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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Jueves 21 de diciembre de 2023 El Peruano / Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral-0032-2017-MINAGRI-SENASA-DSA, publicada el 16 de diciembre de 2017 en el diario o fi cial El Peruano, conforme a lo expuesto en la parte considerativa del presente acto resolutivo. Artículo 3.- AUTORIZAR la emisión de los permisos sanitarios de importación para las mercancías pecuarias indicadas en el artículo 1 de la presente Resolución Directoral. Artículo 4.- Para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el presente acto resolutivo se podrán aprobar y aplicar las medidas sanitarias que sean necesarias. Articulo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral y de su Anexo en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EVA LUZ MARTÍNEZ BERMÚDEZ Directora GeneralDirección de Sanidad AnimalServicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO REQUISITOS SANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE MAMÍFEROS DE LA FAMILIA MACROPÓDIDOS (CANGUROS, UALABIES Y ESPECIES AFINES) PROCEDENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Los animales deberán estar amparados por un certi fi cado sanitario expedido por la autoridad o fi cial competente de los Estados Unidos de América en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Los Estados Unidos de América están libres de peste bovina, peste de los pequeños rumiantes, pleuroneumonía contagiosa bovina, dermatosis nodular contagiosa, fi ebre del Valle del Rift, fi ebre aftosa y cowdriosis. 2. Los animales han permanecido, desde su nacimiento o al menos durante los últimos seis (6) meses en el país exportador, en un zoológico o centro de cría autorizado por la autoridad o fi cial competente. 3. El o los animales han sido identi fi cados individualmente e inmovilizados bajo aislamiento en el establecimiento de origen, permaneciendo en cuarentena por un período mínimo de treinta (30) días antes del embarque, durante ese período no se ha manifestado signo clínico de enfermedades y fueron sometidos a la siguiente prueba diagnóstica con resultado negativo: a. Salmonella: Identi fi cación del agente. 4. Consignar otras vacunaciones y tratamientos a los que han sido sometidos los animales, indicando el nombre del producto, lote, laboratorio, dosis y fecha de aplicación. 5. Dentro de los treinta (30) días previos al embarque fueron tratados contra parásitos internos y externos con productos autorizados por el país exportador. Indicar nombre del producto, lote, laboratorio, dosis y fecha de aplicación. 6. Los animales fueron transportados desde el predio de cuarentena hasta el lugar de embarque en jaulas y vehículos lavados y desinfectados previamente, y no han estado expuestos a contaminación por agentes infecciosos. 7. Los vehículos de transporte local e internacional fueron lavados y desinfectados previamente al embarque de los animales, utilizando productos autorizados por la autoridad de sanidad animal del país exportador. 8. Los animales fueron inspeccionados en el zoológico o centro de cría autorizado antes de su envío, por un veterinario acreditado por el USDA, y se comprobó que no presentaban ningún signo de enfermedad infecciosa o contagiosa, heridas o parásitos; se comprobó su identidad y la ausencia de tumores o signos de enfermedades de cuarentena.PARÁGRAFO - Al llegar al país, permanecerán en cuarentena por un periodo de treinta (30) días en un lugar autorizado por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. 2246081-1 Designan Jefe de la Unidad de Planificación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 383-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 20 de diciembre de 2023 VISTOS:El Memorando Nº 3202-2023-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE/UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 349-2023-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, se dispuso la acción de desplazamiento de designación temporal del señor JOSÉ PERCY BARRÓN LÓPEZ, en el puesto de Jefe de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural-AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en adición a sus funciones bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057 y modi fi catorias; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación temporal efectuada al señor JOSÉ PERCY BARRÓN LÓPEZ en el puesto de Jefe de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural-AGRO RURAL, y designar al profesional que desempeñará dicho cargo como titular; Que, mediante documento de visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos informa que de la revisión y evaluación del currículum vitae descriptivo y documentos sustentatorios, se concluye que el señor JULIO CÉSAR TABOADA ALVA cumple con los requisitos para ser designado en el puesto de Jefe de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones, conforme a la normativa vigente; Que, con el objeto de garantizar las actividades del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural-AGRO RURAL, resulta necesaria efectuar la designación del señor JULIO CÉSAR TABOADA ALVA en el puesto de Jefe de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones; Que, de conformidad con las facultades otorgadas a esta Dirección Ejecutiva en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural-AGRO RURAL, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI y modi fi catorias; Contando con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación temporal del señor JOSÉ PERCY BARRÓN LÓPEZ, en el puesto de Jefe de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural-AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al señor JULIO CÉSAR TABOADA ALVA en el puesto de Jefe de la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto e Inversiones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural-AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal