NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 216
TEXTO PAGINA: 57
57 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / de Investigación Preparatoria que tramitan procesos comunes de la provincia de Chiclayo. Por lo que, resulta viable ampliar la competencia del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Especializado en Delitos de Crimen Organizado para la tramitación de procesos comunes con turno cerrado, de tal manera que apoye en la descarga procesal de sus pares sin que ello repercuta en la especialidad principal del referido órgano jurisdiccional penal. Cuarto. Que, por lo expuesto en los Informes Nros. 000110 y 000156-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitidos por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1236-2022 de la cuadragésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 21 de setiembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señora Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte y la señora Medina Jiménez por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial del Bicentenario “El Peruano”, las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque: 1.1 Ampliar la competencia funcional con turno cerrado del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Crimen Organizado del distrito y provincia de Chiclayo, para el conocimiento de procesos comunes con la misma competencia territorial del 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 7° y 8° Juzgados de Investigación Preparatoria del mismo distrito, provincia y Corte Superior. 1.2 Redistribuir de forma aleatoria y equitativa del 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 7° y 8° Juzgados de Investigación Preparatoria del distrito y provincia de Chiclayo la cantidad total de 110 expedientes de procesos comunes, al 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Crimen Organizado del mismo distrito, provincia y Corte Superior. 1.3 Los expedientes a redistribuir son los que se encuentran con el plazo de la investigación preparatoria próximo a vencer, asimismo los que aún no hayan iniciado la audiencia de control de acusación o que tengan incidentes con audiencia realizada pendientes de resolver; y hasta donde la norma lo permita. 1.4 Los expedientes autorizados a redistribuirse deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, realice las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial para el ingreso de expedientes según lo especi fi cado. Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, en cuanto sea de su competencia, adoptar las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2111027-8 Designan a los miembros representantes de la parte trabajadora ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial para el periodo 2022-2024 CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000360-2022-CE-PJ Lima, 29 de septiembre del 2022VISTO:El O fi cio N° 000631-2022-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y el Informe N° 000056-2022-GRHB-GG-PJ elaborado por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Ley N° 29783, “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo”, creó el Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con participación de las organizaciones de empleadores y trabajadores, a fi n de garantizar la protección de todos los trabajadores en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo. Segundo. Que, en dicho contexto, la norma dispone la conformación de los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo en las entidades, bajo cuyo ámbito el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 147-2021-CE-PJ, aprobó la conformación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial. Tercero. Que, el numeral 4° de la Resolución Ministerial N° 245-2021-TR, que aprueba el “Procedimiento para la elección de los /las representantes de los /las trabajadores/ras ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, dispone quienes podrán ser elegidos como representantes de los trabajadores. Cuarto. Que, igualmente, el sindicato que agrupe al mayor número de trabajadores realiza la convocatoria a elecciones, debiendo informar al empleador la conformación de la junta electoral, para el procedimiento de elecciones de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo; ello de acuerdo a los literales b) y d) del numeral 6° de la Resolución Ministerial N° 245-2021-TR, que aprueba el “Procedimiento para la elección de los /las representantes de los /las trabajadores/ras ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Quinto. Que, el Presidente de la Junta Electoral, a través del O fi cio N° 11-2022-JE-CSST, de fecha 31 de agosto de 2022, informa a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar que la Junta Electoral inició las acciones del proceso de elección de los representantes de los trabajadores para el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, según el cronograma establecido, realizando las publicaciones respectivas mediante medio electrónico. Además, comunica que resultó ganadora la Lista N° 01 con un total de 3,202 votos para el periodo 2022-2024; y