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47 NORMAS LEGALES Viernes 4 de noviembre de 2022 El Peruano / regidor del Concejo Distrital de Carmen de la Legua- Reynoso, Provincia Constitucional del Callao, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, a fi n de que participe en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Rosa Teresa Canchari Huayani, identi fi cada con DNI Nº 25643283, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Carmen de la Legua-Reynoso, Provincia Constitucional del Callao, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENAS MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2121507-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Carmen de la Legua-Reynoso, Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN Nº 1202-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022011578 CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO - CALLAO LICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, doce de julio de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 023-2022-SG/MDCLR, presentada el 7 de junio de 2022, por doña Yvonne Aracely López Villagaray, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua- Reynoso, Provincia Constitucional del Callao (en adelante, señora secretaria), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Jhonas Roberto Freyre Hernández, regidor de la referida comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio del visto, la señora secretaria informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 013-2022-MDCLR, del 24 de mayo de 2022. 1.2. Por medio del O fi cio Nº 7140-2022-SG/JNE, del 14 de junio de 2022, la Secretaría General de este órgano electoral requirió a la señora secretaria que remita la solicitud de licencia presentada por el señor regidor y el acta de sesión de concejo en la que se trató dicha solicitud. 1.3. Con el O fi cio Nº 029-2022-SG/MDCLR, del 17 de junio de 2022, la señora secretaria remitió la solicitud de licencia presentada por el señor regidor el 18 de mayo del año en curso (Registro Nº 0953). 1.4. Asimismo, se tiene el O fi cio Nº 038-2022-SG/ MDCLR, del 1 de julio de 2022, a través del cual se remitió el Acta de Sesión Ordinaria de Concejo Nº 009-2022, del 24 de mayo de 2022, donde se trató la solicitud de licencia presentada por el señor regidor. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.1. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM 1 1.2. El Presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM2022 2 1.3. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios municipales de los poderes públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2022. De esta manera, el numeral 6 de la parte resolutiva dispuso: [...] 6.1. Las solicitudes de licencia tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 14 de junio de 2022, por ser el plazo máximo para solicitar la inscripción de las listas de candidatos. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia debe ser concedida a partir del 2 de setiembre de 2022 (30 días calendario ante de las elecciones). [...]