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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (11/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Viernes 11 de junio de 2021 El Peruano / entidades del gobierno a nivel nacional, regional y local, respectivamente; Que, a través de la Resolución 17/4 de fecha 16 de junio de 2011, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas hace suyos los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, elaborados por el Representante Especial del Secretario General de la referida organización para la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas; los cuales constituyen el punto de referencia para la actuación de los Estados en materia de empresas y derechos humanos; Que, a través de la Resolución 70/1 de fecha 25 de setiembre de 2015, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible – Agenda 2030 que establece una visión transformadora hacia la sostenibilidad económica, social y ambiental de los 193 Estados Miembros que la suscribieron constituyéndose en la guía de referencia para el trabajo de los países a nivel nacional. La mencionada Agenda cuenta con diecisiete (17) Objetivos de Desarrollo Sostenible – ODS y en ella se desarrolla el rol innovador del sector privado para contribuir con el desarrollo sostenible como motor de la productividad, el crecimiento económico inclusivo y la creación del empleo; Que, mediante el Decreto Supremo N° 002- 2018-JUS, se aprueba el Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021, documento que constituye una herramienta estratégica, multisectorial e integral, destinada a asegurar la gestión de políticas públicas en materia de derechos humanos en el país. Este Plan reconoce en sus cinco lineamientos estratégicos la relación entre las obligaciones internacionales de derechos humanos, la Agenda 2030, y los Objetivos de Desarrollo Sostenible; Que, el Lineamiento Estratégico N° 5 del mencionado Plan, denominado “Implementación de Estándares Internacionales sobre Empresas y Derechos Humanos”, tiene como objetivo estratégico garantizar que las empresas públicas y privadas respeten los derechos humanos en sus ámbitos de acción, para lo cual se promueve la implementación de los Principios Rectores de la Organización de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, los cuales son complementados con las Líneas Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos para las Empresas Multinacionales, la Declaración Tripartita de Principios sobre las Empresas Multinacionales y la Política Social de la Organización Internacional del Trabajo, entre otros instrumentos internacionales; Que, para dicho fi n, el lineamiento estratégico antes referido contempla como una de sus metas, la formulación de un Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos, el cual debe ser construido de modo amplio, participativo, consensuado y descentralizado entre el sector estatal, empresarial, pueblos indígenas, sindicatos y de la sociedad civil; Que, para ello, mediante Resolución Viceministerial N° 001-2019-JUS del 6 de setiembre de 2019 se aprueba la “Metodología del proceso de elaboración del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos”, encargándose su implementación a la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, en dicha línea, se presenta el proyecto del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025, que es el primero de su tipo en el país y ha sido elaborado en un periodo de dos años y cuatro meses que abarcó tres etapas: convocatoria; elaboración de diagnóstico y línea de base de 23 temas priorizados; y elaboración de 97 acciones estratégicas, con sus correspondientes indicadores y metas; Que, el mencionado diagnóstico y línea de base ha priorizado los siguientes 23 temas, teniendo en cuenta además el contexto de la emergencia sanitaria causada por la COVID-19: necesidades de capacitación en Empresas y Derechos Humanos; mecanismos empresariales de debida diligencia; informalidad del sector económico; trabajo infantil; personas con discapacidad; personas adultas mayores; personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales; personas afrodescendientes; personas migrantes extranjeras; mecanismos de reparación judicial; mecanismos de reparación extrajudicial; derechos de las mujeres; transparencia, integridad y lucha contra la corrupción; libertad sindical y negociación colectiva; seguridad privada; personas defensoras de derechos humanos; derechos de los pueblos indígenas; con fl ictividad social; uso de la fuerza y protesta social; estudios de impacto ambiental; minería; hidrocarburos; y, agricultura a gran escala; Que en las señaladas tres etapas, el proceso se ha caracterizado por contar con un alto nivel de participación y estar centrado en un diálogo multiactor democrático, entre iguales, de buena fe, inclusivo, descentralizado, dirigido a la búsqueda de consensos. Este diálogo ha contribuido signi fi cativamente a fortalecer progresivamente el entendimiento común de los actores estatales, empresariales, de pueblos indígenas, sindicatos y sociedad civil, respecto de la necesidad de contar con un instrumento de gestión pública sobre empresas y derechos humanos, enmarcado en el contexto peruano, viable y legítimo, basado en los Principios Rectores de la Organización de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos y otros estándares internacionales; Que, en ese sentido, el proceso de elaboración del primer Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos, ha permitido consensuar entre los mencionados actores acciones estratégicas, indicadores y metas para incorporar progresivamente los señalados estándares internacionales sobre empresas y derechos humanos en todas las políticas públicas vinculadas con las actividades empresariales, con la fi nalidad de garantizar la coherencia de la política pública de derechos humanos en todos los sectores estatales nacionales y subnacionales, contribuyendo al fortalecimiento de una cultura de promoción y respeto de los derechos humanos de todas las personas, en especial de las más vulnerables, en el ámbito de las actividades de las empresas de todo tamaño y rubro, con una especial atención al fenómeno de la informalidad, y en consecuencia, coadyuvando al desarrollo sostenible del país; Que, debe destacarse que en el proceso de elaboración del primer Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos han intervenido 132 instituciones pertenecientes al sector estatal, empresarial, pueblos indígenas, sindicatos y sociedad civil organizada, así como organismos internacionales y de la cooperación internacional, que han participado en 426 actividades con enfoque multiactor y descentralizado, entre mesas de trabajo, reuniones bilaterales, conversatorios internacionales, nacionales y regionales, talleres y otros mecanismos de diálogo; en todas estas actividades se ha contado con la permanente asistencia técnica de organismos internacionales y de la cooperación internacional; Que, en atención a lo dispuesto, resulta conveniente y necesario aprobar el Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025; De conformidad con la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; y, el Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2018-JUS; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025 Apruébase el Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos 2021-2025, que como Anexo forma