Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2021 (23/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 188

188 NORMAS LEGALES Viernes 23 de julio de 2021 El Peruano / identi fi cado con DNI N° 09071114 y la señora Martha Imelda Ramírez Yngunza identi fi cada con DNI N° 06611968, propietarios del predio de un área de 4,000.00 m2, inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP según Certi fi cado Literal P01174054, denominado Predio Rural Chacra Grande y Santa Inés Numero de Parcela 25-C Proyecto Chacra Grande Valle Chillón Rímac, distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima; solicitan cambio de zonifi cación de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, mediante O fi cio N° 1404-2019-MML-GDU- SPHU de 14 de noviembre del 2019, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días, vencido dicho plazo, sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable; en virtud a lo establecido en el Artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086, no obteniéndose la respuesta requerida por parte de la Municipalidad distrital; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° 1405-2019-MML-GDU-SPHU de 14 de noviembre del 2019, solicitó al Instituto Metropolitano de Plani fi cación-IMP emitir opinión técnica sobre la propuesta presentada por el señor Edy Rafael Salazar Pajuelo y la señora Martha Imelda Ramírez Yngunza. y mediante Ofi cio N° 0591-20-MML-IMP-DE de fecha 31 de Julio de 2020, remitió el Informe CEZ N° 040-2020-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 29 de julio del 2020, en el que emitió opinión favorable respecto al Cambio de Zoni fi cación solicitado, señalando que la propuesta de cambio, aporta una alternativa comercial en el sector como respuesta a la demanda futura de las nuevas poblaciones a asentarse posterior a la habilitación urbana y al proceso edi fi catorio, ello dinamizara y otorgará mayor oferta inmobiliaria en su entorno inmediato, además, de posibilidades de formalización comercial a través del desarrollo de la actividad de Mercado Minorista en el inmueble. No obstante, lo advertido por la DGVT-IMP respecto a completar el estudio vial, debido a incongruencias en los datos y proyecciones muy cortas, deberán preverse con antelación al proceso de habilitación urbana y el proyecto edi fi catorio de uso comercial, la subsanación de las observaciones técnicas formuladas por la DGVT-IMP, correspondientes a la adecuación mediante una nueva propuesta de modulación vial de la Avenida José Saco, de acuerdo al uso pretendido, así como, otros lineamientos de mitigación vial producto de los impactos que pudiera generar el funcionamiento del Mercado Minorista en el sector. Dado que la actividad pretendida es compatible con la zoni fi cación solicitada de Comercio Zonal (CZ), resulta acorde al desarrollo y crecimiento urbano del sector donde se ubica el inmueble, concordante con los lineamientos establecidos en las regulaciones urbanísticas aprobadas en el Distrito de Carabayllo; Que, a través del Informe Nº 269-2020-MML-GDU- SPHU-DP de fecha 28 de Agosto del 2020, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, concluyó que, el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Alta (RDA) y Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ) del predio de un área de 4000.00 m2, inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP según Certi fi cado Literal P01174054, denominado Predio Rural Chacra Grande y Santa Inés Numero de Parcela 25-C Proyecto Chacra Grande Valle Chillón Rímac, distrito de Carabayllo, solicitado por el señor Edy Rafael Salazar Pajuelo identi fi cado y la señora Martha Imelda Ramírez Yngunza, resulta favorable, por cuanto permitirá un crecimiento plani fi cado de la zona a través de la consolidación de diversas actividades comerciales brindando servicios a la zona urbana colindante y futura, generando desarrollo económico y social para el distrito, convirtiéndose en una ciudad atractiva para la inversión privada no sólo en el aspecto comercial si no también, podría complementarse con la consolidación de usos mixtos con la presencia de áreas residenciales de alta densidad. Por lo tanto, es consecuente con los objetivos del distrito de Carabayllo al generar un desarrollo formal, que incentive proyectos urbanísticos debidamente autorizados en el marco legislativo vigente, con una ubicación estratégica frente a una vía metropolitana para el desarrollo de las actividades propuestas que conecta el sector con la vía nacional Panamericana Norte, logrando una óptima integración urbana para el abastecimiento de las diversas actividades económicas existentes y futuras, teniendo asegurada la conectividad del sector a nivel distrital e interdistrital de la ciudad Lima Norte. Asimismo, propone que el pedido de cambio de zoni fi cación se haga extensivo al frente de la macromanzana donde se ubica el predio según lo establecido en el Artículo 11 de la Ordenanza N° 2086, y acorde con la opinión vertida en el Informe CEZ N° 040-20-MML-IMP-DE/DGPT, emitido por la Dirección General de Plani fi cación Territorial del IMP; Que, cabe mencionar que a través del Acuerdo de Concejo N° 234 de fecha 6 de julio de 2021, se concedió licencia al Titular de la Entidad del 16 al 24 de julio de 2021 inclusive, por lo que de conformidad con el Artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, se encuentra encargado del Despacho de Alcaldía durante el periodo indicado; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 006-2021-MML-CMDUVN, de fecha 3 de febrero de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE CARABAYLLO APROBADO POR ORDENANZA N° 1849 Artículo 1. Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Carabayllo, aprobado mediante Ordenanza N° 1849, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014 de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Alta (RDA) y Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ) del predio de un área de 4,000.00 m2, denominado Predio Rural Chacra Grande y Santa Inés Numero de Parcela 25-C Proyecto Chacra Grande Valle Chillón Rímac, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, haciendo extensivo al frente de la macromanzana donde se ubica el predio, solicitado por el señor Edy Rafael Salazar Pajuelo y la señora Martha Imelda Ramírez Yngunza, a través del expediente 291912-2019, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de Carabayllo, la modi fi cación aprobada en el Artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de la Alcaldía 1975306-9