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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2021 (18/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Jueves 18 de marzo de 2021 / El Peruano Quispe, secretaria general del Concejo Distrital de San Sebastián, de la provincia y departamento de Cusco (en adelante, señora secretaria), por medio del cual comunica la licencia concedida a don Lizandro Rosendo Ampuero Casquino, regidor del mencionado concejo (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Generales 2021 (EG 2021). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante el oficio del visto, la señora secretaria presentó el Acuerdo Municipal N.° 09-2021-MDSS, del 4 de febrero del 2021, por medio del cual se aprobó conceder la licencia sin goce de haber, desde el 12 de marzo hasta el 10 de abril de 2021, al señor regidor para participar en las EG 2021. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE) 1.3. El artículo 114 establece que están impedidos de ser candidatos al Congreso los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual se les debe conceder sesenta (60) días antes de la fecha de las elecciones. 1.4. No obstante, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 31038 se agregaron disposiciones transitorias a la LOE para su aplicación exclusiva en las EG 2021. Así, su Cuarta Disposición Transitoria determina que la licencia sin goce de haber, establecida en el artículo 114 de la LOE, se debe conceder treinta (30) días antes de la fecha de las elecciones. Por consiguiente, en el presente proceso electoral, será de aplicación dicho plazo. En la Resolución Nº 0331-2020-JNE, del 28 de setiembre de 2020 1.5. En concordancia con lo señalado en el párrafo anterior, el artículo quinto indica que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos que soliciten licencia sin goce de haber para participar en las EG 2021 deben hacerlo presentando su solicitud ante la entidad pública con la debida antelación. Dicha licencia debe ser concedida a partir del 12 de marzo de 2021; es decir, treinta (30) días antes de la fecha de las EG 2021. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones1 1.6. Acorde a lo dispuesto en el artículo 16, todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán notificadas únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas, por lo que se debe solicitar la apertura de estas. Así, en caso de que no la soliciten, se entenderán por notificadas a través de su publicación en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. Con motivo de la participación del señor regidor, como candidato al Congreso de la República, en el proceso de EG 2021, cuya candidatura se encuentra inscrita y publicada conforme a la Resolución Nº 00010-2021-JEE-CSCO/JNE2, del 4 de enero de 2021; y de la revisión de los actuados, se veri fi có que, por Acuerdo Municipal Nº 09-2021-MDSS, del 4 de febrero de 2021, el concejo municipal aprobó conceder la licencia solicitada para dicho fi n. 2.2. Al respecto, el periodo de licencia debe abarcar desde el 12 de marzo hasta el 10 de abril de 2021, computándose los treinta (30) días naturales antes de la fecha de las elecciones (ver SN 1.4.). 2.3. En vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de San Sebastián y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.2.), resulta procedente, para completar el número de regidores, convocar a doña María Concepción Ccorihuamán Mayta, identi fi cada con DNI Nº 78286030, suplente de la organización política Partido Democrático Somos Perú. 2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, del 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Cusco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Lizandro Rosendo Ampuero Casquino, regidor del Concejo Distrital de San Sebastián, de la provincia y departamento de Cusco, por el periodo comprendido desde el 12 de marzo hasta el 10 de abril de 2021. 2. CONVOCAR a doña María Concepción Ccorihuamán Mayta, identi fi cada con DNI Nº 78286030, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Sebastián, de la provincia y departamento de Cusco, por el periodo comprendido desde el 12 de marzo hasta el 10 de abril de 2021, para lo cual se le debe otorgar la correspondiente credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENAS ARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZ Vargas Huamán Secretaria General 1 Aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE. 2 Del expediente EG.2021004670, tramitado por el Jurado Electoral Especial de Cusco. 1936119-1