NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (09/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 176
TEXTO PAGINA: 58
58 NORMAS LEGALES Viernes 9 de setiembre de 2022 El Peruano / jurídico y en virtud de lo señalado expresamente por el artículo 5° del D. Leg. N° 1057, modi fi cado por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 3113123, se concluye que, a partir del día siguiente de la publicación de la Sentencia del TC, es decir, a partir del 20 de diciembre de 2021 resulta posible la contratación de personal bajo el régimen laboral del D. Leg. N° 1057.” DEBE DECIR:“2.25 Habiéndose dejado sin efecto el segundo párrafo del artículo 4° de la Ley N° 31131 del ordenamiento jurídico y en virtud de lo señalado expresamente por el artículo 5° del D. Leg. N° 1057, modi fi cado por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31131, se concluye que, a partir del día siguiente de la publicación de la Sentencia del TC, es decir, a partir del 20 de diciembre de 2021 resulta posible la contratación de personal bajo el régimen laboral del D. Leg. N° 1057.” 2103708-1 COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Aprueban precios de venta por derecho de participación en Ferias Internacionales de Exportaciones a realizarse en Brasil y Francia RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 000189-2022-PROMPERÚ/GG Lima, 7 de septiembre del 2022VISTOS: El Memorando N° 855-2022-PROMPERÚ/ DO de la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, el Memorando N° 371-2022-PROMPERÚ/DX-SPC de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, los Memorandos N° 808-2022-PROMPERÚ/GG-OAD y N° 823-2022-PROMPERÚ/GG-OAD de la O fi cina de Administración, los Memorandos N° 354-2022-PROMPERÚ/GG-OPP y N° 364-2022-PROMPERÚ/GG-OPP e Informe N° 085-2022-PROMPERÚ/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 481-2022-PROMPERÚ/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; además, en el artículo 4 de la citada Ley, se establece como una de sus funciones la de “ desarrollar, gestionar y supervisar la ejecución de las actividades de promoción, inteligencia comercial e investigación de mercados, gestión de información, orientación, asistencia y capacitación empresarial, en materia de exportaciones, turismo e imagen país, a nivel nacional e internacional ”; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 de su artículo 43 que “ para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal ”; Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178- 2015- PROMPERÚ/SG y modi fi catorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden; Que, con Resolución de Secretaría General N° 082-2010-PROMPERÚ/SG, se aprobó el Procedimiento para la determinación y aprobación del precio de venta o descuento de los servicios no exclusivos - Versión 01, el cual establece los lineamientos para la determinación y aprobación de los precios de venta de los servicios no exclusivos que comercializada PROMPERÚ y que no han sido fijados en la Carta de Servicios; Que, a través del literal b) del artículo 74 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, corresponde a la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior “ Proponer, supervisar y evaluar el cumplimiento de las actividades del Plan Operativo Institucional de promoción de las exportaciones, el turismo, la inversión empresarial y la imagen país, a ejecutarse a través de las OCEX, en coordinación con los demás órganos y unidades orgánicas de línea en lo que corresponda, que formen parte de los planes operativos de promoción de las exportaciones, turismo, inversión empresarial e imagen país ”; Que, el artículo 58 del Texto Integrado del ROF de PROMPERÚ, señala que la Subdirección de Promoción Comercial “ Es la unidad orgánica encargada de proponer, ejecutar y evaluar las actividades de promoción de las exportaciones en el exterior y en el país, en función a los objetivos y estrategias institucionales ”; Que, mediante el Memorando N° 855-2022-PROMPERÚ/DO, la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el cálculo del precio de la cuota de participación para el servicio de alquiler y acondicionamiento de espacio para la Feria Salón del Chocolate en París, Francia; Que, a través del Memorando N° 371-2022-PROMPERÚ/DX-SPC la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la estimación del precio de participación para la actividad Feria Seafood Show Latam en Sao Paulo, Brasil; Que, conforme al literal d) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, corresponde a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional; Que, por Memorandos N° 354-2022-PROMPERÚ/ GG-OPP y N° 364-2022-PROMPERÚ/GG-OPP la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, remite a la O fi cina de Administración para su revisión y conformidad, los cuadros de costos utilizados en el cálculo de los precios de venta requeridos; respecto de los cuales, a través de los Memorandos N° 808-2022-PROMPERÚ/GG-OAD y N° 823-2022-PROMPERÚ/GG-OAD la O fi cina de Administración remite, a su conformidad, los cuadros de costos debidamente suscritos; Que, a través del informe de Vistos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior y por la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones; en consecuencia recomienda aprobar los precios de venta para la participación en las ferias internacionales indicadas por los citados órganos, según los considerandos precedentes;