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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (30/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Jueves 30 de junio de 2022 El Peruano / salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/ as y público usuario, se dispondrá jornada presencial diaria de ocho horas solamente en aquellas sedes que cumplen con el 100% de los protocolos de bioseguridad contra la COVID-19. 5. En base a lo informado por la mencionada Gerencia y de la verificación de los antecedentes que se acompañan y, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 90 incisos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Justicia de Lima, como máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y encargada de la política interna de su distrito Judicial, disponer las acciones complementarias y urgentes. Por estas razones: SE RESUELVE: Artículo Primero: El horario de trabajo presencial diario del personal jurisdiccional y administrativo de las sedes de la Corte Superior de Justicia de Lima que se indican a continuación, del 1 al 31 de julio de 2022, se efectivizará en jornada laboral completa de ocho horas, de 08:00 a 17:00 horas, con una hora de refrigerio comprendido de 13:00 a 14:00 horas. - Surco y San Borja, Lince y San Isidro, La Mar, Iquitos, Basadre, Virrey, El Progreso, Carlos Zavala Loayza y Alfonso Ugarte. Artículo Segundo: Las labores del personal jurisdiccional y administrativo de las sedes judiciales no comprendidas en el artículo precedente, del 1 al 31 de julio de 2022,se desarrollarán de la siguiente manera: 1. La labor presencial diaria obligatoriamente en cinco horas diarias y, con el fin de preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos (mañana y tarde), conforme a los siguientes horarios: a) Primer turno: de 08:00 horas a 13:00 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto. b) Segundo turno: de 13:30 horas a 18:30 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto. El trabajo remoto de tres horas (que complementarán las cinco horas de trabajo presencial) se desarrollará según lo indicado en la versión Nº 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial» y será aprobado por el/la jefe/a inmediato/a. 2. De manera excepcional, los señores magistrados/ as y jefes inmediatos, pueden autorizar que su personal labore ocho horas diarias, previo informe del administrador de la sede, módulo o piso que garantice el cumplimiento de las condiciones de aforo y distanciamiento social, bajo responsabilidad funcional. 3. El personal que, por la naturaleza de sus funciones, labora en el Centro de Distribución General, mesas de partes físicas, SERNOT, áreas de transportes, mantenimiento, Archivo, legajos, mesas de partes periféricas no adscritas a la Unidad de Servicios Judiciales, atención al público, Módulo de Atención al Usuario Presencial, administradores de sede, módulo o piso, soporte técnico informático, grupo itinerante de apoyo, personal contratado en las plazas relacionados en la ejecución de los planes de descarga y liquidación, y el personal que carezca de condiciones tecnológicas para realizar trabajo remoto, prestarán sus labores diarias en el horario de 08:00 a 17:00 horas, con una hora de refrigerio de 13:00 a 14:00 horas; para lo cual se debe observar y garantizar el aforo, el distanciamiento físico, el uso permanente de la mascarilla KN95 o, en su defecto, una mascarilla quirúrgica más una mascarilla comunitaria (tela), debiendo verificar los jefes de área la estricta observancia de estas medidas, bajo responsabilidad. Artículo Tercero: La programación de la labor presencial diaria del 1 al 31 de julio de 2022, señalado en el numeral 1 del artículo segundo, se realizará conforme a los grupos de asistencia ya determinados (Grupo A y Grupo B), de acuerdo con el siguiente detalle: Grupo Turno A Primer turno (mañana) B Segundo turno (tarde) Artículo Cuarto: Del 1 al 31 de julio de 2022 todos los magistrados/as realizarán trabajo presencial diario en jornada completa, dentro del horario de 08:00 horas a 17:00 horas, con una hora de refrigerio de 13:00 horas a 14:00 horas. Para tal efecto, deberán registrar sus asistencias y/o labores mediante los registros tradicionales. Los reportes diarios de asistencia serán remitidos, en el día, por los administradores de sedes pisos o módulos a la Coordinación de Recursos Humanos al correo: mvalls@pj.gob.pe, bajo responsabilidad. Artículo Quinto: Los magistrados/as y, personal jurisdiccional y administrativo con factores de riesgo a la COVID-19, que han acreditado su vulnerabilidad con el informe clínico actualizado y debidamente reevaluado por el Equipo de Profesionales Médicos Ocupacionales (EPMO) de la Corte Superior de Justicia de Lima, realizarán trabajo remoto, registrando sus actividades mediante el Sistema de Gestión de Trabajo Remoto, el cual se realizará acorde a lo indicado en la versión N° 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial». Excepcionalmente, el trabajo podrá ser presencial o mixto, previa evaluación actualizada del EPMO. Artículo Sexto: Los magistrados/as atenderán de manera presencial (de lunes a viernes de 08:15 horas a 09:15 horas y de 16:15 horas a 16:45 horas) o a través de la herramienta informática “El Juez te escucha, programa tu cita”, a los abogados y partes procesales. En caso de requerirse de atención presencial, el interesado deberá generar su cita a través del siguiente link: (https://cej.pj.gob.pe/citas/pages/seguridad/login.xhtml), debiendo apersonarse a la sede judicial respectiva con la captura de pantalla de la cita correspondiente. Los/as magistrados/as deberán proceder a la atención presencial de los abogados y partes procesales, dentro del horario señalado en la cita respectiva, bajo responsabilidad funcional. Artículo Sétimo: El personal jurisdiccional y administrativo atenderán presencialmente a los abogados y partes procesales, debiéndose observar las medidas de bioseguridad necesarias. Artículo Octavo: Los/las servidores/as de la Corte Superior de Justicia de Lima que realizan labores de resguardo, seguridad y vigilancia, prestarán dichos servicios en los horarios establecidos por su jefe inmediato, debido a que están sujetos a jornadas atípicas y, con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excedan de 48 horas semanales. Artículo Noveno: Las audiencias que programen los órganos jurisdiccionales se desarrollarán en forma presencial o virtual, en la sede judicial respectiva. Para las audiencias presenciales, la Gerencia de Administración Distrital a través de los administradores/as de sede, piso o módulo deberán dotar a los magistrados/as y servidores/as de las medidas sanitarias y de bioseguridad necesarias, a fin de preservar la salud de jueces/zas, personal y usuarios/as judiciales, bajo responsabilidad. Por ningún motivo se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas, bajo responsabilidad de los magistrados/as. Artículo Décimo: Se autoriza a los magistrados/ as que efectúan trabajo remoto o mixto, por razones de vulnerabilidad, al retiro de los expedientes de sus respectivos despachos. Igualmente, en los despachos tradicionales, se autoriza a los/las jueces/zas a designar al personal a su cargo encargado del retiro de dichos expedientes, responsabilidad que será asumida por el administrador/a respectivo del despacho corporativo, en ambos casos bajo responsabilidad funcional; y, para tal efecto se establecen los siguientes lineamientos: 1. Los magistrados/as o el administrador/a, según sea el caso, comunicarán el retiro de expedientes a la Gerencia de Administración Distrital, conteniendo la relación del