TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Viernes 11 de junio de 2021 El Peruano / a) Principio de paci fi smo. - La Antártida será utilizada exclusivamente para fi nes pací fi cos. b) Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben cumplir sus funciones de acuerdo a la Constitución, dentro de las facultades que le están atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas. c) Principio de investigación cientí fi ca.- La PNA debe ser ejecutada considerando como principal objetivo el cierre de brechas de las líneas de investigación cientí fi ca y tecnológica, así como a fi anzar la coordinación y colaboración en materia antártica a nivel nacional e internacional. d) Principio de transparencia .- La PNA debe implementarse, aplicando mecanismos que promuevan la trasparencia de sus acciones y resultados cientí fi cos los mismos que estarán disponibles por diferentes medios para la comunidad cientí fi ca. e) Principio de impacto social.- Las acciones ejecutadas en el marco de la PNA deben procurar el mayor equilibrio social, económico y medioambiental, a favor de la sociedad peruana y en la comunidad cientí fi ca. f) Principio de Programación Multianual.- El proceso presupuestario que se orienta al logro de los resultados a favor de la población, en una perspectiva multianual, y según los objetivos estratégicos e indicadores establecidos en la PNA, los Planes Estratégicos Nacionales, Sectoriales, e Institucionales, de la entidades que participen en la implementación de la PNA. g) Principio de simplicidad de procedimientos. - Los procedimientos administrativos derivados de la PNA deberán ser sencillos, eliminándose toda complejidad innecesaria; evitando actuaciones procesales que difi culten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos. 4.3. La rectoría de la PNA El Ministerio de Relaciones Exteriores, en adelante MRE, cumple su rol rector a través de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, en adelante DSL, y tiene como órgano ejecutor, a la Dirección de Asuntos Antárticos, en adelante ANT. La conducción de la rectoría de la PNA consiste en la formulación, planeamiento, dirección, coordinación, ejecución, supervisión y evaluación de la PNA. 4.4. Implementación y ejecución de la PNA El MRE es responsable de articular, implementar y ejecutar la PNA con todas las entidades de la administración pública, a nivel del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, en el ámbito de sus funciones, competencias y responsabilidades. 4.5. Entidades intervinientes de la PNA En la PNA intervienen, las siguientes entidades públicas: a) Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE). b) Ministerio de Defensa (MINDEF). - Ejército del Perú – Compañía de Operaciones Antárticas (COA). - Marina de Guerra del Perú – Dirección de Hidrografía y Navegación (DHN). - Fuerza Aérea del Perú – Comando de Operaciones (COMOP) - Dirección de Meteorología Aeronáutica (DIRMA). - Instituto Geográ fi co Nacional (IGN). - Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA). c) Instituto del Mar del Perú (IMARPE) del Ministerio de la Producción. d) Ministerio de Energía y Minas (MINEM) - Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET). - Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN). e) Ministerio del Ambiente (MINAM)-Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI). -Instituto Geofísico del Perú (IGP).- Instituto Nacional de Investigaciones en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM). f) Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) de la Presidencia del Consejo de Ministros. g) Ministerio de Educación (MINEDU). h) Autoridad Nacional del Agua (ANA) del Ministerio de Agricultura. i) Universidades públicas y privadas. j) Otras instituciones públicas o privadas interesadas en la investigación cientí fi ca vinculadas a la PNA. 4.6. Participación de las entidades intervinientes en la PNA La participación de las entidades intervinientes en la PNA son las siguientes: 4.6.1. Del Ministerio de Relaciones Exteriores Tiene la siguiente participación: a) Formular, programar, dirigir, coordinar, supervisar, evaluar y actualizar la PNA. b) Expedir las normas reglamentarias que regulan la PNA. c) Mantener actualizada y sistematizada la normatividad de la PNA. d) Emitir opinión vinculante sobre la PNA. e) Capacitar y difundir la normatividad de la política entre los integrantes de la PNA. f) Llevar registros y producir información relevante actualizada y oportuna respecto a las investigaciones cientí fi cas y/o tecnológicas. g) Promover la mejora continua de la PNA. 4.6.2. Del Ministerio de Defensa Tiene la siguiente participación: a) Conservar y mantener en funcionamiento la Estación Cientí fi ca o instalaciones que el Perú tenga o pueda llegar a tener en la Antártida. b) Plani fi car las acciones de conservación, mantenimiento y funcionamiento de la estación cientí fi ca, previendo el abastecimiento de bienes y servicios. c) Participar en la implementación y ejecución de la PNA. d) Preservar el medioambiente y la biodiversidad en función de los intereses nacionales. e) Proporcionar el soporte logístico de transporte (marítimo y/o aéreo) f) Coordinar permanentemente con el MRE, a fi n de optimizar la utilización del buque de investigación cientí fi ca de su propiedad, en la cooperación internacional cientí fi ca antártica. 4.6.3. Demás entidades públicas participantes de la PNA Las demás entidades públicas integrantes de la PNA, tienen la siguiente participación: a) Proponer proyectos de estudio o investigación cientí fi ca relacionados con la PNA para su inclusión en las investigaciones de la expedición. b) Colaborar y/o cooperar a nivel interinstitucional, con la labor de investigación cientí fi ca realizada en el marco de la PNA. 4.6.4. Instituciones del sector privado que realicen investigación cientí fi ca o tecnológica y participen en la expedición cientí fi ca a la Antártida Tienen la siguiente participación: a) Proponer proyectos de estudio o investigación cientí fi ca y tecnológica para su inclusión en las investigaciones de la expedición cientí fi ca. b) Elaborar proyectos de estudio o investigación cientí fi ca y tecnológica. c) Colaborar y/o cooperar a nivel interinstitucional, con