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32 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de julio de 2021 El Peruano / soles) para fi nanciar las acciones para la ejecución de las obras de remediación de pasivos ambientales mineros; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe Nº 154-2021-MINEM-OGA/OFIN, señala que el MINEM dispone de los recursos fi nancieros necesarios en la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar las transferencias fi nancieras de recursos a favor de Activos Mineros S.A.C., en el marco del articulo 16 numeral 16.1 del la Ley Nº 31085, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia fi nanciera, por la suma de S/ 92 111 042.00 (Noventa y dos millones ciento once mil cuarenta y dos y 00/100 soles), con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas de la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados, a favor de la empresa Activos Mineros S.A.C., en aplicación de lo establecido en articulo 16 numeral 16.1 del la Ley Nº 31085, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; Ley Nº 31085, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio De Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora Nº 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor de la empresa Activos Mineros S.A.C. – AMSAC, para fi nanciar las acciones para la ejecución de las obras de remediación de pasivos ambientales mineros por la suma de S/ 92 111 042.00 (Noventa y dos millones ciento once mil cuarenta y dos y 00/100 soles); Artículo 2.- La transferencia fi nanciera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego Nº016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora Nº001: Ministerio de Energía y Minas - Central, según detalle: Fuente de Financiamiento : 2. Recursos Directamente Recaudados Unidad Ejecutora : 001 Ministerio De Energía y Minas – Central Gastos de Capital 2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 92 111 042.00 Artículo 3.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1974869-1 INTERIOR Designan representante del Ministerio de Defensa ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC RESOLUCIÓN SUPREMA N° 130-2021-IN Lima, 20 de julio de 2021VISTOS: El O fi cio N° 02553-2021-MINDEF/SG de la Secretaría General del Ministerio de Defensa; el O fi cio N° 404-2021-SUCAMEC-GG de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil -SUCAMEC y el Informe Legal N° 001125-2021-IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1127, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1213, se crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, el artículo 8° del Decreto Legislativo antes citado señala que: “El Consejo Directivo es el órgano máximo de la SUCAMEC. Es el órgano responsable de establecer las políticas institucionales y la dirección de la SUCAMEC. Está integrado por cinco (05) miembros designados por Resolución Suprema. El Sector Interior propondrá dos miembros, uno de los cuales será el Superintendente Nacional. También integrarán el Consejo Directivo, un representante del Ministerio de Defensa; un representante del Ministerio de Energía y Minas; y, un representante del Ministerio de la Producción. El Consejo Directivo será presidido por el Superintendente Nacional (…)”; Que, mediante Resolución Suprema N° 201-2019-IN se designa al General de Brigada (r) Augusto Aníbal Soto Castagnola como representante del Ministerio de Defensa ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil–SUCAMEC; Que, con O fi cio N° 02553-2021-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa propone como su representante ante el referido Consejo Directivo, al Mayor General FAP Carlos Martín Quiroz Infantas, teniendo en consideración que mediante Resolución Ministerial N° 0246-2021-DE se aceptó la renuncia del General de Brigada (r) Augusto Aníbal Soto Castagnola, quien se desempeñaba como Inspector General del Ministerio de Defensa y al mismo tiempo era representante de dicho ministerio ante el mencionado Consejo Directivo; Que, en mérito a lo señalado precedentemente, resulta necesario actualizar la designación del representante del Ministerio de Defensa ante el Consejo Directivo en mención; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1127, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1213, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil–SUCAMEC; el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil–SUCAMEC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del General de Brigada (r) Augusto Aníbal Soto Castagnola como representante del Ministerio de Defensa ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC. Artículo 2.- Designar al Mayor General FAP Carlos Martín Quiroz Infantas como representante del Ministerio de Defensa ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC.