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29 NORMAS LEGALES Viernes 15 de diciembre de 2023 El Peruano / de la propuesta de Protocolo denominado “Servicio de atención para el acceso a las publicaciones electrónicas de depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú”, por lo que recomendó la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que, el subnumeral 1.2.1 y el numeral 7.1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señalan que son actos de administración interna los destinados a organizar o hacer funcionar las actividades o servicios de las entidades de manera e fi caz y e fi ciente, y son regulados con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de la citada Ley y de las normas que así lo establezcan; asimismo, son emitidos por el órgano competente y su objeto debe ser física y jurídicamente posible; Que, con relación al órgano competente para la emisión del acto resolutivo, los artículos 6 y 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú señalan que la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú es el órgano de mayor autoridad y es ejercida por un/a Jefe/a Institucional, quien asume la titularidad, dirección y representación de la entidad; y tiene entre sus funciones aprobar directivas y otros instrumentos que fueran necesarios para la gestión de la entidad; Con el visado de la Gerencia General; de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; de la O fi cina de Asesoría Jurídica; del Equipo de Trabajo de Servicios Bibliotecarios de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; y, del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la propuesta de Protocolo denominado “Servicio de atención para el acceso a las publicaciones electrónicas de depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.BORIS GILMAR ESPEZÚA SALMÓN Jefe Institucional 2244649-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Declaran infundado Recurso de Apelación interpuesto por ENTEL PERÚ S.A. contra la Resolución N° 033-2023- TRASU/PAS/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00321-2023-CD/OSIPTEL Lima, 1 de diciembre de 2023EXPEDIENTE 00021-2022/TRASU/STSR-PAS MATERIARecurso de Apelación interpuesto por la empresa ENTEL PERU S.A. contra la Resolución N° 033-2023-TRASU/PAS/OSIPTEL ADMINISTRADO ENTEL PERU S.A. VISTOS: (i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa ENTEL PERU S.A. (en adelante, ENTEL) contra la Resolución N° 033-2023/TRASU/PAS/OSIPTEL. (ii) El Informe Nº 354-OAJ/2023 del 15 de noviembre de 2023 elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; (iii) El Expediente Nº 00021-2022/TRASU/STSR-PAS. I. ANTECEDENTES:1.1. Mediante carta N° 910-STSR/2022, noti fi cada el 7 de diciembre de 2022, la Secretaria Técnica Adjunta del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (en adelante, Secretaría Técnica) comunicó a ENTEL, el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador (en adelante, PAS), por la presunta comisión de la siguiente infracción: Conducta Tipi fi cación Cali fi cación No habría cumplido lo ordenado por quince (15) Resoluciones emitidas en Primera InstanciaArtículo 14 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones 1 (en adelante, RGIS).Grave 1.2 Mediante Resolución N° 033-2023-TRASU/PAS/ OSIPTEL, noti fi cada el 13 de septiembre 2023, la Primera Instancia resolvió lo siguiente: Conducta ImputadaNorma IncumplidaResolutivo Incumplir con lo ordenado por nueve (9)2 Resoluciones emitidas en Primera Instancia en el plazo establecido para ello. Artículo 14 del RGISARCHIVAR Incumplir con lo ordenado por seis (6) 3 emitidas en Primera Instancia en el plazo establecido para ello. 6,4 UIT 1.3 El 19 de julio de 2023, mediante carta N° EGR- 180-2023-AER, ENTEL interpuso Recurso de Apelación contra la Resolución N° 033-2023-TRASU/OSIPTEL y solicitó se le conceda audiencia de informe oral. II. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Y PROCEDENCIA De conformidad con el artículo 27 del RGIS y los artículos 218 y 220 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 4 (en adelante, TUO de la LPAG), corresponde admitir y dar trámite al Recurso de Apelación interpuesto por ENTEL, al haberse cumplido los requisitos de admisibilidad y procedencia contenidos en las citadas disposiciones. III. ANALISIS DEL RECURSO DE APELACIÓN 3.1 Sobre la aplicación del eximente de responsabilidad por subsanación voluntaria Sobre lo argumentado por ENTEL, primero, es importante tener en cuenta que, tomando en consideración que la legislación se comunica a los ciudadanos, mediante la palabra, resulta razonable, a fi n de no generar duda sobre el signi fi cado de alguna palabra o expresión, recurrir a la RAE 5 para de fi nir el signi fi cado de una palabra o expresión a fi n de no generar duda sobre su signi fi cado. En este punto cabe resaltar que, tal como lo ha reconocido el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en la “Guía Práctica sobre el Procedimiento Administrativo