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123 NORMAS LEGALES Sábado 30 de octubre de 2021 El Peruano / VISTOS: El Informe Vía Remota Nº 1260-2021-0510-SPP- GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Vía Remota N° 175-2021-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y, el Memorándum N° 053-2021-10.00-GTIC/MSI de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, las municipalidades reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, según el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 53° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias, que prescribe que las municipalidades, conforme a las atribuciones que con fi ere el artículo 197 de la Constitución, regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos; Que, mediante Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056 y modi fi catorias, se de fi ne al proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil, y para ello los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que, por Ordenanza Nº 496-MSI se aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de San Isidro, cuyo artículo 11° señala que mediante Decreto de Alcaldía se establecerá anualmente el cronograma de ejecución de las actividades de las fases del Proceso de Presupuesto Participativo, así como mediante su Primera Disposición Complementaria se faculta al Alcalde, mediante decreto de alcaldía, a establecer las normas complementarias que sean necesarias para el mejor cumplimiento de dicha norma; Que, por su parte, mediante Decreto Supremo Nº 008- 2020-SA, publicado el 11 de marzo de 2020, se declaró en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19; emergencia que ha sido prorrogada con Decretos Supremos N° 020, N° 027 y N° 031-2020-SA, y N° 009 y N° 025-2021-SA; así como, por Decreto Supremo N° 044-2020-PCM se declaró el Estado de Emergencia Nacional a partir del 16 de marzo de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; y por Decreto Supremo N° 184-2020-PCM se declaró el Estado de Emergencia Nacional a partir del 01 de diciembre de 2020, el que ha sido prorrogado sucesivamente por Decreto Supremo N° 201-2020-PCM y los Decretos Supremos N° 008, N° 036, N° 058, N° 076, N° 105, N° 123, N° 131, N° 149 y N° 152-2021-PCM; Que, a su vez, el artículo 8° del Decreto de Urgencia Nº 024-2021, publicado el 19 de marzo de 2021, estableció que durante el Año Fiscal 2021 se suspenden las actividades del proceso de presupuesto participativo regulado por la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, con el fi n de contribuir a las medidas de distanciamiento social en el marco del Estado de Emergencia Nacional declarado por la propagación de la COVID-19, salvo en aquellos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que tengan implementados mecanismos de tecnologías digitales que permitan la participación de la población asegurando la participación inclusiva y representativa de todas las organizaciones y ciudadanos; Que, en este contexto, de acuerdo con sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, con los informes del visto, propone formalizar la suspensión del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados para el ejercicio 2022, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 024-2021, y en razón a que la entidad aún se encuentra en proceso de implementación de la nueva sede electrónica la cual contempla una solución informática que incluye las funcionalidades necesarias con mecanismos integrados de fi rma electrónica, casilla electrónica y validación de usuarios para los vecinos y administrados, según lo informado por la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, mediante el documento del visto; Que, por tales consideraciones, con el fi n de contribuir a las medidas de distanciamiento social en el marco del Estado de Emergencia Nacional declarado por la propagación de la COVID-19, y de acuerdo con la normativa vigente, corresponde formalizar, mediante Decreto de Alcaldía, la suspensión del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados para el Año Fiscal 2022 en el distrito de San Isidro. Que, estando a la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo con los informes del visto, y a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Vía Remota N° 0442-2021-0400-GAJ/MSI; y, Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en uso de las facultades conferidas por la Ordenanza N° 496-MSI; DECRETA:Artículo Primero.- FORMALIZAR la SUSPENSIÓN, durante el año fi scal 2021, del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fi scal 2022 en el distrito de San Isidro; con el fi n de contribuir a las medidas de distanciamiento social en el marco del Estado de Emergencia Nacional declarado por la propagación de la COVID-19. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a través de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Tercero.- DISPONER que el presente Decreto sea publicado en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde 2006347-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza que aprueba beneficio extraordinario respecto a multas administrativas a favor de los emprendedores y/o comercio del distrito de San Miguel ORDENANZA Nº 446/MDSM San Miguel, 18 de octubre de 2021EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada el 24 de setiembre de 2021; VISTOS, el memorando Nº 742-2021-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, los informes Nº 335 y Nº 352-2021-OAJ/MDSM, emitidos por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el informe Nº 337-2021-SGlCS-