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34 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / d) Desarrollar los procedimientos administrativos sancionadores que están bajo su competencia, de conformidad con la normativa vigente, imponiendo sanciones o medidas correctivas, así como archivar los procedimientos de ser el caso. e) Expedir resoluciones que constituyan precedentes de observancia obligatoria. f) Otras funciones de acuerdo con la normativa vigente. Artículo 11.- Sesiones Las sesiones del TRASU son: 1. Salas Plenas: Cuando lo determine el Presidente del TRASU, o lo solicite un tercio de los Vocales titulares o la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos. Se realiza la sesión de Sala Plena con los Vocales titulares del TRASU. La Sala Plena se reúne, fundamentalmente, para:a. Expedir lineamientos que orienten a los usuarios y a las empresas operadoras sobre los alcances y criterios de interpretación de las normas que regulan la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en los aspectos que fueren de su competencia; así como expedir resoluciones que constituyan precedente de observancia obligatoria en materia administrativa. b. Resolver los procedimientos administrativos sancionadores que se sometan a conocimiento del TRASU, salvo aquellos que se dispongan que sean resueltos por la Sala Colegiada de Sanciones. c. Proponer mejoras al marco normativo de usuarios. d. Adoptar acuerdos sobre criterios de interpretación a aplicarse en los expedientes que son tramitados ante el TRASU . 2. Sesiones Ordinarias: Las Salas del TRASU sesionan ordinariamente para resolver los casos que se sometan a su competencia, en la periodicidad que determine la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos . Artículo 13.- Presidencia de las sesiones 1. Presidencia del TRASU: El TRASU elige entre los Vocales al Presidente y Vicepresidente por el período de un (1) año. En la elección participan únicamente los Vocales titulares. Son funciones del Presidente del TRASU: a. De fi nir la agenda de las sesiones de Sala Plena, en coordinación con la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos. b. Presidir y dirigir las sesiones de Sala Plena. c. Coordinar con las Salas del TRASU los aspectos relacionados con la tramitación de los recursos de apelación y quejas que resuelve cada Sala. d. Dirimir votaciones en caso no hubiera votos sufi cientes para adoptar decisiones. e. Responder la correspondencia dirigida al TRASU, en coordinación con la Secretaría Técnica. f. Representar al TRASU en reuniones o eventos para los que sea convocado. g. En caso de ausencia del Presidente, sus funciones serán ejercidas por el Vicepresidente del TRASU. 2. Presidencia de las Salas Colegiadas: El Presidente y Vicepresidente de las Salas Colegiadas son elegidos por sus miembros por el periodo de un (1) año. Corresponde al Presidente de Sala suscribir las Resoluciones que se emitan en la misma. En caso de ausencia del Presidente, sus funciones son ejercidas por el Vicepresidente de la Sala. 3. Presidencia de la Sala Colegiada de Sanciones: El Presidente es nombrado en la resolución de conformación de la Sala. Artículo 14.- Quórum En las Salas Colegiadas y Sala Colegiada de Sanciones el quórum de asistencia a las sesiones del TRASU es la mitad más uno del número de Vocales que integran la Sala. Si el número de miembros es impar, el quórum es el número entero inmediato superior al de la mitad de aquél. Para resolver se requiere el voto aprobatorio de la mayoría de Vocales que conforman cada Sala. De no reunir los votos necesarios para tomar la decisión, se resuelve con la dirimencia del Presidente de la Sala. En el caso de las Salas Plenas, el quórum de asistencia a las sesiones es la mitad más uno del número de Vocales que integran el TRASU. Si el número de miembros es impar, el quórum es el número entero inmediato superior al de la mitad de aquél. Los acuerdos en las Salas Plenas son tomados por la mayoría de los Vocales asistentes. Artículo 15.- Secretaría Técnica de Solución de Reclamos Conforme a lo indicado en el Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos es responsable de brindar apoyo técnico y administrativo al TRASU. Artículo 16.- Funciones de la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos En concordancia con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, son funciones de la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos las siguientes: 1. Tramitar los expedientes que se sometan a conocimiento del TRASU. 2. Distribuir entre las Salas del TRASU los expedientes que se presenten, en atención a las competencias establecidas. 3. Convocar a las sesiones de las Salas del TRASU, dependiendo de la cantidad y complejidad de los casos que se presenten. 4. Solicitar información adicional a las partes del procedimiento, citar a las partes a audiencias de conciliación y requerir que subsanen algún error u omisión en el procedimiento cada vez que sea necesario; sin que en ningún caso implique emitir un pronunciamiento fi nal sobre el reclamo. 5. Actuar como órgano de instrucción en los procedimientos administrativos sancionadores de competencia del TRASU. 6. Elaborar el Informe con los resultados de la evaluación del cumplimiento de las resoluciones emitidas por el TRASU, así como de las denuncias presentadas por los usuarios, conforme a lo establecido en el Reglamento de Reclamos. 7. Tramitar y coordinar la realización de inspecciones que el TRASU considere pertinente. 8. Informar con periodicidad mensual a la O fi cina de Administración y Finanzas sobre la cantidad de sesiones de cada una de las Salas, así como la participación de los Vocales en las sesiones. 9. Convocar a las sesiones de Sala Plena. 10. Responsabilizarse por los expedientes del TRASU y por brindar a las partes las facilidades para la revisión de los mismos. 11. Resguardar la información con fi dencial que obre en su poder, así como llevar un registro de acceso a dicha información. 12. Expedir, a costo de los interesados, copias simples o certi fi cadas de las piezas del expediente que sean solicitadas o de su totalidad. 13. Llevar las actas de las sesiones del TRASU y suscribirlas, así como asistir a las sesiones de Sala Plena. 14. Emitir una propuesta de voto de los casos que se sometan a conocimiento del TRASU. 15. Elaborar informes y reportes que le sean solicitados por el TRASU. 16. Informar a la Gerencia General sobre la marcha de los asuntos del TRASU. 17. Proponer al TRASU la realización de Audiencias de Conciliación, asistir a las Audiencias que se lleven a cabo, a fi n de suscribir el Acta respectiva, y presidirlas cuando sea necesario.