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69 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / Servicios Proveedor del servicio S.5.1.10 Programa de Talento Digital de manera continua a favor de la población en situación de pobreza, pobreza extrema o en riesgo de caer en ella (nuevo)PCM S.5.2.1. Servicio de viviendas rurales mejoradas para la población en situación de pobreza del ámbito rural MVCS S.5.2.2. Servicio de promoción a viviendas adecuadas accesibles a la población en ámbitos urbanos de los estratos socioeconómicos C, D y E.MVCS S.5.3.1. Servicios de prevención de la violencia continuos dirigidos a hombres. MIMP S.5.3.2. Medidas para la protección efectiva accesibles a las mujeres víctimas de violencia MININTER S.5.3.3. Servicio de protección integral oportuno a mujeres víctimas de violencia MINJUSDH 5. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN 5.1 SeguimientoEl seguimiento de la PNDIS se realizará acorde a lo establecido en la Guía para el Seguimiento y Evaluación de políticas nacionales y planes de SINAPLAN, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00015-2021/CEPLAN y de acuerdo con las disposiciones que el CEPLAN emita para dicho fi n. 5.2 Evaluación Durante su vigencia, la PNDIS será evaluada en cuanto a su implementación y resultados. De esta forma, el contenido de los informes de evaluación es el establecido en la “Guía para el Seguimiento y Evaluación de Políticas Nacionales y Planes de SINAPLAN” aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00015-2021/CEPLAN. 1 En tanto garante de derechos, los Estados deben adoptar los principios y las normas que reconocen los derechos fundamentales en instrumentos internacionales, en las constituciones y en normas nacionales (CIDH, 2019: 20.) 2 De acuerdo al modelo aplicado para la PNDIS y según el método seguido, las barreras pueden ser equiparables a las causas directas del problema público. Asimismo, dada la evidencia revisada y la complejidad del problema público a abordar, las barreras también constituyen la expresión de la exclusión. 3 Por ejemplo, son factores estructurales: 1) los patrones históricos de discriminación, 2) la débil institucionalidad del Estado, 3) la desigualdad estructural (Basadre, 1968; Cotler, 1977; PNUD, 2010; Vergara, 2015; Acemoglu et al.2002; Figueroa, 2002; Banco Mundial, 2005; Thorp y Paredes, 2010). 4 Para la presente Política Nacional son factores contextuales: 1) la violencia, 2) las crisis económicas, 3) los con fl ictos sociales, 4) la migración, 5) el cambio climático y desastres, 6) pandemias, entre otros. 5 A fi n de brindar herramientas que permitan enfrentar y sobreponerse a dichos eventos adversos, se plantean los modelos de Protección Social Adaptativa (PSA). Los modelos de PSA tienen sus bases conceptuales en la discusión teórica sobre la gestión social de riesgos (Hallegatte et al 2016). Una de las ideas centrales de los mismos es el reconocimiento de que dichos eventos adversos, además de afectar con mayor énfasis a las poblaciones en pobreza, debilitan el soporte que estas suelen recibir de sus grupos familiares y comunales, del sistema fi nanciero y del Estado. En este escenario, los Estados deben garantizar mecanismos de protección social que reduzcan el impacto en los hogares (Hallegatte et al 2016). 6 Por ello, entendemos como factores relacionados con la identidad aquellos vinculados con el género, la etnia, la religión, ocupación, orientación sexual, estatus de discapacidad, ciudadanía, migración, entre otros. Resaltamos que la identidad se modi fi ca en el tiempo y que lo importante es combatir toda forma de discriminación. 7 Si bien existen diversas aproximaciones a la pobreza multidimensional, se identi fi can 5 características transversales a las mismas: (i) énfasis en la centralidad de la experiencia de vida humana, (ii) utilización explícita de enunciados normativos relacionados a lo “mínimo”, “básico”, “razonable”, “decente”, “grave”, “desventajoso”; (iii) referencia a conceptos de connotación positiva tales como “dignidad”, “bienestar”, “libertad”, o “capacidades”; (iv) mención explícita a privaciones no monetarias como componentes de la pobreza; y (v) reconocimiento de la simultaneidad de la experimentación de privaciones entre las personas en pobreza. 8 “A las personas socialmente excluidas a menudo se les niegan las oportunidades disponibles para que otros puedan aumentar sus ingresos y escapar de la pobreza por sus propios esfuerzos. Por lo tanto, a pesar de que la economía puede crecer y los niveles de ingresos generales pueden aumentar, es probable que las personas excluidas se queden atrás y constituyan una proporción cada vez mayor de quienes permanecen en la pobreza. Las políticas de reducción de la pobreza a menudo no las alcanzan a menos que estén especí fi camente diseñadas para hacerlo” (DFID 2005: 5 y 6). 9 De acuerdo al modelo aplicado para la PNDIS y según el método seguido, las barreras pueden ser equiparables a las causas directas del problema público. Asimismo, dada la evidencia revisada y la complejidad del problema público a abordar, las barreras también constituyen la expresión de la exclusión. 10 De acuerdo al modelo aplicado para la PNDIS y según el método seguido, las barreras pueden sr equiparables a las causas directas del problema público. Asimismo, dada la evidencia revisada y la complejidad del problema público a abordar, las barreras también constituyen la expresión de la exclusión. 2139652-3 Designan Coordinador de la Unidad Territorial Lima Metropolitana del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 001076-MIDIS/PNCM-DE San Isidro, 30 de diciembre del 2022VISTO:El Memorando Nº 2194-2022-MIDIS/PNCM-UGTH de fecha 30 de diciembre de 2022, de la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe Nº2709 -2022-MIDIS/PNCM-UAJ de fecha 30 de diciembre de 2022, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva nº 1048-2022-MIDIS/PNCM-DE de fecha 28 de diciembre de 2022 se designa temporalmente a la servidora Cecilia Violeta Alfaro Candia, en el cargo de Jefa de la Unidad Territorial Lima Metropolitana del Programa Nacional Cuna Más, en adición a sus funciones, a partir del 1 de enero de 2023 y en tanto se designe a un nuevo titular; Que, mediante el Memorando Nº 2194-2022-MIDIS/ PNCM-UGTH de fecha 30 de diciembre de 2022, la Unidad de Gestión del Talento Humano comunica que resulta procedente dejar sin efecto la referida designación así como la propuesta de designar, a partir del 1 de enero de 2023, al señor Elmez Honocc Bonifacio, en el cargo de Coordinador de la Unidad Territorial de Lima Metropolitana, conforme al Cuadro de Puestos de la Entidad, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 91-2021-SERVIR-PE y al Manual de Per fi les de Puestos del Programa, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 386-2020-MIDIS/PNCM; Que, mediante Informe Nº 2709-2022-MIDIS/PNCM- UAJ de fecha 30 de diciembre de 2022, la Unidad de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable la referida designación; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano y de la Unidad de Asesoría Jurídica;