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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2022 (07/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Jueves 7 de julio de 2022 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Rectifican errores materiales de la Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD, que le otorgó la licencia institucional a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 071-2022-SUNEDU/CD Lima, 5 de julio de 2022VISTOS:La Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD del 4 de octubre de 2017 1, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C (en adelante, la Universidad), las Cartas SG-67-19 2 y SG- 21-223 presentadas por la Universidad; y, el Informe N° 0665-2022-SUNEDU-02-12 del 28 de junio de 2022 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic). CONSIDERANDO:1. AntecedentesEl numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 6 de octubre de 2017 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD del 4 de octubre de 2017, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario en ocho (8) locales de su sede, todos ubicados en la provincia y departamento de Lima 4. Mediante Cartas SG-67-195 y SG-21-226, la Universidad solicitó la recti fi cación de los errores materiales contenidos en el Anexo N° 02 de la Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD, pues se habría omitido incluir al local SL01 7 para el dictado del programa de pregrado de Administración y Recursos Humanos para gente que trabaja – EPE, al local (SL05) 8 para el dictado del programa de Maestría en Gestión y Docencia en Alimentación y Nutrición; y, al local (SL10) 9 para el dictado del programa de pregrado de Música, conducente al grado académico de Bachiller en Música con Especialidad en Ejecución. Mediante Informe N° 0665-2022-SUNEDU-02-12 del 28 de junio de 2022, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de efectuar la recti fi cación de los errores materiales contenidos en el Anexo N° 02 de la Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD. 2. Sobre el error material contenido en el Anexo N° 02 de la Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD, incurrido por la omisión del local SL01 para el dictado del programa de pregrado de Administración y Recursos Humanos para gente que trabaja - EPE. El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 10, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó los siguientes medios de veri fi cación: (i) el Plan de estudios 11 del programa de Administración y Recursos Humanos - EPE; y, (ii) el Formato de licenciamiento A5 “Relación de Programas y Menciones por Sede, Filiales y Locales” 12 mediante el cual la Universidad declaró los locales SL01, SL07 y, SL10 para el dictado del referido programa. No obstante, se veri fi có que, por error material en la transcripción de los locales en que se dicta dicho programa, no se recogió al local SL01 en el Anexo N° 02 de la Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD. Mediante Cartas SG-67-19 y SG-21-22, la Universidad solicitó la recti fi cación del error material contenido en el Anexo N° 02 de la citada resolución, en tanto se habría omitido incluir al local SL01 para el dictado del programa de Administración y Recursos Humanos - EPE, precisando que, sólo se habría reconocido para su dictado en los locales SL07 y SL10. En ese sentido, en atención a la solicitud de recti fi cación presentada por la Universidad, y de la revisión de los medios de veri fi cación contenidos en el expediente de licenciamiento institucional, se advierte que, respecto al programa de pregrado de Administración y Recursos Humanos, éste se imparte para su dictado en el local SL01; y, respecto al programa de pregrado de Administración y Recursos Humanos para gente que trabaja - EPE, se imparte en los locales SL01, SL07 y SL10. Teniendo en cuenta lo señalado, corresponde recti fi car el error material contenido en el Anexo N° 02 de la Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD, al haberse omitido incluir al local SL01 para el dictado del programa de pregrado de Administración y Recursos Humanos para gente que trabaja - EPE; en tal sentido, toda referencia a dichos programas, deberán entenderse de acuerdo a lo indicado a continuación: TABLA N° 1. N°CÓDIGO DEL PRO- GRAMAPROGRAMAGRADO ACADÉ- MICODENOMINA- CIÓN DEL GRADO ACADÉ- MICOTÍTULO QUE OTORGAMODALI- DADLOCAL DONDE SE OFERTA 1 P04ADMINIS- TRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS - EPE1BACHI- LLERBACHILLER EN ADMINIS- TRACIÓN Y RECURSOS HUMANOSLICENCIADO EN ADMINIS- TRACIÓN/ LICENCIADO EN RE- CURSOS HUMANOSPRESEN- CIALSL01, SL07, SL10 2 P12ADMINIS- TRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS2BACHI- LLERBACHILLER EN ADMINIS- TRACIÓN Y RECURSOS HUMANOSLICENCIADO EN ADMINIS- TRACIÓN/ LICENCIADO EN RE- CURSOS HUMANOSPRESEN- CIALSL01 1 Programa de pregrado para gente que trabaja. 2 Programa de pregrado. 3. Sobre el error material contenido en el Anexo N° 02 de la Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD, incurrido por la omisión del local SL10 para el dictado del programa de pregrado de Música que otorga el grado académico de Bachiller en Música con especialidad en Ejecución. En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó y declaró en el Formato de licenciamiento A6 “Información de Laboratorios de Enseñanza por Local” 13, los locales SL01, SL04 y SL10 para el dictado de los programas de pregrado de Música con sus respectivos ambientes de enseñanza.