TEXTO PAGINA: 34
34 NORMAS LEGALES Domingo 27 de junio de 2021 El Peruano / de las denuncias sobre presuntos actos de corrupción, promueve la implementación del Sistema de Control Interno; y tiene, entre otras, las funciones de ejecutar, coordinar y supervisar la implementación y cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción en el sector; así como proponer e implementar mecanismos, estrategias e indicadores para el fortalecimiento de la ética, transparencia, neutralidad política, la prevención y lucha contra la corrupción y los riesgos inherentes a posibles actos de corrupción; Que, en dicho contexto, la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, a través del Informe N° 0019-2021-MTC/04.05 sustenta la necesidad de modificar la Política Antisoborno del Sector Transportes y Comunicaciones aprobada por Resolución Ministerial N° 709-2019-MTC/01, como parte de la estrategia orientada hacia el enfoque predictivo y preventivo que viene impulsando, a fin de procurar la oportuna implementación en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la Norma Internacional ISO 37001:2016 “Sistemas de Gestión Anti-Soborno” o su equivalente en la NTP ISO 37001:2017 “Sistema de gestión antisoborno”; Que, la O fi cina de Planeamiento y Cooperación Técnica de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su Informe N° 159-2021-MTC/09.01, considera que la propuesta de Política Antisoborno del Sector Transportes y Comunicaciones, se ha formulado teniendo como base la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción y el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018 – 2021, así como su concordancia con los objetivos estratégicos y lineamientos institucionales del Sector y que está orientada a prevenir los actos de corrupción ligados con el soborno; por lo que, expresa opinión favorable para su aprobación; Que, en consecuencia, estando a lo propuesto por la O fi cina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, y contando con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la O fi cina de Planeamiento y Cooperación Técnica y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, corresponde emitir la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Resolución Ministerial N° 785-2020 MTC/01 que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, y el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 709-2019-MTC/01 que aprueba la Política Antisoborno del Sector Transportes y Comunicaciones. Artículo 2.- Aprobar la Política Antisoborno del Sector Transportes y Comunicaciones, documento que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1967202-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban la “Política Antisoborno del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones –OSIPTEL” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 109-2021-CD/OSIPTEL Lima, 24 de junio de 2021 MATERIAPOLÍTICA ANTISOBORNO DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES -OSIPTEL VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto aprobar la Política Antisoborno del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones –OSIPTEL. (ii) El Informe N° 141-OAJ/2021 del 4 de junio de 2020, elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica, que sustenta y recomienda la aprobación de la referida Política. CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 702 establece que el OSIPTEL es el organismo regulador de los servicios públicos de telecomunicaciones y la agencia de competencia en este sector; por lo que sus funciones están destinadas a garantizar la calidad y e fi ciencia del servicio, regulando el equilibrio de las tarifas y facilitando al mercado un uso e fi ciente de los servicios públicos de telecomunicaciones; Que, conforme a lo señalado en el artículo 2 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley Nº 27332, modi fi cada por las Leyes Nº 27631, Nº 28337 y Nº 28964, los Organismos Reguladores son organismos públicos descentralizados adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción con el objeto de contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; Que, el artículo 2 del referido Decreto Supremo N° 092-2017-PCM establece que la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de diferentes niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2018-PCM se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción con el objeto de orientar la correcta, transparente y e fi ciente actuación de los servidores públicos y de las entidades públicas, a fi n de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2018-PCM se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la corrupción 2018-2021, que involucra a todas las entidades públicas, privadas, empresas, ciudadanía y colectivos sociales, los cuales deben implementar modelos de prevención, fi ltros en los procesos propios de