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30 NORMAS LEGALES Sábado 20 de febrero de 2021 / El Peruano establecen las disposiciones y procedimientos para llevar a cabo el Concurso de Admisión; Que, la Academia Diplomática goza de autonomía académica y administrativa, sin perjuicio de las atribuciones que competen al Ministerio de Relaciones Exteriores y que los requisitos de ingreso se detallan en el artículo 67 de la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y en el artículo 25 del Reglamento de la Academia Diplomática, aprobado mediante Resolución Ministerial N.º 0053-2018-RE y su modi fi catoria; Que, el Estado peruano ha venido adoptando medidas concretas destinadas a establecer un manejo transparente de los recursos y fi nanzas públicas, asumiendo de esta manera responsabilidad y compromiso frente a la ciudadanía en general; Que, mediante Decreto Supremo N.º 064-2020-RE, se establece los requisitos y condiciones del servicio exclusivo de inscripción en el Concurso Público de Admisión de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar; entre ellos, el examen médico, previsto en el literal b) del numeral 6.2 del artículo 6; Que, mediante Resolución Vice Ministerial N.° 0020- RE se aprobó la Directiva 001-2021 “Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar”, que detalla los procedimientos aplicables al proceso de admisión; Que, en razón de las actuales circunstancias sufridas por la pandemia de la COVID-19, y la emergencia sanitaria declarada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos N.º 020-2020-SA, N.º 027-2020-SA y N.º 031-2020-SA, resulta riesgoso para la salud de los postulantes que acudan a los centros de salud para rendir presencialmente el examen médico previsto en el citado Decreto Supremo; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesario adoptar las medidas correspondientes a fi n de que se proceda a la exoneración de la realización del examen médico para el Concurso de Admisión a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar del año 2021; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.º 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley N.º 27444, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de la Academia Diplomática, aprobado por Resolución Ministerial N.º 0053-2018-RE y su modi fi catoria; DECRETA:Artículo 1.- Exoneración Exonérese del examen médico previsto en el literal b) numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Supremo N.º 064-2020-RE, a los postulantes del Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar del año 2021. Artículo 2.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), el mismo día de la publicación de la presente norma. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1929420-2Designan Director de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuellar RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0059-2021-RE Lima, 16 de febrero de 2021CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuellar, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0053-2018-RE del 26 de enero de 2018, la Dirección es la máxima autoridad y el representante legal de la Academia Diplomática, el cual conduce la gestión institucional del referido órgano de formación profesional e investigación. Se encuentra a cargo de un Director, y es ejercida por un funcionario del Servicio Diplomático de la República, con la categoría de Embajador, cuyo nombramiento se efectúa por Resolución Ministerial; Que, el artículo 140 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, establece que la Academia Diplomática del Perú es el centro de formación profesional del Ministerio de Relaciones Exteriores y única vía de acceso al Servicio Diplomático de la República, responsable de la formación integral de los aspirantes al Servicio Diplomático, así como de la continua capacitación y perfeccionamiento de los miembros del Servicio Diplomático; Que, conforme a lo establecido en el artículo 64 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, la designación de funcionarios diplomáticos para el ejercicio de cargos correspondientes a los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo de la Cancillería, del centro de formación profesional; así como para su desempeño como asesores principales y asesores especializados, se efectuará mediante resolución ministerial; Que, en dicho contexto, es necesario designar al funcionario diplomático que desempeñará el cargo de Director de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuellar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y el Reglamento de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuellar, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0053-2018-RE; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 29357, Ley del Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gustavo Adolfo Meza Cuadra Velásquez, como Director de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuellar, a partir del 22 de febrero de 2021. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1929419-1