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83 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, en ese marco, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ha elaborado el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 Modi fi cado Versión 2 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), el cual recoge información presentada por los órganos, consejos, comisiones y programas de la Unidad Ejecutora (UE) 001-015: Ministerio de Justicia-O fi cina General de Administración y de la UE 004-1711: Centros Juveniles, respecto a la modi fi cación de sus metas físicas y fi nancieras para el año 2022, de acuerdo a la Guía para el Planeamiento lnstitucional; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Con el visado de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 Modi fi cado Versión 2 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), que modi fi ca la programación de las metas físicas y fi nancieras de las actividades e inversiones, documento que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de actividades consideradas en el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 Modi fi cado Versión 2 del Pliego 006: MINJUSDH, es de responsabilidad de los Directores y/o Jefes de los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 Modi fi cado Versión 2 del Pliego 006: MINJUSDH, aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución conjuntamente con el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 Modi fi cado Versión 2 del Pliego 006: MINJUSDH, en la sede Digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y en la Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe). Artículo 5.- Difundir la presente Resolución a todos los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE A. TELLO ALFARO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2139516-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0441-2022-JUS Lima, 30 de diciembre de 2022VISTOS, el Informe N° 0537-2022-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1243-2022-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como funciones de los Ministerios, entre otras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y, asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, señala que la administración fi nanciera del Sector Público se encuentra vinculada con los planes y/o políticas nacionales, sectoriales e institucionales de corto, mediano y largo plazo; Que, la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el numeral 6.2 Elaboración y aprobación del POI de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad, para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0106-2022- JUS, se aprobó la el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2019-2026 Ampliado del Sector Justicia y Derechos Humanos; mediante Resolución Ministerial N° 0155-2022-JUS, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2026 Ampliado del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, mediante Resolución Ministerial N° 0172-2022-JUS, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2023-2025 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Ley N° 31638, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y por Resolución Ministerial N° 0414-2022-JUS, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,