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111 NORMAS LEGALES Sábado 4 de junio de 2022 El Peruano / Carania, el Pacala en Quisque y todos se quitaban la capa blanca hasta el mes de octubre de cada año, es decir, se convertían en nevados, y que antiguamente cuando las personas arrojaban piedras a la laguna ésta embravecida provocaba que la atmósfera se nuble, originando truenos, relámpagos y tempestad de lluvias con granizo. también en tiempos de luna llena salía del fondo de la laguna un toro negro con astas blancas mugiendo encolerizado, lo cual hacía pensar que en el fondo de la laguna había indicios de la existencia de tesoros de plata que arrojaron los españoles por la imposibilidad de conducir cargamentos pesados en su huida hacia la región central en la independencia del Perú”. Que, actualmente el nevado de Llongote se alza como una de las montañas más importantes del Perú desde la época preinca y sigue bene fi ciando con el agua que nace de este glaciar a las actuales comunidades campesinas y la población; Con el nevado de Pariacaca forman parte de la “Reserva paisajística Nor Yauyos Cochas”, y que es la primera reserva de este tipo (conservación de los paisajes) creada en el Perú. Alberga las cuencas altas de los ríos Cañete, Mala y Cochas Pachacayo, entre Lima y Junín, con más de 221 mil hectáreas que incluyen nevados, lagunas, ríos, y fuente de agua pura y cristalina que con fi guran una belleza escénica sorprendente, su riqueza variada de su fauna y fl ora conforman un genial ecosistema que es necesario preservarlo por siempre como los mani fi estan los pobladores de los pueblos aledaños como Tanta, Mira fl ores, Vitis, Vilca, Huancaya, Tomas, Laraos, Carania, Alis, Huantan, Ayaviri, Quinches, Huañec y la capital de Yauyos. En Sesión extraordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 23 de marzo de 2022, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales ZOOM, se dío cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales presentes en la sesión extraordinaria del consejo regional. En uso de sus facultades conferidas en los literales a), c) y s) del Artículo 15º, Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Consejo Regional; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS Y PRIORIDAD REGIONAL PROMOVER AL NEVADO DE LLONGOTE COMO PATRIMONIO CULTURAL DE LA REGIÓN LIMA Artículo Primero: DECLARAR DE INTERÉS Y PRIORIDAD REGIONAL PROMOVER AL NEVADO DE LLONGOTE COMO PATRIMONIO CULTURAL DE LA REGIÓN LIMA. Artículo Segundo: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de acta. Artículo Tercero: PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). En Huacho, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil veintidós. POR TANTO: Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. JUAN ROSALINO REYES YSLA Presidente del Consejo RegionalConsejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los 28 días del mes de abril del año dos mil veintidós. RICARDO CHAVARRIA ORIA Gobernador Regional de Lima 2073792-1GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Disponen publicar el otorgamiento de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS PIURA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 118-2022/GOBIERNO REGIONAL PIURA–420030-DR Piura, 26 de abril del 2022CONSIDERANDO:Que, el inciso f) del artículo 59º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función especí fi ca para los gobiernos regionales “Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional”; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 550- 2006 y 121-2008-MEM-DM, se declaró que el Gobierno Regional Piura, concluyo el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de: “Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional ; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, en concordancia con el artículo el artículo 38 del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM; Que mediante Ordenanza Regional Nº 375-2017/ GRP-CR, publicado con fecha 26 de enero del año 2017, se aprobó el Reglamento de Organización de Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura, en el que en su artículo 10 inciso f, se encuentra la función de Otorgar Concesiones Mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional, en general todo el Procedimiento Ordinario Minero, conforme a la Ley General de Minería y su Reglamento; Con la visación de la Dirección de Concesiones y Catastro Minero y O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Energía y Minas de Piura; SE RESUELVE:Artículo Único.- Publicar en el Diario O fi cial “El Peruano” el otorgamiento de 56 concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en los meses de Octubre, Noviembre, Diciembre del año 2021 y en los meses de Enero, Febrero, Marzo y Abril del año 2022, por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura, de acuerdo a la nomenclatura que se indica y para los efectos que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 38º del Decreto Supremo Nº 020-2020-EM; NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILÓMETROS 1.- A) TORTUGA 10 B) 700001619 C) COMPAÑIA MINERA AGREGADOS CALCAREOS S.A. D) 95-2022-GRP-420030-DR 06-APR-22 E) 17 F) V1:N9471 E500 V2:N9469 E500 V3:N9469 E499 V4:N9471 E499 2.- A) BASTIAN B) 700013219 C) PARODI SARABIA JIMMY HENRY D) 238-2021-GRP-420030-DR 21-OCT-21 E) 17 F) V1:N9464 E524 V2:N9464 E525 V3:N9463 E525 V4:N9463 E524 3.- A) ALTOS NEGROS I B) 700011819 C) AYALA PURIZACA LINO D) 237-2021-GR