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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (27/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Domingo 27 de junio de 2021 El Peruano / como técnico judicial del Juzgado de Paz Letrado y Juzgado de Investigación Preparatoria de Cabana, Corte Superior de Justicia Del Santa. Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1 Fundamento 15 de la sentencia del Tribunal Constitucional emitida en el Expediente Nº 02192-2004-PA/TC. Además, el Tribunal Constitucional ha señalado que la potestad administrativa disciplinaria “(…) está condicionada, en cuanto a su propia validez, al respeto de la Constitución, los principios constitucionales y, en particular de la observancia de los derechos fundamentos. Al respecto, debe resaltarse la vinculatoriedad de la Administración en la prosecución de procedimientos administrativos disciplinarios, al irrestricto respeto del derecho al debido proceso y, en consecuencia, de los derechos fundamentales procesales y de los principios constitucionales (v.gr. legalidad, razonabilidad, proporcionalidad, interdicción de la arbitrariedad) que lo conforman” (Fundamento 6 de la sentencia del Tribunal Constitucional emitida en el Expediente Nº 1003-98-AA/TC). 1966951-5 Imponen medida disciplinaria de destitución a Técnico Judicial del Juzgado de Paz Letrado y Juzgado de Investigación Preparatoria de Cabana, Distrito Judicial del Santa QUEJA DE PARTE N° 660-2018-DEL SANTA Lima, diez de febrero de dos mil veintiuno.- VISTA: La Queja de Parte número seiscientos sesenta guión dos mil dieciocho guión del Santa que contiene la propuesta de destitución de la señora Jeaneth Soledad Rojas Caldas, por su desempeño como Técnico Judicial del Juzgado de Paz Letrado y Juzgado de Investigación Preparatoria de Cabana, Distrito Judicial del Santa, remitida por la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número veinticinco, de fecha veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve; de fojas doscientos sesenta y cuatro a doscientos setenta y uno. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante queja presentada el seis de setiembre de dos mil dieciocho, de fojas uno, la señora Marina Elvira Rosales Bocanegra puso en conocimiento la conducta disfuncional incurrida por la señora Jeaneth Soledad Rojas Caldas, en su actuación como Técnico Judicial del Juzgado de Paz Letrado y Juzgado de Investigación Preparatoria de Cabana, Distrito Judicial del Santa, quien habría cobrado dinero para dar trámite al Expediente número ciento cuarenta y uno guión dos mil once guión JPL guión FA. En tal virtud, la Unidad de Queja, Investigaciones, Visitas y Defensoría del Usuario Judicial de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia del Santa por resolución número seis, de fecha diecinueve de octubre de dos mil dieciocho, de fojas sesenta y dos a sesenta y siete, abrió procedimiento administrativo disciplinario contra la mencionada servidora judicial, atribuyéndole el siguiente cargo: “… haber recibido y aceptado dinero de parte del ciudadano Oswaldo Jorge Rosales Calixtro, con el fi n de ayudarlo en el proceso de alimentos N° 141-2011, que se viene tramitando en el Juzgado de Paz Letrado de Pallasca - Cabana, en el cual la servidora desempeña funciones como Técnico Judicial; por lo que, habría transgredido la prohibición “Recibir (…) compensaciones (…) en razón del cumplimiento de su labor o gestiones propias de su cargo”, previsto en el artículo 43°, literal q), del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial; y, por ende, habría incurrido en la falta disciplinaria muy grave que re fi ere el inciso 1) del artículo 10° del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial”. Segundo. Que con la expedición de la resolución número veinticinco del veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve, la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, entre otros, propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial se imponga la medida disciplinaria de destitución a la investigada Jeaneth Soledad Rojas Caldas, por su desempeño como Técnico Judicial del Juzgado de Paz Letrado y Juzgado de Investigación Preparatoria de Cabana, Distrito Judicial del Santa, por el cargo formulado en su contra. Tercero. Que los medios probatorios evaluados por la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial son los siguientes: i) Acta de declaración testimonial del señor Oswaldo Jorge Rosales Calixtro, de fojas treinta y cinco a treinta y seis, quien respecto a los hechos materia de investigación manifestó que grabó a la investigada, a efectos de acreditar que le dio un dinero en préstamo el doce de diciembre de dos mil diecisiete, y no cumplía con devolverlo, sin que ello sea a cambio de favorecerlo en el Expediente número ciento cuarenta y uno guión dos mil once, sobre alimentos, sino que trabaje su dinero, porque se encuentra cumpliendo con las pensiones alimenticias. ii) Acta de declaración testimonial de la quejosa Marina Rosales Bocanegra, de fojas treinta y siete, quien se rati fi ca en su denuncia, indicando que su primo Oswaldo Jorge Rosales Calixtro decía que todo se archivaba gracias a la investigada, pues amenazaba que las denuncias contra él eran archivadas y que una vez fue a verla, y le dijo que le devuelva el dinero que le dio para los alimentos de su primo; por lo que, ella respondió que ya le devolvería. iii) Acta de audiencia de trascripción de audios del veintidós de marzo de dos mil diecinueve, de fojas ciento sesenta y cuatro a ciento ochenta, en el cual se aprecia la siguiente conversación relevante: “Voz femenina: Ya, yo le llamo no se preocupe; voy a hacer todo lo posible ya señor Oswaldo… Voz masculina 1: (ininteligible) yo le he dicho que voy a conseguir como sea doctora. Voz femenina: Pero consiga pues, mire yo estoy acá que le apoyo con su expediente que esté aguantado allí… Voz masculina 1: Mire doctora, para hoy día he conseguido doscientos, he estado buscando doctora. Voz femenina: Tú tienes que buscar pues y hacer todo lo posible; yo estoy haciendo todo lo posible acá. … Voz femenina: Claro, la señora ha venido el viernes; y, ya le dije que (ininteligible), que venga otro día porque no hay atención. Voz masculina 1: Ah, o sea ya ha venido para que gestione eso también. Voz femenina: El vieres para ver si se mandan penales las copias; y yo le digo: vaya le digo porque no hay atención le digo señito; viene la otra semana; ya doctora me dijo, y se fue la señora… Voz femenina: (…) yo a usted lo he tratado con mucho respeto, cuando está acá usted con mucho respeto; y si yo le estoy apoyando es porque usted también me ha hecho un favor, pero no gratis entonces esa es la manera, tampoco esas cosas yo le he dicho que esas cosas son privadas; más que usted habla tantas cosas que yo le ayudo, usted mismo se ha fregar porque van a decir allá de una vez que demanden y tanta cosa a la fi scalía, usted esas cosas no puede hablar son cosas muy delicadas señor. Haber, qué pensaría la señora de que si yo le estoy ayudando y tantas cosas; ah la doctora no quiere enviar a la fi scalía porque el señor, entonces es verdad lo que dice.