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61 NORMAS LEGALES Jueves 30 de junio de 2022 El Peruano / jurisdicciones extranjeras, sin que se establezcan nuevos requisitos para lograr la autorización por parte de la SMV del respectivo procedimiento de integración corporativa; Que, en línea con lo establecido en el literal b) del artículo 137° y el literal d) del artículo 226° de la LMV, cabe resaltar que la integración corporativa a nivel internacional debe respetar la diversidad en la propiedad y en el ejercicio de derechos de voto de la sociedad controladora de las personas jurídicas autorizadas para funcionar en el Perú como bolsa de valores e institución de compensación y liquidación de valores, de tal manera que se cumpla en dicha sociedad controladora (ya sea que se constituya en el Perú o en el extranjero) con la restricción contenida en el segundo párrafo del artículo 137° de la LMV; Que, según lo dispuesto en la “Política sobre difusión de proyectos normativos, normas legales de carácter general, agenda regulatoria y otros actos administrativos de la SMV”, aprobada por la Resolución SMV N° 014-2014-SMV/01, se considera necesario difundir el Proyecto, a través del Portal del Mercado de Valores de la SMV y del Diario Oficial El Peruano, por espacio de diez (10) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución, a efectos de que el público pueda remitir sus sugerencias o comentarios a la propuesta; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1 y el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica; el numeral 2 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF; los artículos 1° y 2° de la Política sobre difusión de proyectos normativos, normas legales de carácter general, agenda regulatoria y otros actos administrativos de la SMV, aprobada por la Resolución SMV Nº 014-2014-SMV/01; así como a lo acordado por el Directorio de la SMV reunido en su sesión del 28 de junio de 2022; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la difusión del proyecto de modificación de las “Normas para la integración corporativa de las bolsas de valores e instituciones de compensación y liquidación de valores”. Artículo 2°.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (https://www.smv.gob.pe). Artículo 3°.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto referido en los artículos anteriores, es de diez (10) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4°.- Los comentarios y observaciones a los que se refiere el artículo anterior, podrán ser remitidos a la siguiente dirección de correo electrónico: Modnormasintegracion@smv.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 2081687-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL Designan Gerente General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 317-2022-SUNAFIL Lima, 28 de junio de 2022VISTOS: El Memorándum N° 000188-2022-SUNAFIL/SP, de la Superintendencia; el Informe N° 000587-2022-SUNAFIL/ GG/ORH, de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe N° 427-2022-SUNAFIL/GG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; documentos de fecha 28 de junio de 2022, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el artículo 12 y el inciso f) del artículo 13 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR, dispone que la Superintendencia es el órgano de Alta Dirección que ejerce la conducción general de los órganos y unidades orgánicas de la entidad y está a cargo del Superintendente que es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego Presupuestal, y tiene por función designar y remover a los directivos y/o servidores de confianza de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 121-2022-TR, el puesto de Gerente General tiene la clasificación de empleado de confianza; Que, mediante el documento de vistos, la Superintendencia comunica a la Oficina de Recursos Humanos que se ha visto por conveniente designar al señor José Manuel Rodríguez Haya en el puesto de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL; Que, a través del Informe N° 000587-2022-SUNAFIL/ GG/ORH, la Oficina de Recursos Humanos emite opinión técnica favorable para designar al señor José Manuel Rodríguez Haya en el puesto de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, considerando que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos de la SUNAFIL, aprobado mediante la Resolución de Gerencia General N° 031-2022-SUNAFIL-GG; señalando, asimismo, que el puesto se encuentra vacante; Que, mediante el Informe N° 427-2022-SUNAFIL/ GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica expresa opinión legal sobre la acción de personal solicitada por la Superintendencia, en función a la opinión técnica emitida por la Oficina de Recursos Humanos, en el marco de sus funciones; lo cual hace viable la emisión de la presente resolución; Con el visado del Jefe (e) de la Oficina de Recursos Humanos, y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2022-TR y por la Resolución de Superintendencia N° 284-2022-SUNAFIL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 30 de junio de 2022, al señor JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ HA yA, en el puesto de Gerente General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, puesto considerado de confianza. Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la persona mencionada en el artículo precedente, así como