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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (11/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Viernes 11 de junio de 2021 / El Peruano parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual consta de cinco (5) lineamientos estratégicos: 1) Promoción y difusión de una cultura de respeto a los derechos humanos en el ámbito empresarial conforme al marco de los estándares internacionales de los principios rectores y otros instrumentos internacionales; 2) Diseño de políticas públicas de protección para prevenir vulneraciones a los derechos humanos en el ámbito empresarial; 3) Diseño de políticas públicas que promuevan el respeto de las empresas a los derechos humanos a través de la rendición de cuentas, la investigación y la sanción por los impactos de sus actividades; 4) Promoción y diseño de procedimientos de diligencia debida para asegurar el respeto de las empresas a los derechos humanos; 5) Diseño y fortalecimiento de mecanismos para garantizar a los afectados por las vulneraciones a derechos humanos vías judiciales, administrativas, legislativas o de otro tipo para que puedan acceder a una reparación. Artículo 2.- Implementación del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025 Los Ministerios y los organismos públicos implementan y adoptan, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para cumplir con las metas del “Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025” en los plazos establecidos en el mismo. Artículo 3.- Cumplimiento del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025 El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad conductora del “Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025”. La responsabilidad sobre su cumplimiento, a través de acciones de coordinación, supervisión, evaluación y monitoreo corresponde al Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia de dicha entidad; Artículo 4.- Financiamiento La implementación de las acciones derivadas del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025 se realiza de manera progresiva y se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades públicas involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación del “Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025” en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (https://www.gob.pe/minjus), en el Observatorio de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (https://observatorioderechoshumanos.minjus.gob.pe ), así como en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (https://www.gob.pe) y en el Portal de la Presidencia de la República (https://www.gob.pe/presidencia/), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Salud, el Ministro de la Producción, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Cultura, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Educación, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro del Interior, el Ministro del Ambiente, la Ministra de Defensa, y el Ministro de Energía y Minas.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de junio del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego SILVANA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y Turismo EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores GABRIEL QUIJANDRIA ACOSTA Ministro del Ambiente 1962210-5 Aprueban el Trigésimo Primer Listado de Beneficiarios civiles, militares y policiales del Programa de Reparaciones Económicas (PRE) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0107-2021-JUS Lima, 7 de junio de 2021 VISTOS, el O fi cio N° 1131-2021-JUS/SE-CMAN, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN; el O fi cio