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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (05/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Sábado 5 de agosto de 2023 El Peruano / que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas”; se entiende que la actuación de la Autoridad Administrativa debe ceñirse dentro de los márgenes que establece nuestra normatividad nacional vigente, con la fi nalidad de observar inexorablemente sus alcances; siendo así, el Principio de Legalidad busca que la Administración Pública respete y cumpla las normas legales al momento de ser aplicadas en los casos materia de su competencia; Que, el artículo 53º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, prescribe: “Los Dictámenes son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de Ordenanza Regionales y Acuerdos Regionales que son sometidas a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dichos estudios. Que, la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR, es una organización plural que promueve las prácticas del buen gobierno, la transparencia y la luchas contra la corrupción, que poya de manera efectiva las iniciativas de integración regional y desarrolla propuestas para avanzar en la descentralización del país, trabaja en alianza con las asociaciones de otros niveles de gobierno, concertando y articulando políticas sectoriales y territoriales, considerándose como un espacio de re fl exión e interlocución para la mejora de la gestión regional y la coordinación intergubernamental contribuyendo al fortalecimiento del Estado de Derecho, la democracia y la descentralización, con el fi n de contribuir al desarrollo en el país; Que, en el contexto de lo precitado, y en el marco de la fi nalidad de impulsar y defender el proceso de descentralización en el país, el Gobierno Regional de La Libertad está integrado como miembro asociado activo a la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, por cuya condición está sujeto y obligado a la contribución mensual de TRES MIL Y 00/100 SOLES (S/. 3,000.00), como subvención económica mensual a partir del me de enero del 2022, conforme a lo aprobado en la Asamblea General Ordinaria de Asociados, del día 18 de setiembre del año 2017; Que, el artículo 71° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, regula el otorgamiento de las subvenciones a personas jurídicas, no pertenecientes al Sector Público en los años fi scales correspondientes; estableciendo en el segundo párrafo de su numeral 71.3, que en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que las subvenciones se sujetan, estrictamente, a sus recursos directamente recaudados, debiendo ser aprobados mediante el Acuerdo respectivo, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que hagas sus veces de la Entidad. Que, mediante Carta Nº 0021-2023-ANGR/P, de fecha 30 de enero del 2023, el presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales Sr. Rohel Sánchez Sánchez, hace de conocimiento al Gobernado Regional del Gobierno Regional de La Libertad, que la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, cumple un rol de representación y articulación de las demandas y necesidades de los 25 gobiernos regionales y en la actualidad también de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y para el e fi ciente cumplimiento de la misión, los gobernadores regionales aprobaron que ANGR se sostenga con el pago de las cuotas mensuales de S/3,000.00 según acuerdo de Asamblea. En ese sentido y habiéndose vencido el pago de la primera cuota correspondiente al mes de enero 2023, solicitando que se pueda efectivizar el pago de la cuota antes indicada, para lo cual brinda la cuenta institucional: CCI del INTERBANK 003-107-003001050431-01 Y/O CUENTA CORRIENTE 107- 3001050431; Que, mediante O fi cio N° 000141-2023-GRLL-GGR- GRA, de fecha 13 de febrero del 2023, el Gerente Regional de Presupuesto del Gobierno Regional La Libertad, hace de conocimiento a la Gerencia Regional de Administración, que mediante Carta Nº 0021-2023-ANGR/P, el 06 de febrero del 2023, el Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales comunica al Gobernador Regional La Libertad que ya se encuentra vencido el pago del mes de enero 2023 por concepto de cuota a la ANGR, siendo la cuota de S/.3,000.00 Soles por mes, tal como lo establece el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Asociados a la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, de fecha 18 de setiembre del 2017. De lo expresado en el párrafo anterior al Gobierno Regional la Libertad como asociado a la ANGR le corresponde pagar S/. 36,000.00 Soles por las 12 cuotas del año 2023, en ese sentido conforme a lo establecido en el segundo párrafo de su numeral 71.3 del artículo 71° del Decreto Legislativo N° 1440, solicita una modi fi cación presupuestal en fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados en la Meta 081, la misma que debe ser de acuerdo al anexo adjunto ANEXO MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL NOTA DE MODIFICACION N° UNIDAD EJECUTORA 001: SEDE LA LIBERTAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMATICACORR ESPECIFICAPIM 2022 (A)CERTIFICADOPROYECCION DE GASTO (B)SALDO (C) = (A) -(B)DE A JUSTIFICACION 9001 3.999999 5.000003 03 006 0008 (0000009) 000010081 36,000.00Modi fi cación que se solicita para atender el requerimiento del Presidente de la Asamblea Nacional de Gobernadores Regionales para el pago de la cuota que le corresponde al GRLL como asociado a la AGNRSERVICIOS DIVERSOS 2.3.2.7.11.99 443,500.00 - 407,500.00 36,000.00 36,000.00 9001 3.999999 5.000003 03 006 0008 (0000009) 000010081 0 36,000.00 A OTRAS ORGANIZACIONES 2.5.2.1.1.99 0 - 36,000.00 36,000.00 36,000.00 TOTAL =====> S/. 36,000.00 36,000.00 Que, con Informe Técnico Nº 000039-2023-GRLL-GGR-GRP, el Gerente Regional de Presupuesto Econ. Giovanni Luis Elliot Arias, emite OPINIÓN FAVORABLE, a efectos de que mediante Acuerdo Regional se APRUEBE Y AUTORICE el otorgamiento de la subvención económica a favor de la ANGR, ascendente a S/.36 000.00 (TREINTA Y SEIS MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS, correspondientes al pago de la contribución mensual del Gobierno Regional La Libertad en su condición de miembro asociado activo, por el periodo de enero a diciembre del año fi scal 2023 Que, con Informe Legal Nº 000029-2023-GRLL-GGR-GRAJ-VAS, suscrito por la Abogada Abog. Vanessa Lisset Álvarez Solar, establece que del análisis realizado en el presente documento y de conformidad a las normas glosadas, teniendo en cuenta todos los actuados que obran en el presente expediente administrativo, en mérito al contenido