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51 NORMAS LEGALES Jueves 4 de agosto de 2022 El Peruano / del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, encargado de elaborar la Estrategia Nacional para promover la Certificación de Competencias Laborales, creado por Resolución Ministerial Nº 157-2022-TR. Artículo 2. Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el/la Jefe/a de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAMÓN LIRA LOAYZA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2091741-1 Designan Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 201-2022-TR Lima, 2 de agosto de 2022CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 170-2022-TR se designa al señor Jesús Adalberto Baldeón Vásquez, en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el citado servidor ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que es necesario aceptar la misma; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 194-2022-TR, se acepta la renuncia de la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (CAP-P N° 088), Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; por lo que es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo Nº 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial Nº 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar, con efectividad al 6 de agosto de 2022, la renuncia formulada por el señor JESÚS ADALBERTO BALDEÓN VÁSQUEZ, al cargo de Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, con efectividad al 6 de agosto de 2022, al señor JESÚS ADALBERTO BALDEÓN VÁSQUEZ en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAMÓN LIRA LOAYZA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2091912-1 Aprueban transferencia financiera del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” a favor de diversos organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de noventa y dos (92) convenios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 202-2022-TR Lima, 3 de agosto de 2022VISTOS: Los Informes N° 172-2022-LP/DE/UAPI- CFATEP y N° 176-2022-LP/DE/UAPI-CFATEP, de la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones; los Informes N° 2244-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP y N° 02283-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización; el Informe N° 387-2022-LP/DE/UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; el O fi cio N° 1785-2022-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”; el Memorando N° 0525-2022-MTPE/4/9, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 0607-2022-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 004-2012-TR, N° 006-2017-TR, N° 004-2020-TR, y la Ley N° 31153, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” (en adelante, el Programa “Trabaja Perú”) con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 002- 2022-TR, Decreto Supremo que aprueba el cambio de denominación de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por el de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” y modi fi ca el Decreto Supremo N° 004-2020-TR, modi fi ca la denominación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por la de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, en adelante el Programa; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 002- 2022-TR, Decreto Supremo que aprueba el cambio de denominación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” por el de Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” y modi fi ca el Decreto Supremo N° 004-2020-TR, establece que, toda referencia en normas, documentos de gestión, comunicaciones, entre otros, efectuadas al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo, realizada al Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”; Que, los literales a), b), c), y d) del artículo 5 del Decreto Supremo N° 004-2020-TR, norma que aprueba la reestructuración del Programa “Trabaja Perú”, ahora “Lurawi Perú”, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 002-2022-TR, establecen que son funciones generales del Programa: a) Promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográ fi ca aplicable al Programa y/o en el ámbito priorizado por