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53 NORMAS LEGALES Jueves 4 de agosto de 2022 El Peruano / aprobación de la transferencia fi nanciera, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia; por lo que, solicita se inicie el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera a los organismos ejecutores con los cuales se han suscrito noventa y dos (92) convenios, por el importe total de S/ 10 182 911,00 (Diez Millones Ciento Ochenta y Dos Mil Novecientos Once y 00/100 Soles), para la ejecución de actividades de intervención inmediata (AII-31), en los departamentos de Amazonas (3), Ancash (4), Apurímac (1), Ayacucho (15), Cajamarca (3), Huancavelica (6), Huánuco (8), Junín (20), La Libertad (3), Lima (4), Loreto (3); Madre de Dios (2), Pasco (3), Piura (3), Puno (11) y San Martín (3), que podrían generar un estimado de cinco mil setenta y cinco (5 075) empleos temporales; Que, por su parte, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización, a través del Informe N° 02283-2022-LP/DE/UPPSM-CFPP, señala que, el fi nanciamiento de noventa y dos (92) actividades de intervención inmediata (AII-31), por el importe total de S/ 10 182 911,00 (Diez Millones Ciento Ochenta y Dos Mil Novecientos Once y 00/100 Soles), contribuye al objetivo del Programa, a través de la generación de un estimado de cinco mil setenta y cinco (5 075) empleos temporales, importe que cuenta con los créditos presupuestarios sufi cientes, de fi nidos en la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2144 aprobada por el importe total de S/ 10 182 911,00 (Diez Millones Ciento Ochenta y Dos Mil Novecientos Once y 00/100 Soles), garantizando el crédito presupuestario disponible y libre de afectación para la ejecución del gasto en el marco de la normativa vigente, según lo establecido en los numerales 41.1 y 41.2 del artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440; Que, en razón a lo expuesto, la mencionada unidad de asesoramiento considera procedente que se efectúe la transferencia fi nanciera para el pago del Aporte Total del Programa de noventa y dos (92) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en el marco de Segunda Convocatoria Complementaria del Grupo de Rezagados–Tercera Convocatoria 2022, cuyo importe total asciende a S/ 10 182 911,00 (Diez Millones Ciento Ochenta y Dos Mil Novecientos Once y 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, mediante Informe N° 387-2022-LP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorando N° 0525- 2022-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0330-2022-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 607-2022-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal c) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Supremo N° 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial N° 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de noventa y dos (92) convenios suscritos con el fi n de ejecutar actividades de intervención inmediata (AII-31), en el marco de la Segunda Convocatoria Complementaria del Grupo de Rezagados – Tercera Convocatoria 2022, por el importe total de S/ 10 182 911,00 (Diez Millones Ciento Ochenta y Dos Mil Novecientos Once y 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo precedente se publique en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el/la Jefe/a de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAMÓN LIRA LOAYZA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2092210-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS SEDALORETO S.A., para financiar actividades de operación y mantenimiento de 1ra. y 2da. etapa de los sistemas temporales de agua potable y alcantarillado en Varillalito - Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 200-2022-VIVIENDA Lima, 3 de agosto de 2022VISTOS:El Memorando N° 1215-2022/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0 del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; el Memorándum N° 889-2022-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 471-2022-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante la Resolución Ministerial N° 395-2021-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 031 890 339,00 (TRES MIL TREINTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal d) del numeral 16.1 del artículo 16, de la Ley N° 31365, autoriza de manera excepcional en el presente año fi scal, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a realizar transferencias fi nancieras, entre otras, para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), las mismas que, según el numeral