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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (27/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Domingo 27 de junio de 2021 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Modifican el Anexo aprobado por el artículo 1 de la Res. N° 000088-2021-GEG/INDECOPI que contiene la equivalencia de órganos y unidades orgánicas de la Institución, y la adecuación de los cargos de sus titulares RESOLUCIÓN N° 000133-2021-GEG/INDECOPI San Borja, 24 de junio del 2021VISTOS:El Memorándum N° 001019-2021-GRH/INDECOPI, el Informe N° 000029-2021-GPG/INDECOPI, el Informe N° 000030-2021-GPG/INDECOPI, Memorándum N° 000201-2021-GPG/INDECOPI, el Informe N° 000003-2021-ORH/INDECOPI y el Informe N° 000014-2021/OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, con Decreto Ley N° 25868 se crea el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que, la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, establece que la Institución es el organismo autónomo encargado de vigilar la libre iniciativa privada y la libertad de empresa, de defender la libre y leal competencia, corregir las distorsiones en el mercado, de proteger los derechos de los consumidores, proteger el crédito mediante la conducción de un sistema concursal, entre otros; Que, mediante el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, modi fi cado a través de los Decretos Supremos N° 107-2012-PCM y N° 099-2017-PCM; Que, el 27 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 104-2021- PCM, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, derogando el texto anterior y cuya vigencia sería efectiva al día siguiente de la publicación de la Resolución que apruebe la Sección Segunda del mismo; Que, el 30 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Resolución N° 000060-2021- PRE/INDECOPI de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, con Resolución N° 000088-2021-GEG/ INDECOPI, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 3 de junio de 2021, la Gerencia General aprobó la equivalencia de órganos y unidades orgánicas, así como la adecuación sus cargos, disponiéndose que cualquier referencia realizada a las denominaciones propias de la norma derogada, se entenderán hechas a las aprobadas por el Reglamento vigente; Que, el 5 de junio de 2021, se publica en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Resolución N° 000063-2021- PRE/INDECOPI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, con Resolución N° 000088-2021-GEG/ INDECOPI de fecha 02 de junio de 2021, se aprobó con efi cacia anticipada al 31 de mayo de 2021, la equivalencia de órganos y unidades orgánicas de la Institución, y la adecuación de los cargos de sus titulares, conforme al Anexo que forma parte de la referida Resolución;Que, mediante Memorándum N° 001019-2021-GRH/ INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos solicita a la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, precisiones respecto a la ubicación en la estructura orgánica de la Institución de algunos órganos y unidades orgánicas de la misma; Que, en atención a los Informes N° 000029-2021- GPG/INDECOPI y N° 000030-2021-GPG/INDECOPI, y al Memorándum N° 000201-2021-GPG/INDECOPI, emitidos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con Informe N° 000003-2021-ORH/INDECOPI, la Oficina de Recursos Humanos propone a la Gerencia General realizar las gestiones respectivas a fin de formalizar la modificación de la equivalencia de órganos y unidades orgánicas de la Institución, y la adecuación de los cargos de sus titulares, previamente aprobada por Resolución N° 000088-2021-GEG/INDECOPI; Que, con Informe N° 000014-2021-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que la Gerencia General, en su condición de máximo órgano administrativo y ejecutivo del INDECOPI, a cargo de los órganos de administración interna y de línea, deviene en la autoridad competente para modi fi car la equivalencia de órganos y unidades orgánicas, y la adecuación de los cargos de sus titulares; Que, atendiendo a lo expuesto, la Gerencia General considera pertinente modi fi car el Anexo de la Resolución N° 000088-2021-GEG/INDECOPI que aprueba la equivalencia de órganos y unidades orgánicas, y la adecuación de los cargos de sus titulares; Con el visto bueno de la O fi cina de Recursos Humanos, de la O fi cina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, y con el artículo 12 del Texto Integrado Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Anexo aprobado por el artículo 1 de la Resolución N° 000088-2021-GEG/INDECOPI que contiene la equivalencia de órganos y unidades orgánicas de la Institución, y la adecuación de los cargos de sus titulares, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución; manteniéndose vigente lo demás que resuelve la misma. Artículo 2.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de Indecopi. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PASTOR PAREDES Gerenta General 1967069-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban facultad discrecional para no determinar ni sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 000005-2021-SUNAT/300000 APRUEBAN FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO DETERMINAR NI SANCIONAR INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE ADUANAS Callao, 24 de junio de 2021