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93 NORMAS LEGALES Sábado 24 de diciembre de 2022 El Peruano / PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución , y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.” (Énfasis nuestro); Que, en ese contexto, según el numeral 89.16 artículo 89º del Estatuto Universitario, aprobado con RAU Nº 020-2021-AU-UNA, son atribuciones del Consejo Universitario: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de у Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes”. Consiguientemente, el numeral 112.12 del Artículo 112º de dicho cuerpo normativo, establece como atribución del Consejo de Facultad, conceder licencia al personal docente de la facultad, hasta por tres (03) meses, el mismo debe ser aprobado por Resolución Rectoral; Que, en ese entender, en fecha 10 de noviembre del 2022, mediante RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 349-2022-D-FMVZ-UNA-PUNO (10-11-2022) emitida por la FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA de esta Casa Superior de Estudios, se autoriza el viaje de capacitación con goce de remuneraciones a los siguientes docentes adscritos a la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia, a la Universidad de la República de Uruguay, del 20 de noviembre al 05 de diciembre del 2022; por tanto, se declara en comisión de servicio 16 días: -Martha Nancy Tapia Infantes, -Bernardo Roque Huanca, -José Luis Bautista Pampa, -Diannett Benito López; Que, consiguientemente, el Consejo Universitario Ordinario del 11 de noviembre del año en curso, según transcripción contenida en el MEMORANDUM Nº 1005-2022-SG-UNA-PUNO (15-11-2022) de Secretaría General, aprueba Conceder Licencia por Capacitación con Goce de Haber, para viaje a la República de URUGUAY a partir del 20 de noviembre al 05 de diciembre del 2022, a favor de diversos docentes de la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia - Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; para capacitación en la Universidad de la República de Uruguay, en concordancia con la RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 349-2022-D-FMVZ-UNA-PUNO, conforme al detalle inferido en la parte resolutiva de la presente Resolución; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con la CARTA Nº 004-2022-EPMVZ-FHRH-UNAP (07-11-2022) de la Dra. Martha Nancy Tapia Infantes, INFORME Nº 007-2022-DEP-FMVZ-UNA-PUNO (09-11-2022) del Director de la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia, INFORME Nº 008-2022-DDA-FMVZ-UNA-PUNO (09-11-2022) del Director (e) del Departamento Académico de la FMVZ-UNAP; y, opinión procedente de la O fi cina de Asesoría Jurídica de esta Universidad, signada con la OPINIÓN LEGAL Nº 854-2022-OAJ-UNA- PUNO (11-11-2022); En el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto Universitario y la Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONCEDER, Licencia por Capacitación con Goce de Haber, a fi n de realizar el viaje a la República de URUGUAY, a partir del 20 de noviembre al 05 de diciembre del 2022, a favor de los siguientes docentes adscritos a la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia - Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; para capacitación en la Universidad de la República de Uruguay; en concordancia con la Resolución de Decanato Nº 349-2022-D-FMVZ-UNA-PUNO, por las consideraciones expuestas: - MARTHA NANCY TAPIA INFANTES - JOSÉ LUIS BAUTISTA PAMPA- DIANNETT BENITO LÓPEZ Artículo Segundo.- DISPONER, que los docentes cuyo viaje se autoriza en el artículo primero, presenten un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante dicho evento; en el marco de la normativa expuesta en el presente acto administrativo. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, el presente acto administrativo a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, a la Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, la respectiva Facultad, y demás instancias correspondientes de la institución, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIO SERAFÍN CUENTAS ALVARADO Rector (e) 2136711-1 Conceden licencia a docentes de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, para realizar capacitación en la Universidad de Chile UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2554-2022-R-UNA Puno, 15 de noviembre del 2022 VISTOS:El MEMORÁNDUM Nº 1006-2022-SG-UNA-PUNO (15-11-2022) de Secretaría General de esta Universidad, que transcribe el acuerdo del Consejo Universitario Ordinario del 11 de noviembre del año en curso, que aprueba Conceder Licencia por Capacitación con Goce de Haber, para viaje a la República de CHILE a partir del 26 de noviembre al 10 de diciembre del 2022, a favor de diversos docentes de la Escuela Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia - Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno; para capacitación en la Universidad de la República de Chile, en concordancia con la RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 350-2022-D-FMVZ-UNA-PUNO; CONSIDERANDO:Que, la normatividad para la actuación de la función administrativa del Estado y regulación de todos los