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84 NORMAS LEGALES Sábado 5 de agosto de 2023 El Peruano / Que, habiéndose tratado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 16 de junio de 2023, el Dictamen N° 001-2023-GRH/CR-CODE de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Huánuco. El máximo Órgano Colegiado aprueba Crear el Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación de Huánuco (CORCITEI HUÁNUCO); por ende, aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por UNANIMIDAD la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- CREAR, el Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación de Huánuco (CORCITEI HUÁNUCO), la misma que estará integrada por los siguientes miembros: 1. Gobierno Regional Huánuco, quien lo preside. 2. Municipalidad Provincial de Huánuco.3. Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco.4. Universidad de Huánuco.5. Universidad Nacional Agraria de la Selva.6. Gerencia Regional de Desarrollo Económico.7. Gerencia Regional de Desarrollo Social.8. Dirección Regional de Salud.9. Dirección Regional de Educación.10. Colegio de Ingenieros de Huánuco.11. Representante de los ONG del departamento de Huánuco. 12. Cámara de Comercio e Industrias de Huánuco.13. Instituto Nacional de Investigación Agraria de Huánuco. 14. Representante de la Organización de Productores Agropecuarios. 15. The Community Florcience Education in Europe, representado por el Ambassador Scientix en Perú. 16. Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana. 17. Centro de Innovación Tecnológica - CITE AMBO HUALLAGA. 18. Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, sede Huánuco. 19. Data Science Research Perú. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional Huánuco, la elaboración del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación de Huánuco, la misma que lo deberá realizar en un plazo de sesenta (60) días calendario, de la entrada en vigencia de la presente norma regional, documento que será aprobado por el Órgano Ejecutivo Regional, mediante Decreto Regional. Artículo Tercero.- DEROGAR, la Ordenanza Regional N° 008-2004-CR-GRH de fecha 16 de febrero de 2004, Ordenanza Regional N° 026-2008-CR-GRH de fecha 28 de febrero de 2008 y demás disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 27 días del mes de junio del año dos mil veintitrés. RAFAEL CÉSPEDES GAMARRA Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 17 días del mes de julio del año dos mil veintitrés. ANTONIO L. PULGAR LUCAS Gobernador Regional 2198318-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Declaran de Interés y Prioridad Regional la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MERESE) en las diferentes cuencas del ámbito del Gobierno Regional La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000006-2023-CR-GRLL “DECLARAR DE INTERÉS Y PRIORIDAD REGIONAL LA IMPLEMENTACIÓN DE MECANISMOS DE RETRIBUCIÓN POR SERVICIOS ECOSISTÉMICOS (MERESE) EN LAS DIFERENTES CUENCAS DEL ÁMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD” Trujillo, 6 de julio de 2023EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú de 1993, Modi fi cado por la Ley N° 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y su Modi fi catoria Ley N° 27902, y demás Normas Complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO:En Sesión Ordinaria de fecha 04 de julio del 2023, VISTO Y DEBATIDO el O fi cio N° 0015-2023-GRLL- CR-CRNPA, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente del Consejo Regional, María Cristina Méndez Visitación, que contiene el Dictamen N° 003-2023-GRLL-CR-CRNPA, recaído en el texto sustitutorio del Proyecto de Ordenanza Regional que “Declara de Interés y Prioridad Regional la Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MERESE) en las diferentes cuencas del ámbito del Gobierno Regional La Libertad”, y; CONSIDERANDO:Que, el Gobierno Regional es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo su misión la de organizar y conducir la gestión pública