Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (04/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Jueves 4 de agosto de 2022 El Peruano / Artículo 2º.- NOTIFICAR a EPS RIOJA S.A. la presente resolución. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Sunass (www.sunass.gob.pe). Regístrese y comuníquese y publíquese. SANDRO HUAMANÍ ANTONIO Director (e) de la Dirección de Regulación Tarifaria 1 Recibido en Sunass el 30 de junio de 2022. 2 Entidad Prestadora de Servicios Rioja Sociedad Anónima. 3 Aprobado mediante Decreto Supremo N.º 005-2020-VIVIENDA. 4 Aprobado por Decreto Supremo N.º 016-2021-VIVIENDA. 5 Publicada el 27 de julio de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 6 Publicada el 23 de julio de 2017 en la separata de normas legales del diario ofi cial El Peruano . 7 “Artículo 22.- Audiencia Pública Preliminar La EPS puede solicitar a la Sunass la celebración de una audiencia pública preliminar, con la fi nalidad de exponer al público en general su propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión contenida en su PMO. Para tal efecto, debe presentar su solicitud a la Gerencia de Regulación Tarifaria dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de notifi cada la Resolución de Admisión”. 2091640-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000113-2022-SERVIR-PE Lima, 3 de agosto de 2022VISTOS, El Informe Técnico Nº 00001-2022-SERVIR- GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; el Memorando Nº 000871-2022-SERVIR-GG-OGAF de la O fi cina General de Administración y Finanzas; el Informe Técnico Nº 000019-2022-SERVIR/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° 000237-2022-SERVIR-GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 se creó el Programa Piloto de Crédito-Beca a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, con la fi nalidad de fi nanciar mediante la modalidad crédito-beca, los estudios de posgrado de profesionales que prestan servicios en las entidades del Estado bajo cualquier modalidad de contratación y que cuenten con admisión en los mejores programas de posgrado y programas académicos del mundo reconocidos por SERVIR, en áreas de ingeniería, ciencias básicas, ciencias de la salud, educación, ciencias agropecuarias y del medio ambiente, economía y gestión pública; Que, con Decreto Supremo Nº 122-2012-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 025-2013-PCM y por Decreto Supremo Nº 026-2022-PCM, se aprobaron las disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca; Que, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final del citado decreto supremo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 035-2019-SERVIR-PE se aprobó el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito Beca, el mismo que ha sido modi fi cado en sucesivas ocasiones con la fi nalidad de optimizar su correcta aplicación; siendo la última modi fi cación aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 094-2021-SERVIR-PE, mediante la cual se aprobó además su Texto Único Ordenado; Que, mediante Informe Técnico Nº 00001-2022-SERVIR-GDCRSC la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil propone la aprobación de un nuevo Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, así como sus nuevos formatos, con la finalidad de establecer criterios técnicos y procedimientos que resulten acordes con la aplicación eficiente y eficaz del Programa Piloto Crédito-Beca; el mismo que cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; Con las visaciones de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, la O fi cina General de Administración y Finanzas, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012 y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 122- 2012-PCM que aprueba disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, y modi fi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca el mismo que consta de treinta y cinco (35) artículos, cinco (05) Disposiciones Complementarias Finales y dos (02) Disposiciones Complementarias Transitorias y quince (15) formatos, que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca y los formatos aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 035-2019-SERVIR-PE, modi fi cado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 066-2019-SERVIR-PE, Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 045-2020-SERVIR-PE, Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 022-2021-SERVIR- PE y Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 094-2021-SERVIR-PE. Artículo 3.- Dejar sin efecto el Texto Único Ordenado del Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 094-2021-SERVIR-PE. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y del Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como la publicación de los dispositivos antes referidos y los quince (15) formatos del citado Manual en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir). Regístrese, comuníquese y publíquese.JANEYRI ELIZABETH BOYER CARRERA Presidenta Ejecutiva