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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2021 (21/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de julio de 2021 El Peruano / Artículo 2.- Financiamiento Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de fi nanciamiento indicadas. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, O fi cinas Macro Regionales, Unidad de Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Asimismo, se dispone que la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las O fi cinas Macro Regionales, cumplan con informar de manera oportuna para el cumplimiento de la Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE, con relación al cumplimiento de la rendición de cuentas y evaluación del otorgamiento de subvenciones, que prevé informar de manera semestral al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Dirección de Operaciones del Programa, queda facultado para efectuar las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, disponer que las Unidades de Plani fi cación y Presupuesto, Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las O fi cinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los bene fi ciarios de las subvenciones otorgadas, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional. Artículo 6.- Noti fi cación y Publicación Notifi car la presente Resolución a las Unidades y O fi cinas Macro Regionales – OMR del Programa, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar, asimismo disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA y en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID ALFONSO RAMOS LÓPEZ Director Ejecutivo del Programa Nacionalde Innovación en Pesca y Acuicultura 1974369-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2021 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 DECRETO SUPREMO Nº 043-2021-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional para la Calidad, así como responsable de su funcionamiento; Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2021 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2021; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 31084, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2021, podrán ser modi fi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la modi fi cación de los montos de las cuotas internacionales incluidas en el anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, el Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad – INACAL, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B de la Ley Nº 31084, en el que se ha consignado a su cargo el pago de cuotas anuales a favor de diversos organismos internacionales por un importe total de S/ 663 562,00 (Seiscientos Sesenta y Tres Mil Quinientos Sesenta y Dos y 00/100 Soles); Que, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, resulta necesario modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2021 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad; a efectos de atender el pago de las cuotas anuales en favor de los organismos internacionales aludidos en el considerando precedente; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2021 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad, respecto de los siguientes organismos internacionales: PLIEGO PRESU- PUESTARIOMONTO (En soles)PERSONA JURÍDICA 244 INSTITUTO NACIONAL DE CALIDAD - INACAL225 736Comisión Electrotécnica Internacional - IEC 4 596Comisión Panamericana de Normas Técnicas - COPANT 2 211Conferencia de Estandarización Na- cional de Laboratorios Internacionales - NCSLI