NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 89
89 NORMAS LEGALES Sábado 3 de setiembre de 2022 El Peruano / y otros espacios de lectura convencionales y no convencionales, teniendo en cuenta la diversidad cultural, las necesidades de la població n y sus costumbres. 7.5 Facilitar el acceso al libro, en diversos formatos, los cuales deben contemplar las particularidades y necesidades del pú blico destinatario, brindando un servicio con pertinencia cultural. 7.6 Promover el uso de las nuevas tecnologí as en espacios de lectura, e incorporarlas en acciones que formen parte del proceso que fomente el acceso y la democratizació n del libro y la lectura. 7.7 Fomentar el acceso a bibliotecas virtuales y repositorios de publicacionesvirtuales. 7.8 Fomentar la participació n de los ciudadanos en acciones de promoció n de la creatividad literaria, incentivando la diversidad cultural, la multidisciplinariedad, el enfoque de gé nero, la innovació n y la pertinencia cultural. 7.9 Fomentar en la ciudadaní a el conocimiento y experiencia del proceso de creació n, elaboració n y sostenibilidad del ecosistema del libro y la lectura. 7.10 Incentivar el emprendimiento del sector editorial y fomentar la producció n literaria y artí stica de los actores relacionados al ecosistema del libro. 7.11 Promover y fomentar la investigació n del patrimonio documental y bibliográ fi co. 7.12 Fomentar el diá logo multidisciplinario (humaní stico, artí stico, cientí fi co) y la creatividad ciudadana a travé s de las acciones de generació n y difusió n de productos culturales, textuales o hí bridos (textual visual, textual musical, textual escé nico). 7.13 Difundir el legado multicultural de la comunidad ciudadana de Lima Metropolitana, así como el de las comunidades que integran la nació n peruana y, asimismo, las comunidades internacionales. 7.14 Promover perspectivas y saberes actuales y ancestrales en torno a las prá cticas sanadoras, espirituales y creativas que son el legado de la comunidad metropolitana de Lima, así como tambié n el legado nacional e internacional presentes en Lima Metropolitana. 7.15 Fomentar el voluntariado de la comunidad de Lima Metropolitana en la promoció n y difusió n de la lectura. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Encá rguese a la Secretarí a General del Concejo, la publicació n de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovació n, la publicació n de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo dí a de su publicació n en el Diario O fi cial El Peruano, y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Segunda. La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del dí a siguiente de su publicació n. POR TANTO:Regí strese, comuní quese y cú mplase. MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2101410-4 Ordenanza que aprueba el Reglamento de conformación, instalación y funcionamiento de la Asamblea Metropolitana de Lima ORDENANZA N° 2497-2022 Lima, 24 de agosto de 2022 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO: Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como en el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Participación Vecinal, Mujer e Igualdad y de Asuntos Legales, en sus Dictámenes Nº 02-2022-MML/CMPVMI y Nº 019-2022-MML-CMAL de fechas 22 de abril y 09 de junio de 2022 respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONFORMACIÓN, INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA METROPOLITANA DE LIMA TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto del Reglamento El presente Reglamento establece el procedimiento para la conformación y composición de los miembros de la Asamblea Metropolitana de Lima (AML), así como para su instalación y funcionamiento, considerando, para tal efecto, el régimen especial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de conformidad con lo regulado para la Asamblea Metropolitana de Lima en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo 2. Finalidad de la Asamblea Metropolitana de Lima - AML La Asamblea Metropolitana de Lima (AML) tiene como fi n ser el órgano consultivo, de coordinación y concertación de la Municipalidad Metropolitana de Lima con los Alcaldes Distritales. Está integrada por el Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, los cuarenta y dos (42) Alcaldes Distritales y los representantes de la Sociedad Civil de la Metrópoli. Su propósito es similar a los Consejos de Coordinación Regional, órganos presentes en las demás regiones de nuestro país. Artículo 3. Atribuciones de la Asamblea Metropolitana de Lima - AML La Asamblea Metropolitana de Lima (AML) emite opinión consultiva coordinando entre sí sobre el Plan y Presupuesto Participativo Anual y el Plan Regional de Desarrollo Concertado de Lima Metropolitana y otras que le encarga o solicita el Concejo Metropolitano de Lima. Sus acuerdos no tienen efecto vinculante, salvo que se apruebe por el Concejo Metropolitano de Lima o por acto administrativo o de administración interna, mediante el procedimiento y las normas municipales establecidas en la Ley. La Asamblea Metropolitana de Lima no ejerce funciones ni actos de gobierno. La ausencia de acuerdos por consenso no impide al Concejo Metropolitano de Lima decidir sobre lo pertinente. Artículo 4. Alcance El alcance del presente Reglamento está enmarcado en el régimen especial de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 5. Base legala. Constitución Política del Perú. b. Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. c. Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización. d. Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. e. Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.f. Decreto Legislativo N° 1246, que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa.