presupuestal 0099”; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución y los documentos aprobados, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento.