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191 NORMAS LEGALES Viernes 23 de julio de 2021 El Peruano / sostenible. Respecto a la Recti fi cación de Zoni fi cación, de dos áreas de 2,658.25 m2 y 67,978.93 m2, superpuestas con el Sitio Arqueológico Gloria Grande cali fi cadas con zonifi cación PTP (Protección y Tratamiento Paisajista) y Residencial de Densidad Media (RDM) respectivamente, el Ministerio de Cultura ha precisado que dichas áreas sí están determinadas como parte del sitio arqueológico Gloria Grande de acuerdo a la Resolución Directoral Nacional N° 866/INC de fecha 20 de abril de 2010, siendo pertinente la actualización de la zoni fi cación y, que si bien dicha entidad recomienda la cali fi cación de Zona Monumental (ZM), estima conveniente proponer la cali fi cación OU Zona Arqueológica Gloria Grande, de acuerdo a las disposiciones de la Ordenanza N° 1862 en el ámbito de la provincia de Lima, en su condición de sede Capital de la República, tal como se ha denominado otras zonas arqueológicas ubicadas en la jurisdicción del distrito de Ate, cuyo plano de zoni fi cación fue aprobado con Ordenanza N° 1099-2007, considerando procedente la recti fi cación de la zoni fi cación de PTP (Protección y Tratamiento Paisajística) y RDM (Residencial Densidad Media) a OU Zona Arqueológica Gloria Grande; Que, cabe mencionar que a través del Acuerdo de Concejo N° 234 de fecha 6 de julio de 2021, se concedió licencia al Titular de la Entidad del 16 al 24 de julio de 2021 inclusive, por lo que de conformidad con el Artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, se encuentra encargado del Despacho de Alcaldía durante el periodo indicado; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 030-2021-MML-CMDUVN, de fecha 3 de marzo de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE ATE APROBADO POR ORDENANZA N° 1099 Artículo 1. Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza N° 1099, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de diciembre del 2007 de Otros Usos (OU) a Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Zonal (CZ) y Zona de Recreación Pública (ZRP) para el inmueble de 93,175.74 m2; que forman parte de un predio matriz registral de 958,428.47 m2, denominado Predio Acumulado Altura Km. 14.800 de la Carretera Central del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, solicitado por el señor Luis Raúl Bao Alonso, representante de la empresa La Gloria Propiedades S.A., a través del expediente 369715-2019, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Aprobar la Recti fi cación de Zoni fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Ate, aprobado por la Ordenanza N° 1099 publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de diciembre del 2007, precisando la califi cación de OU Zona Arqueológica Gloria Grande para el área de 2,658.25 m² y de 67,978.93 m², superpuestas con el Sitio Arqueológico Gloria Grande, que forman parte de un predio matriz registral de 958,428.47 m2, denominado Predio Acumulado Altura Km. 14.800 de la Carretera Central del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, conforme al grá fi co del Anexo N° 1 que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 3. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de Ate, la modi fi cación aprobada en el Artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 4. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Ate, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 5. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de la Alcaldía 1975306-10 Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Chorrillos aprobado por Ordenanza N° 1076 ORDENANZA N° 2377-2021 Lima, 16 de julio de 2021EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales: “Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental”; y “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial”; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 28 de diciembre de 2014, se regula el proceso de plani fi cación del desarrollo territorial-urbano del Área Metropolitana de Lima, sede de la Capital de la República del Perú, regulando la formulación, aprobación, actualización y la gestión del Plan Metropolitano de Desarrollo Urbano, los planes urbanos distritales, así como el conjunto de instrumentos de gestión; Que, con Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 13 de abril de 2018, se regula el cambio de zoni fi cación en la provincia de Lima, en concordancia con las competencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, plani fi cación urbana y zonifi cación de áreas urbanas, de acuerdo a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones sobre la materia; y derogan la Ordenanza Nº 1911; Que, mediante Ordenanza N° 1076, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 8 de octubre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de los distritos de Barranco, Surquillo y de sectores de los distritos de Chorrillos y Santiago de Surco