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74 NORMAS LEGALES Jueves 18 de marzo de 2021 / El Peruano NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES D1) Noti fi caciones a través del buzón electrónico 1. Los siguientes actos administrativos pueden ser notifi cados a través del buzón electrónico: a) Requerimiento de información o documentación. b) Resolución de determinación o multa.c) El que declara la procedencia en parte o improcedencia de una solicitud. d) El que declara la procedencia cuya ejecución se encuentra sujeta al cumplimiento de requerimientos de la Administración Aduanera. e) El emitido de o fi cio por la Administración Aduanera. 2. Para la noti fi cación a través del buzón electrónico se debe considerar que: a) El OCE y el OI cuente con número de RUC y clave SOL. b) El acto administrativo que se genera automáticamente por el sistema informático sea transmitido al buzón electrónico del OCE o del OI, según corresponda. c) Cuando el acto administrativo no se genera automáticamente, el funcionario aduanero designado deposita en el buzón electrónico del OCE o del OI un archivo en formato digital. d) La noti fi cación surte efecto al día hábil siguiente a la fecha de depósito del documento. La con fi rmación de la entrega se realiza por la misma vía electrónica. 3. La Administración Aduanera puede utilizar, indistintamente, las otras formas de noti fi cación establecidas en el artículo 104 del Código Tributario.D2) Comunicaciones a la dirección del correo electrónico consignado en la MPV-SUNAT 1. Cuando el OCE o el OI presenta su solicitud a través de la MPV-SUNAT y registra una dirección del correo electrónico, se obliga a: a) Asegurar que la capacidad del buzón del correo electrónico permita recibir las comunicaciones que la Administración Aduanera envíe. b) Activar la opción de respuesta automática de recepción. c) Mantener activa la dirección de correo electrónico hasta la culminación del trámite. d) Revisar continuamente el correo electrónico, incluyendo la bandeja de spam o de correo no deseado. 2. Con el registro de la mencionada dirección del correo electrónico en la MPV-SUNAT, autoriza expresamente a la Administración Aduanera a enviar, a través de esta, las comunicaciones que se generen en el trámite de su solicitud. 3. La respuesta del OCE o del OI a las comunicaciones realizadas por la Administración Aduanera se presenta a través de la MPV - SUNAT. VIII. VIGENCIAA partir del día siguiente de su publicación.IX. ANEXOSAnexo I : Cuadro de Insumo - Producto (Reposición) e instructivo de llenado Anexo II : Certi fi cado de reposición Anexo III: Consideraciones para digitalizar documentos ANEXO I CUADRO DE INSUMO-PRODUCTO (REPOSICIÓN) E INSTRUCTIVO DE LLENADO CUADRO DE INSUMO - PRODUCTO (REPOSICIÓN) REGISTRO N°………… DEL ………………. DAM N° Fecha Aduana Pág. N° Razón Social: RUC N°: Domicilio fi scal: Factura (s) de exportación N° (s): Detalle de la mercancía importada Detalle del producto exportado 1. Declaración Aduana - Año – Número3. Descripción de la mercancía con indicación de la subpartida nacional4. Cantidad importada6. Serie 7. Descripción del producto con indicación de la subpartida nacional8. Cantidad exportada sujeta a reposición 10. Coe fi ciente de insumo-producto11. Cantidad mercancía a reponer 2. Serie/Ítem 5. Equivalente 9. Equivalente 10.1 Neto 10.2 Merma Desperdi-cio S/V10.3 Acelerador Ralentizador Catalizador10.4 Excedente C/V10.5 Total