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75 NORMAS LEGALES Sábado 3 de julio de 2021 El Peruano / CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Modifican doscientos cuarenta y cinco (245) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC) RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 134-2021-PERÚ COMPRAS Lima, 30 de junio de 2021 VISTO: El Informe N° 000049-2021-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 23 de marzo de 2021, el Memorando N° 000287-2021-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 07 de mayo de 2021, el Informe N° 000102-2021-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 22 de junio de 2021, emitidos por la Dirección de Estandarización y Sistematización; el Informe N° 000191-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 14 de mayo de 2021, y el Informe N° 000241-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 24 de junio de 2021, emitidos por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y; CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; y tiene como funciones, entre otras: la de realizar las Compras Corporativas Obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente; realizar las Compras Corporativas Facultativas que le encarguen otras entidades del Estado; realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente; promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes; y, promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modi fi cado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 26.1 del artículo 26 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, señala que el procedimiento de selección de Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuenten con Ficha Técnica y se encuentren incluidos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, el numeral 110.2 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, en adelante “el Reglamento”, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo N° 1 de De fi niciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones especí fi cas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características especí fi cas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modi fi car o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la veri fi cación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, siendo que, para el caso de modi fi cación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la misma, que no afecte su condición de bien común; Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modi fi cación o la exclusión de la Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, a través de los Informes N° 000049-2021-PERÚ COMPRAS-DES y N° 000102-2021-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización sustenta la modi fi cación de doscientas cuarenta y cinco (245) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), adjuntando las fi chas técnicas correspondientes; Que, mediante los Informes N° 000191-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ y N° 000241-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Estandarización y Sistematización, de conformidad con el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y en el marco de lo dispuesto por la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, resulta legalmente viable la modi fi cación de las referidas Fichas Técnicas; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de la atribución conferida por los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car doscientos cuarenta y cinco (245) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), de acuerdo al contenido del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle: a) Forma farmacéutica simpli fi cada TABLETA Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1 ABACAVIR, 300 mg, TABLETA 082 ABIRATERONA, 250 mg, TABLETA 023 ACETAZOLAMIDA, 250 mg, TABLETA 08 4 ACETILCISTEÍNA, 600 mg, TABLETA EFERVESCENTE 08 5 ACICLOVIR, 200 mg, TABLETA 096 ACICLOVIR, 400 mg, TABLETA 077 ÁCIDO ACETILSALICÍLICO, 100 mg, TABLETA 08