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39 NORMAS LEGALES Viernes 4 de junio de 2021 El Peruano / - Copia de la resolución de designación o documento que acredita la responsabilidad del cargo. 7.2 La máxima autoridad administrativa de la Entidad será responsable de garantizar que, cuando se produzca el cese en el cargo, función o labor del Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos o, quien haga sus veces, los datos sean actualizados para deshabilitar el Código de Usuario existente y generar un nuevo Código de Usuario y Clave de Acceso. La actualización de los datos debe realizarse a más tardar dentro del tercer día hábil siguiente de producido el cese. De no estar actualizada la información, las notifi caciones se continuarán realizando válidamente en la Casilla Electrónica del Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos o, quien haga sus veces, que se consignó para dicho efecto, siendo así plenamente e fi caces. Los Administrados 7.3 Los Administrados deberán proporcionar obligatoriamente a la Secretaría Técnica la siguiente información: - Número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería. - Nombres y apellidos completos.- Correo electrónico.- Número telefónico fi jo y móvil (celular). - Firma. 7.4 La información detallada en el numeral precedente será registrada en el Formato Nº 1, que en Anexo N° 1 forma parte de la presente Directiva. Los Administrados presentarán el Formato Nº 1 junto con su recurso de apelación a la Entidad para que sea remitido a la Secretaría Técnica del Tribunal y se genere el Usuario y Clave de Acceso correspondientes.Del procedimiento de asignación de Casilla Electrónica 7.5 La Secretaría Técnica asigna a las Entidades y a los Administrados una Casilla Electrónica en el SICE como domicilio digital y procedimental de comunicaciones desde el Tribunal hacia los Administrados y Entidades, así como desde los Administrados y Entidades hacia el Tribunal. El SICE puede ser accedido desde el Portal Institucional de SERVIR www.gob.pe/servir. 7.6 El SICE envía un correo electrónico a los Administrados y al Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos o quien haga sus veces, para que validen sus datos y activen su Casilla Electrónica. Una vez culminado este proceso, el SICE automáticamente les envía su Código de Usuario y Clave de Acceso al correo electrónico proporcionado en el Formato Nº 1. 7.7 El Usuario (Entidades y Administrados) debe adoptar las medidas de seguridad necesarias a fi n de mantener en reserva y con fi dencialidad su Código de Usuario y Clave de Acceso al SICE. Elevación de un recurso de apelación al Tribunal a través del SICE 7.8 La Entidad en la que ha sido presentado un recurso de apelación, luego de veri fi car que éste cumple los requisitos de admisibilidad previstos en el artículo 18º del Reglamento del Tribunal, deberá elevarlo al Tribunal al través del SICE conjuntamente con sus anexos y los antecedentes que sustentaron la emisión del acto impugnado de conformidad con lo establecido en el artículo 20° del citado Reglamento, incluyendo el informe escalafonario del Administrado o documento que contenga su información situacional (régimen, méritos, deméritos, desplazamientos, tiempo de servicios, entre otros). En el caso de la materia de acceso al servicio civil, deberá incluirse las bases del concurso, así como el 975 479 164 • Directo: (01) 433 4773 suscripciones@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400